La CE obligar¨¢ a duplicar las garant¨ªas bancarias de los ahorradores
La Comisi¨®n Europea debatir¨¢, hoy en Bruselas la aprobaci¨®n de un proyecto de directiva para aumentar la protecci¨®n de los dep¨®sitos bancarios. Seg¨²n el proyecto, el Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos deber¨¢ elevar la compensaci¨®n a quienes tengan depositado su dinero en un banco que sea intervenido hasta un m¨ªnimo de 2,95 millones de pesetas (15.000 ecus). Ello obligar¨¢ a Espa?a a, pr¨¢cticamente, duplicar la cantidad de 1,5 millones de pesetas actualmente establecida.
La fecha de entrada en vigor de la directiva est¨¢ prevista para el 1 de enero de 1994, si antes los ministros de Econom¨ªa y Finanzas de la CE dan luz verde al proyecto. La nueva norma se inscribe en el objetivo de armonizaci¨®n de la legislaci¨®n financiera de los Doce dentro del mercado ¨²nico.
La propuesta de la Comisi¨®n Europea constituye un punto intermedio entre los pa¨ªses que tienen en vigor un sistema de protecci¨®n fuerte de los intereses de los ahorradores y los que carecen de red de seguridad o cuentan niveles de valor desfasado. Entre los primeros destacan Italia -la cobertura se eleva hasta casi 11 millones de pesetas por depositante si el riesgo asumido es igual o superior a esa cifra- y Alemania. En este ¨²ltimo pa¨ªs, en caso de quiebra de un banco, la ley obliga a utilizar en indemnizaciones a los titulares de cuentas o t¨ªtulos hasta el 30% de los fondos que tiene el banco.
En el polo opuesto se sit¨²an Grecia y Portugal, donde no est¨¢ previsto ning¨²n seguro de protecci¨®n m¨ªnima para los ahorradores. En otros pa¨ªses, como es el caso de Espa?a, las cantidades garantizadas son muy inferiores a la propuesta comunitaria.
La directiva comunitaria supondr¨¢ un m¨ªnimo a respetar en toda la Comunidad Europea, pero ello no impedir¨¢ que cada Estado miembro pueda establecer legislaciones m¨¢s severas y compensaciones m¨¢s fuertes.
El origen del proyecto de la Comisi¨®n Europea es una recomendaci¨®n en este sentido aprobada por, los Doce en 1987. Pero el detonante de la futura directiva lo constituye la quiebra del Banco de Cr¨¦dito y Comercio Internacional (BCCI) (en Espa?a, la filial se denominaba Banco de Cr¨¦dito y Comercio) y el clima de inseguridad que se ha generado entre los ahorradores con que cuenta la entidad.
Con posterioridad a esta quiebra hist¨®rica de dimensi¨®n mundial, en Espa?a se han producido en los ¨²ltimos meses los casos del Banco Europeo de Finanzas (BEF) y del Banco Ibercorp.
Espa?a, seg¨²n expertos de los servicios financieros de la CE, se encuentra entre,los que "disponen de mecanismos financieros menos seguros y cuentan con menos medios de control para evitar situaciones de mala gesti¨®n bancaria". El texto de la directiva prev¨¦ la indemnizaci¨®n para todos los titulares de cuentas o de t¨ªtulos emitidos. La cantidad m¨¢xima garantizada ser¨¢ valida para todas las cuentas de un mismo depositante. El articulado deja un margen a cada pa¨ªs para no extender la garant¨ªa de dep¨®sitos a quienes tengan sus ahorros en sucursales situadas fuera de la Comunidad.
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