Har¨¢ falta autorizaci¨®n para crear empresas en el extranjero que mantengan activos en Espa?a
La constituci¨®n de empresas -por parte de inversores espa?oles- en cualquier pa¨ªs del mundo estar¨¢ sujeta a la petici¨®n de autorizaci¨®n administrativa previa en dos casos: cuando a esa nueva sociedad se aporten activos que se vayan a mantener en Espa?a o cuando el pa¨ªs de destino sea un para¨ªso fiscal.El objetivo que persigue el Gobierno es evitar operaciones que tengan como fin primordial la elusi¨®n de impuestos. Las nuevas normas forman parte de dos decretos -sobre inversiones espa?olas en el exterior y sobre inversiones extranjeras efectuadas en el mercado espa?ol- que aprobar¨¢ un pr¨®ximo Conseje de Ministros. La Direcci¨®n General de Transacciones Exteriores -que depende del Minsterio de Econom¨ªa- ha ultimado dos, decretos que completan la legislaci¨®n sobre control de cambios, e inversiones extranjeras. El objetivo, seg¨²n fuentes de la Administraci¨®n, es simplificar las normas y tr¨¢mites que deben cumplir tanto los extranjeros que inviertan en Espa?a como los espa?oles que lo hagan fuera. Junto a esa simplificaci¨®n, Transacciones Exteriores pretende garantizar que las operaciones de inversi¨®n extranjera no se utilizan para eludir el pago de impuestos.
Con esta idea, se someter¨¢ a autorizaci¨®n previa la constituci¨®n de cualquier sociedad en el exterior a la que se aporten activos, como acciones de sociedades espa?olas o inmuebles situados en Espa?a. El motivo es que el Econom¨ªa consideran que "en estos casos no existe una verdadera inversi¨®n sino s¨®lo una maniobra de elusi¨®n fiscal", toda vez que el inversor "residente en Espa?a seguir¨ªa siendo propietario de activos en Espa?a", pero tras la operaci¨®n "a trav¨¦s de una sociedad extranjera interpuesta". El segundo control que introducen estos decretos es la obligaci¨®n de verificaci¨®n previa para todas las operaciones que tengan como origen o destino cualquier pa¨ªs que sea un para¨ªso fiscal. El objetivo tambi¨¦n aqu¨ª es evitar la elusi¨®n de impuestos. Estas dos condiciones habr¨ªan impedido, de entrada, la operaci¨®n de Banesto con AGF para la venta del 24% de la Uni¨®n y el F¨¦nix. Salvo estos dos controles, las nuevas normas simplifican los tr¨¢mites y s¨®lo exigen autorizaci¨®n previa para las operaciones de inversi¨®n extranjera en Espa?a que supongan una participaci¨®n mayoritaria en la sociedad espa?ola o las que tengan un importe superior a los 500 millones. Hasta ahora, este l¨ªmite era del 25% de participaci¨®n o de 250 millones de pesetas.
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