Un ni?o muri¨® por una afecci¨®n en la u?a a causa de mal cuidado sanitario
El Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1 de M¨®stoles ha condenado al jefe adjunto del servicio de medicina interna del hospital de esa localidad, el doctor Francisco Merino Morales, y al Insalud a indemnizar con cinco millones de pesetas a los padres del ni?o Carlos L¨®pez Rodrigo, que falleci¨® el 17 de diciembre de 1987, a los 14 a?os. La muerte se produjo como consecuencia de la herida que le provoc¨® en el dedo una "una u?a incarnada" infectada por el Estafilococo aureus.Desde que Carlos acudi¨® al m¨¦dico de cabecera, a finales de agosto de 1987, hasta que se le oper¨®, el 3 de diciembre, para extraerle la u?a incarnada que le caus¨® la muerte, hab¨ªan pasado m¨¢s de tres meses. El muchacho se hab¨ªa dirigido en su d¨ªa al hospital de M¨®stoles, donde se le puso en lista de espera. La aparici¨®n de nuevos s¨ªntomas el 26 de noviembre hizo que los padres de Carlos, Juan Luis L¨®pez Herrera y Juana Rodrigo Calvo, llamaran al domicilio a un m¨¦dico, que orden¨® su ingreso en el servicio de urgencias del centro de M¨®stoles.
El 3 de diciembre fue intervenido. Pero era muy tarde. Despu¨¦s de la operaci¨®n pas¨® a la unidad de cuidados intensivos por la aparici¨®n de una "insuficiencia respiratoria". All¨ª falleci¨® 14 d¨ªas despu¨¦s. Desde la primera visita m¨¦dica hasta la intervenci¨®n hab¨ªa pasado demasiado tiempo. Los estafilococos pudieron con ¨¦l.
La sentencia dice que "el doctor Merino pudo y debi¨® apreciar el d¨ªa 30 de noviembre, la existencia de una u?a incarnada como probable puerta de entrada de una posible infecci¨®n". Tambi¨¦n se le inculpa por no haber hecho los oportunos an¨¢lisis de microbiolog¨ªa. Se califica de "actuaci¨®n culposa" la "conducta homicida" del demandado por no haber "prescrito la extracci¨®n de la u?a incarnada desde el primer contacto con el enfermo".
'Lex artis'
La juez que instruy¨® la causa, Paloma Garc¨ªa de Ceca, dice en la sentencia que en "la actuaci¨®n del facultativo demandado se produjo infracci¨®n de la lex artis" (el rigor profesional). El Informe pericial manifiesta repetidamente que el doctor Merino "pudo y debi¨®" proceder a la extracci¨®n de la u?a como "medida elemental y prudente" y que se tendr¨ªa que haber llevado a cabo un "tratamiento antibi¨®tico", que se aplic¨®, pero "de forma tard¨ªa".
La juez reconoce que "no puede alcanzarse con total certeza la conclusi¨®n" de que la acci¨®n u omisi¨®n del m¨¦dico produjera la muerte, pero admite que "existe relaci¨®n de causalidad entre el tard¨ªo tratamiento y el resultado lesivo". El letrado de la acusaci¨®n hab¨ªa pedido una indemnizaci¨®n de 15 millones. El doctor Merino no pudo ser localizado ayer por este peri¨®dico en el hospital de M¨®stoles.
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