El Estado pagar¨¢ en un plazo un m¨¢ximo de tres meses
El proyecto de ley de Contratos de las Administraciones P¨²blicas se adapta a la directiva comunitaria sobre la materia y no var¨ªa el plazo de pago de los contratos al mantenerlo en el tope de tres meses, manifest¨® ayer Enrique Mart¨ªnez Robles, subsecretario del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, poco despu¨¦s de que el Consejo de Ministros aprobara el texto legal. A partir de esa fecha l¨ªmite, el Estado deber¨¢ pagar los correspondientes intereses de demora que se establecen en los Presupuestos Generales del Estado, y que actualmente est¨¢n fijados en el 11,5%.El proyecto de ley, que ser¨¢ tramitado con urgencia para que su entrada en vigor se produzca dentro del plazo marcado por la Comunidad Europea, establece las condiciones para que las sociedades de otros pa¨ªses comunitarios puedan realizar obras p¨²blicas o ser suministradores del Estado.
Seg¨²n Mart¨ªnez Robles, no se puede hablar de un texto consensuado, pero, dijo, "durante dos a?os han aportado sus ideas y matizaciones distintos ministerios, todas las comunidades aut¨®nomas, asociaciones empresariales y la Federaci¨®n de Municipios y Provincias".
El nuevo texto, a?adi¨® Mart¨ªnez Robles, es v¨¢lido para todas las administraciones p¨²blicas y preserva la claridad en la contrataci¨®n, simplifica los procedimientos y facilita el acceso de los contratistas a los concursos.
La contrataci¨®n directa, que se har¨¢ en casos muy excepcionales, pasa a denominarse procedimiento negociado y deber¨¢ hacerse con publicidad. Adem¨¢s, el proyecto establece plazos m¨¢s amplios de publicidad en todos los procedimientos de licitaci¨®n, prev¨¦ que cada comunidad aut¨®noma cuente con su propio registro de contratistas y busca la igualdad y la no discriminaci¨®n en el acceso a los contratos.
Publicidad obligada
En concreto, se impone la obligaci¨®n ineludible de que se publique en los diferentes boletines de las comunidades aut¨®nomas la persona o empresa que se haya adjudicado la obra en licitaci¨®n. El Registro Oficial de Contratistas de Obras pasar¨¢ a depender del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, en lugar del Ministerio de Industria y Comercio como hasta ahora.La futura ley reemplazar¨¢ a la Ley de Contratos que est¨¢ en vigor desde 1965.
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