Los jueces ven "bastante dif¨ªcil" celebrar juicios r¨¢pidos en Madrid
Celebrar juicios r¨¢pidos en Madrid (en los 15 d¨ªas inmediatos a la comisi¨®n del delito) va a resultar bastante dif¨ªcil; son muchos los obst¨¢culos. ?ste, al menos, es el sentir de la mayor¨ªa de los magistrados madrile?os. El temor a que su implantaci¨®n resulte un fracaso -como ya ha pasado en Sevilla (v¨¦ase EL PA?S del viernes)- gravit¨® en la ¨²ltima Junta de Jueces de Instrucci¨®n y de lo Penal. En ella, no obstante, se acord¨® crear una comisi¨®n que estudie la forma de solventar los "muchos obst¨¢culos existentes". La finalidad del juicio r¨¢pido consiste en que, cometido un delito, el juez de guardia instruya sobre la marcha la causa, interrogue al detenido y los testigos y se?ale la fecha del juicio en un plazo m¨¢ximo de 15 d¨ªas. Con este tipo de juicios se persigue apaciguar la desaz¨®n e impotencia de muchos ciudadanos ante las demoras de sus causas. En opini¨®n de la mayor¨ªa de los magistrados madrile?os, el tiempo l¨ªmite (15 d¨ªas) plantea un problema cuya resoluci¨®n pasa inevitablemente por la construcci¨®n de un tercer juzgado de guardia.
Un magistrado explica: "Hay d¨ªas en que llegan m¨¢s de 100 detenidos. Ser¨ªa demasiado que, adem¨¢s de interrogarlos, el juez tuviera que instruir varias causas. Poder, se podr¨ªa; pero se corre el riesgo de que luego haya que suspender el juicio, o aplazarlo, porque su instrucci¨®n sea irregular".
La celebraci¨®n r¨¢pida de un juicio no debe repercutir, afirma otro de los magistrados consultados, en las garant¨ªas procesales que deben tener los ciudadanos. Por ello, los jueces ven m¨¢s factible que los delitos que se juzguen por la v¨ªa ligera sean los flagrantes, es decir, que exista plena certeza sobre el autor.
En la actualidad, la mayor¨ªa de los juzgados de Madrid est¨¢n saturados de causas. Los de lo penal son, aparentemente, los m¨¢s aliviados. No as¨ª los de instrucci¨®n -en Madrid hay 46-, que soportan una carga de trabajo "muy por encima de los medios materiales y humanos de que disponen", lamentan jueces y funcionarios de estos ¨®rganos.
Los juzgados de lo penal (dedicados a juzgar, sentenciar y ejecutar los fallos) est¨¢n tardando entre tres y seis meses en juzgar los sumarios que les llegan.
La falta de medios humanos y materiales es uno de los inconvenientes que encuentra la celebraci¨®n de juicios r¨¢pidos. "Har¨ªan falta m¨¢s peritos, m¨¢s personal; en definitiva, medios que ahora no existen... Adem¨¢s, ?c¨®mo un juez de instrucci¨®n puede se?alarle un juicio a otro de lo penal?", se plantea otro de los jueces consultados. En la junta se abord¨® la posibilidad de que, practicadas las pruebas necesarias, el juez de guardia se?alase el d¨ªa del juicio en funci¨®n de las fechas que previamente faciliten los juzgados penales, pero dentro de los 15 d¨ªas.
El titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 17 de Madrid, Eduardo L¨®pez-Palop, es de los magistrados que consideran dif¨ªcil la celebraci¨®n de juicios r¨¢pidos. Lo razona as¨ª: "Cualquier prueba m¨ªnimamente complicada que presenten las partes desvirtuar¨ªa el procedimiento r¨¢pido y habr¨ªa que aplazar su celebraci¨®n".
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