Andorra se homologa a Europa
9.000 ciudadanos podr¨¢n votar el domingo en el refer¨¦ndum de la primera Constituci¨®n del pa¨ªs
El pr¨®ximo domingo, 14 de marzo, 9.323 andorranos se pronunciar¨¢n en refer¨¦ndum sobre la primera Constituci¨®n de la historia del Principado pirenaico. Han sido necesarios dos a?os de duras negociaciones a tres bandas -andorranos, franceses y los representantes del obispo de La Seu d'Urgell- para pactar la Carta Magna que convertir¨¢ a este peque?o Estado feudal de 478 kil¨®metros cuadrados en un pa¨ªs homologable a la Europa democr¨¢tica. Pese al cierto temor que el texto despierta en una poblaci¨®n que no sabe lo que es pagar impuestos, celosa de su privilegio restringido de ciudadan¨ªa y que ha podido pasar hasta hoy sin reconocer los partidos ni los sindicatos, ninguna asociaci¨®n pol¨ªtica va a pedir el voto negativo.
La Constituci¨®n define el pa¨ªs como un "coprincipado parlamentario", afirma el principio de: soberan¨ªa popular y establece: una clara separaci¨®n entre el poder legislativo, el ejecutivo y el. judicial. Asimismo, reconoce los, derechos y libertades seg¨²n la, Declaraci¨®n Universal de los Derechos Humanos y legitima. constitucionalmente a los copr¨ªncipes -el obispo de La Seu. d'Urgell y el presidente de la Rep¨²blica Francesa-.Hasta ahora, Andorra se reg¨ªa por normas derivadas de los pareatges, acta fundacional del, Principado, firmada en 1278 por Roger Bemat III, conde de Foix. (Francia), y Pere d'Urg, obispo, de Urgell. El proceso constitucional empez¨® en 1989 despu¨¦s de que los reformistas ganaran. las elecciones. Las recomendaciones del Consejo de Europa de 1990, que aconsejaban a los andorranos que se dotaran de una, Constituci¨®n, sirvieron de detonante para que el Parlamento decidiese redactar la ley fundamental.
Las estad¨ªsticas recientes sit¨²an el n¨²mero de andorranos en. 13.000. La poblaci¨®n del Principado se acerca a las 62.000 personas, en su mayor¨ªa espa?oles (unos 30.000), adem¨¢s de portugueses (9.000) y franceses (3.500) principalmente, que aportan la. mayor parte de los empleados; que precisa este gran supermercado llamado Andorra.
Aunque el refer¨¦ndum afecta. s¨®lo a poco m¨¢s del 20% de la, poblaci¨®n, la mayor¨ªa de los residentes contemplan con simpat¨ªa, el cambio. Con todo, la Constituci¨®n no es excesivamente generosa con los residentes. Por ejemplo, la creaci¨®n de partidos pol¨ªticos y sindicatos es competencia, exclusiva de los andorranos. Respecto a la nacionalidad andorrana, la Constituci¨®n dice que la adquisici¨®n o el mantenimiento de una nacionalidad diferente de la andorrana "implicar¨¢ la p¨¦rdida de ¨¦sta en los t¨¦rminos y plazos fijados por la ley". Frente a esta disposici¨®n se han alzado voces que la consideran inconstitucional ya que el mismo texto impide la retroactividad de las leyes. Un n¨²mero considerable de personas que han adquirido la ciudadan¨ªa por matrimonio han conservado su nacionalidad de origen y no quieren renunciar a ella.
Pero hasta ahora, ning¨²n partido -a¨²n no reconocidos, pero s¨ª tolerados- se ha atrevido a hacer campana para propugnar el voto negativo en el refer¨¦ridum. S¨®lo tres disidentes de Iniciativa Democr¨¢tica Nacional (IDN) han manifestado su intenci¨®n de pedir el voto negativo por las insuficiencias de la Constituci¨®n. Las candidaturas derrotadas en las ¨²ltimas elecciones, de corte m¨¢s conservador, se han limitado a criticar algunos art¨ªculos y a dar libertad de voto.
En el ¨¢mbito de los tratados internacionales -un elemento que estuvo a punto de causar la ruptura de la negociaci¨®n a causa de la postura radical del copr¨ªncipe espa?ol, que pretend¨ªa el derecho de veto-, se lleg¨® a un acuerdo por el que se asocia a los copr¨ªncipes a determinados tratados. ?nicamente podr¨¢n participar en aquellos acuerdos que Andorra establezca con Espa?a y Francia y que afectan acuestiones de seguridad interior y defensa, tratados relativos al territorio y tambi¨¦n los que incumban a representaci¨®n diplom¨¢tica, cooperaci¨®n judicial o penitenciaria. En dichos acuerdos ser¨¢ necesaria la unanimidad de los negociadores andorranos y de los copr¨ªncipes, lo cual significa el derecho de veto de los coprinc¨ªpes.
La justicia ver¨¢ tambi¨¦n modificada profundamente su estructura. Hasta ahora, los jueces depend¨ªan de los copr¨ªncipes, que se alternaban en el nombramiento de los magistrados. Con la Constituci¨®n, se crea una organizaci¨®n judicial ¨²nica e independiente bajo la potestad del Consejo Superior de la Justicia. Del mismo modo se crea el Tribunal Constitucional, compuesto por cuatro miembros, dos designados por el Parlamento y dos m¨¢s por los copr¨ªncipes.
Las atribuciones del Gobierno se ver¨¢n sensiblemente aumentadas. Por ejemplo, se crear¨¢n ministerios del Interior y de Exteriores. El Gobierno tiene la intenci¨®n de nombrar embajadores en Par¨ªs, Madrid y Bruselas, mientras que en los otros pa¨ªses podr¨¢ delegar su representaci¨®n a Francia o Espa?a.
Es un hecho palpable que un cambio tan profundo infunde respeto entre los andorranos. Son m¨¢s de 700 a?os caminando cogidos de la mano de los copr¨ªncipes, a los que se sol¨ªa echar la culpa de casi todo. En los coloquios celebrados en las diferentes parr¨®quies se ha puesto de manifiesto el temor que existe a asumir la responsabilidad de su propio destino. Por el momento, la consigna para convencer a los reticentes puede resumirse as¨ª: "Primero vota s¨ª. La Constituci¨®n, siempre se puede reformar".
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