Las industrias que contaminen la atmosfera ser¨¢n multadas hasta con 100 millones de pesetas
Las industrias espa?olas que emitan contaminantes a la atm¨®sfera en mayor grado de lo permitido podr¨¢n ser sancionadas con multas de hasta 100 millones de pesetas. As¨ª consta en el borrador de revisi¨®n de la ley de Protecci¨®n del Ambiente Atmosf¨¦rico que ha preparado la Direcci¨®n General de Pol¨ªtica Ambiental. Seg¨²n Domingo Jim¨¦nez Beltr¨¢n, director de este departamento, que present¨® ayer el proyecto, al menos en 13 ciudades espa?olas el aire no Ira alcanzado en los ¨²ltimos a?os los valores de calidad m¨ªnimos fijados por las directivas de la Comunidad Europea.
Entre las nuevas propuestas que se pretenden incorporar a la ley figura tambi¨¦n la responsabilidad civil, lo que quiere decir que aquellos agentes que mantengan "actividades contaminantes" tendr¨¢n que indemnizar a los particulares que sufran esa contaminaci¨®n "por los da?os y perjuicios causados a los bienes y a las personas".Ser¨¢n responsables civiles de esta contaminaci¨®n los titulares de la industria o el ¨®rgano de direcci¨®n de la misma y si se ha producido un da?o y no se ha podido determinar el causante ser¨¢n responsables solidarios el proyectista, el director de obra y los responsables del mantenimiento de tal obra.
La responsabilidad civil ser¨¢ exigible ante los tribunales civiles sin perjuicio por lo dispuesto en la ley de enjuiciamiento criminal para otras responsabilidades derivadas del delito. Adem¨¢s, esta responsabilidad civil ser¨¢ exigida con independencia de que exista culpa o negligencia en el sujeto responsable.
En relaci¨®n con las infracciones y sanciones, en el borrador de ley se contempla que se cometer¨¢ infracci¨®n tanto si el da?o se ha producido como si se ha puesto en grave peligro la salud, la seguridad o el medio ambiente. Para determinar la cuant¨ªa de las sanciones, que podr¨¢n ascender hasta 100 millones de pesetas, se tendr¨¢ en cuenta la importancia del da?o causado, el grado de participaci¨®n y el beneficio obtenido, la negligencia o imprudencia y la reincidencia.
Uno de los pilares b¨¢sicos de la nueva legislaci¨®n ser¨¢, a juicio del director general de Pol¨ªtica Ambiental, la realizaci¨®n de auditor¨ªas ambientales "para las actividades contenidas en el cat¨¢logo de actividades potencialmente contaminadoras de la atm¨®sfera".
La elaboraci¨®n de tina auditor¨ªa ambiental ser¨¢ condici¨®n imprescindible para obtener ayudas econ¨®micas y fiscales para aquellas empresas que trabajen en el ¨¢mbito de actividades reguladas en el cat¨¢logo.
El cat¨¢logo de las actividades se refiere a aquellas que por su propia naturaleza o por los procesos tecnol¨®gicos utilizados constituyan focos de contaminaci¨®n sistem¨¢tica. Este cat¨¢logo ser¨¢ elaborado por el Gobierno, que tambi¨¦n establecer¨¢ en este sentido, un r¨¦gimen de autorizaciones para la primera instalaci¨®n, modificaci¨®n sustancial o traslado de actividades potencialmente contaminadoras.
Combustibles y carburantes
Se fijar¨¢n condiciones especiales para los combustibles y carburantes para usos dom¨¦sticos e industriales, as¨ª como en los veh¨ªculos de motor. De acuerdo con el borrador de ley, el Gobierno deber¨¢ establecer las limitaciones y las garant¨ªas necesarias para que estos contaminantes no alcancen los valores limite.
Las zonas declaradas de atm¨®sfera contaminada tendr¨¢n un r¨¦gimen especial encaminado a reducir la contaminaci¨®n y en ellas ser¨¢ obligatorio utilizar combustibles de menor poder contaminante. En estas zonas estar¨¢ prohibido instalar nuevas actividades potencialmente contaminadoras que no cumplan los l¨ªmites de emisi¨®n especiales.
En la situaciones de alarma, una vez que se rebasen por causas meteorol¨®gicas, los ¨ªndices permisibles de contaminaci¨®n, se podr¨¢n suspender las actividades que contribuyan a la contaminaci¨®n. Tambi¨¦n se podr¨¢ limitar o prohibir la circulaci¨®n de toda clase de veh¨ªculos excepto la de aquellos dedicados a servicios esenciales.
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