Gibraltar
Con referencia al original art¨ªculo del se?or Moster¨ªn del pasado 7 de agosto sobre el tema de Gibraltar desear¨ªa hacer las siguientes precisiones.1. No son los habitantes de Gibraltar quienes est¨¢n sujetos al dominio colonial ingl¨¦s, sino los espa?oles. Gibraltar es una colonia inglesa en suelo espa?ol. Con independencia del justo t¨ªtulo de la adquisici¨®n, el Tratado de Utrecht legitim¨® a perpetuidad la presencia inglesa en la plaza. Tiene raz¨®n en eso el se?or Moster¨ªn. No debe olvidar, sin embargo, que ese mismo tratado legitimador y fundacional excluye la independencia del territorio y garantiza su devoluci¨®n a Espa?a cuando Inglaterra considere que Gibraltar ya no es necesario para el bienestar del reino.
3. Cuantas declaraciones ha hecho Inglaterra en el sentido de querer respetar los deseos de la poblaci¨®n gibraltare?a no han alterado la doctrina de que la soberan¨ªa del Pe?¨®n radica en el Parlamento de Westminster.
4. Por consiguiente, lo que reclama Espa?a es que Inglaterra aplique a esa soberan¨ªa (caso de que lo sea) la misma doctrina descolonizadora que ha aplicado a todo el resto de su imperio. S¨®lo que en vez de solicitarlo para la totalidad de su superficie territorial, como lo hicieron Uganda o Nigeria -es un ejemplo-, lo solicita para la peque?a parcela de su soberan¨ªa afectada por la presencia extranjera.
5. Que la poblaci¨®n de Gibraltar pueda y deba pronunciarse sobre su futuro es elemental. Que deba hacerlo de acuerdo con el derecho internacional p¨²blico y el Tratado de Utrecht, tambi¨¦n. Por ello, el que los gibraltare?os deseen que Gibraltar siga siendo una colonia -hecho contrario al ordenamiento jur¨ªdico internacional- o que se independice -hecho contrario al Tratado de Utrecht, por el que Inglaterra y ellos mismos est¨¢n legalmente en la Roca- no puede invocarse como raz¨®n v¨¢lida ni para seguir agraviando a Espa?a contra legem ni para defender la creaci¨®n de un miniestado tambi¨¦n contra legem inter partes.
6. Inglaterra y Espa?a se han puesto de acuerdo para discutir todos los aspectos del contencioso, incluido el de la soberan¨ªa. No deber¨ªa resultar dif¨ªcil resolverlo a quienes fueron los dos grandes imperios coloniales del mundo. Por lo que hace a la legitimaci¨®n por el transcurso de los siglos, Inglaterra estuvo en Aquitania 400 a?os, y Espa?a en Sicilia otros tantos. ?Qui¨¦n lo recuerda hoy?- C¨®nsul general de Espa?a.
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