Espa?a llega al Mercado ?nico como el pa¨ªs m¨¢s retrasado en legislaci¨®n comunitaria
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A un mes escaso del 1 de enero de 1993, d¨ªa de la desaparici¨®n de fronteras interiores para personas, mercanc¨ªas, capitales y servicios, Espa?a se ha convertido en el farolillo rojo en la incorporaci¨®n de la legislaci¨®n comunitaria a la legislaci¨®n propia. De las 173 directivas dedicadas al Mercado ¨²nico que necesitan una traducci¨®n legal en Espa?a, faltan todav¨ªa 53 en el ¨²ltimo recuento realizado por la Comisi¨®n Europea, a mediados de noviembre. Dinamarca, el pa¨ªs del problema irresoluble con Maastricht, es el que se halla en mejor posici¨®n y s¨®lo le faltan seis directivas que aportar a su propio acervo legal. El Gobierno espa?ol espera incorporar 23 directivas m¨¢s de aqu¨ª al 31 de diciembre para situarse finalmente en un lugar decoroso en la tabla de cumplimiento comunitario.
El Libro Blanco sobre el Mercado ¨²nico data del a?o 1985, antes de la adhesi¨®n de pa¨ªses como Espa?a y Portugal y tambi¨¦n antes de que el Acta ¨²nica consagrara en 1986 las cuatro libertades que deben definir el espacio comunitario sin fronteras del 1 de enero del a?o 1993. Este texto, una comunicaci¨®n de la Comisi¨®n Europea al Consejo de Ministros, es el programa que ha guiado buena parte de la actividad de la Comunidad Europea en los ¨²ltimos seis a?os.El Libro Blanco propon¨ªa m¨¢s de 200 medidas destinadas a garantizar la libre circulaci¨®n. A mediados de noviembre, el Consejo de Ministros ha tomado ya decisiones sobre el 92% del Libro Blanco y para fin de a?o se espera que el 95% del programa haya pasado de forma efectiva por la mesa del consejo.
No basta, sin embargo, con que el Consejo (le ministros tome una decisi¨®n. De las 215 normas que conforman el Mercado ¨²nico, 176 son directivas que necesitan superar un camino especialmente largo. El sistema complej¨ªsimo de decisi¨®n comunitaria debe terminar en los diarios oficiales de cada pa¨ªs, con la incorporaci¨®n de los textos legales comunitarios a cada legislaci¨®n.
S¨®lo el 78% del programa del Libro Blanco ha sido ya traducido a las legislaciones de los Doce. Y ¨²nicamente 68 directivas han sido incorporadas a las legislaciones de todos y cada uno de los 12 Estados.
Hay que tener en cuenta que en algunos casos no es necesaria la agregaci¨®n: en Espa?a, por ejemplo, sobre navegaci¨®n fluvial, o en Dinamarca, sobre desertizaci¨®n.
La clasificaci¨®n de los pa¨ªses por su diligencia en la incorporaci¨®n de directivas a la propia legislaci¨®n no deja precisamente en un buen lugar a Espa?a, a la que le faltan 53. Fuentes de lit Representaci¨®n Permanente de Espa?a en la CE, en cambio, aseguran que desde este ¨²ltimo recuento se han a?adido siete directivas m¨¢s, por lo que faltan 46. "SI los otros no se han movido, pasamos a ocupar el octavo lugar", aseguran.Rigor jur¨ªdico
Antes de fin de a?o, Espa?a puede agregar un total de 23 o 24 m¨¢s y quedarse en un buen lugar para el 1 de enero, con un retraso de unas 20 normas m¨¢s todav¨ªa sin trasponer. Fuentes de la secretar¨ªa de Estado para Europa, justifican el retraso por la minuciosidad y el rigor jur¨ªdicos y ling¨¹¨ªsticos, cosa que no hacen todos los pa¨ªses. "Algunos utilizan, la t¨¦cnica de la fotocopia con encabezamiento", aseguran.Pero si, hasta ahora se trataba de una clasificaci¨®n m¨¢s simb¨®lica que pr¨¢ctica, a partir del 1 de enero de 1993 la ausencia de una ley nacional que incorpore la normativa comunitaria ser¨¢ una fuente de problemas. "El retraso en la incorporaci¨®n de las directivas del Mercado ¨²nico a las legislaciones nacionales ser¨¢ origen de obst¨¢culos y dificultades en los intercambios comerciales y en el ejercicio de las cuatro libertades en general", asegura uno de los altos funcionarios de la Comunidad Europea que se ocupa del seguimiento del Mercado ¨²nico.
As¨ª como la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento, la falta de incorporaci¨®n a la legislaci¨®n nacional no es excusa para que los Estados miembros impidan el ejercicio de las libertades consagradas por el Acta ?nica y que suponen la desaparici¨®n de las fronteras interiores.Sin duda, a partir del 1 de enero se puede producir una avalancha de demandas de cciudadanos y entidades europeas contra los Estados, si ¨¦stos se dedican, como muchos temen, a buscar subterfugios para impedir la libre circulaci¨®n.
Una reciente sentencia del Tribunal Europeo reconoce que cualquier ciudadano europeo puede recurrir a sus propios tribunales para pleitear contra su propio Gobierno por el retraso en la agregaci¨®n a la legislaci¨®n propia de una directiva de la Comunidad Europea. Las directivas, por tanto, se aplican aunque no hayan sido a?adidas a la legislaci¨®n nacional. Sin embargo, este tipo de acciones legales s¨®lo podr¨¢n efectuarlas las grandes empresas o asociaciones con suficientes recursos para afrontar los gastos. Dif¨ªcilmente los ciudadanos particulares tendr¨¢n medios para hacerlo.
"Seguiremos presionando para recuperar el retraso y culminar la construcci¨®n del Mercado Unico", aseguran fuentes de la Comunidad Europea.
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