Reforma del Inem
EL ANUNCIO del ministro de Econom¨ªa, en el Congreso de los Diputados, de los planes de reforma del Instituto Nacional de Empleo (Inem) ha producido una gran perplejidad. Las reacciones iniciales de los partidos de la oposici¨®n y de la patronal CEOE son justificables hasta cierto punto y, en todo caso, gen¨¦ricas como el mismo anuncio. Las fuerzas sindicales, por su parte, mostraron inicialmente unas razonables cautelas hasta conocer los detalles y el calendario de la propuesta, si bien rechazan rotundamente la posibilidad de que el sistema de prestaciones se desvincule del ¨¢mbito p¨²blico de la Administraci¨®n. Con todo, es preciso recordar que el tan denostado y, al parecer, poco le¨ªdo programa de convergencia avanzaba en su cap¨ªtulo cuarto, relativo a las medidas estructurales, algunas de las directrices que han de orientar las reformas destinadas a reforzar el proceso de b¨²squeda de empleo. Se propone expl¨ªcitamente "la reforma en profundidad del Inem". Tambi¨¦n se reconoce expresamente que esa reforma potenciar¨¢ la faceta de agencia p¨²blica de empleo del Inem, al tiempo que promete la creaci¨®n de un marco legal similar al de otros pa¨ªses para facilitar las agencias privadas de colocaci¨®n. En consecuencia, el margen para la sorpresa era s¨®lo relativo.Los detalles m¨¢s reveladores avanzados por Carlos Solchaga en su comparecencia parlamentaria radican en la propuesta de homologaci¨®n con el modelo franc¨¦s de mutualidades para la gesti¨®n de las prestaciones por desempleo. Organizaciones gobernadas por los sindicatos y la patronal, cuyos recursos, las prestaciones contributivas, han de ser administrados de forma que cubran los correspondientes subsidios. Los subsidios de car¨¢cter asistencial, no amparados en prestaciones contributivas, ser¨ªan asumidos, seg¨²n declar¨® el ministro, por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. El Inem resultante quedar¨ªa como una agencia de colocaci¨®n compatible con la existencia de agencias privadas con funciones equivalentes. Las tareas de formaci¨®n profesional ser¨ªan asumidas parcialmente por el Ministerio de Educaci¨®n.
Que los trabajadores y empresarios sean los responsables de la administraci¨®n de sus propios recursos es en principio razonable y contribuye al fortalecimiento de sus respectivas organizaciones -es decir, a una parte de la tan citada sociedad civil- y a que las m¨¢s que probables mejoras en la gesti¨®n de esos recursos redunden directamente en sus beneficiarios. Es cierto que tan importante como la mayor participaci¨®n de los trabajadores en la gesti¨®n de sus propios recursos es que la Administraci¨®n asuma los compromisos no cubiertos con las prestaciones contributivas y garantice una ordenada transici¨®n al nuevo modelo. El Gobierno no puede pretender con la reforma propuesta endosar los problemas financieros que actualmente presenta el Inem; la envergadura de la reforma propuesta y el tiempo requerido para su definitiva aplicaci¨®n es tal, que es absurdo considerar que el Gobierno trata de solucionar con ella los problemas de las finanzas p¨²blicas en el corto plazo.
La reforma propuesta, por el contrario, trasciende al ejercicio presupuestario en curso y al m¨¢s dilatado horizonte electoral que pueda asumirse en la actualidad. Su conveniencia no s¨®lo ha de fundamentarse en el mal funcionamiento del actual sistema, sino en la percepci¨®n de claras mejoras en el funcionamiento del mercado de trabajo, sin perjuicio de los derechos de sus agentes. Si, en general, la aplicaci¨®n de reformas del alcance de la propuesta es conveniente, de igual modo resulta imprescindible conseguir, por su directa implicaci¨®n, el mayor respaldo pol¨ªtico y de los agentes sociales y econ¨®micos. Sin ellos, la reforma es sencillamente imposible en sus t¨¦rminos.
No ser¨ªa bueno que a estas alturas se echaran en saco roto experiencias anteriores de reformas propuestas que, siendo globalmente positivas, acabaron generando costes innecesarios por la escasa capacidad para convencer y, en ocasiones, la provocaci¨®n con que se formulaban. Si saludable es la disposici¨®n del ministro de Econom¨ªa de aplicar lo que constituyen por ahora meros enunciados de reformas estructurales de la econom¨ªa, en igual medida es necesaria la habilidad para su aplicaci¨®n final. La extensi¨®n de esa voluntad a las restantes actuaciones previstas en ese programa de convergencia contribuir¨¢ a la legitimaci¨®n de esa estrategia para que la econom¨ªa espa?ola abandone las ineficiencias que impiden un sano crecimiento y una difusi¨®n del bienestar.
En cualquier caso, para tener una opini¨®n definitiva del asunto (varios catedr¨¢ticos de Derecho del Trabajo han afirmado que lo expuesto por Solchaga no cabe en la Constituci¨®n) habr¨¢ que esperar al desarrollo de lo simplemente enunciado. Sorprende, en cualquier caso, que las l¨ªneas adelantadas ayer de la reforma del Inem no se correspondan con las estudiadas en la mesa ad hoc existente desde hace tiempo entre patronal, sindicatos y Ministerio de Trabajo. No puede haber dos l¨ªneas paralelas de negociaci¨®n.
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