Un juzgado de Madrid dicta la segunda sentencia absolutoria para un insumiso
El objetor insumiso Jos¨¦ Mar¨ªa Bellido, de 22 a?os, ha sido absuelto "con todos los pronunciamientos favorables" por el Juzgado de lo Penal n¨²mero 20 de Madrid, porque, seg¨²n la sentencia, la libertad individual prevalece sobre el deber de la defensa nacional. ?sta es la segunda sentencia absolutoria para un insumiso dictada por un juzgado espa?ol.
La juez Carmen Neira entiende en su fallo que el contenido de esa conciencia individual se ve reforzado por los valores supremos de la Constituci¨®n espa?ola: la libertad, la justicia y la igualdad. Neira absuelve a Bellido por considerar que su negativa a incorporarse a filas obedeci¨® "a un estado de necesidad".Bellido debi¨® incorporarse a la mili el 25 de noviembre de 1989, en concreto al regimento de infanter¨ªa acorazada Alc¨¢zar de Toledo, de El Goloso (Madrid). Siete d¨ªas despu¨¦s envi¨® un escrito al cuartel en el que manifestaba su negativa a cumplir el servicio militar. Seg¨²n Neira, Bellido rehus¨® incorporarse a filas movido "por su profunda convicci¨®n antimilitarista y pacifista".
Seg¨²n la sentencia, hecha p¨²blica ayer, "Ias razones de la conciencia moral son significativamente importantes dado que ah¨ª se realiza el ejercicio de la actividad personal m¨¢s ¨ªntima y sagrada del hombre". La juez subraya que la actitud de Bellido "no constituye ning¨²n delito", aunque "est¨¢ te?ida de ilegalidad". En su opini¨®n, Bellido habr¨ªa cometido un delito si no tuviera, como tiene, una justificaci¨®n: un estado de necesidad.
"La dignidad de la persona como un fin en s¨ª mismo", agrega la magistrada, "se convierte en paradigma de los derechos fundamentales reconocidos en el art¨ªculo 10. 1 de la Carta Magna".
El fiscal, que probablemente recurrir¨¢ la sentencia, pidi¨® para el insumiso 18 meses de prisi¨®n, una pena considerada en fuentes judiciales ya de por s¨ª ben¨¦vola, ya que la ley establece para los delitos de insumisi¨®n un m¨ªnimo de dos a?os, cuatro meses y un d¨ªa.
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