Un juez atribuye la segunda muerte del 'caso Ardystil' a una enfermedad laboral
El mal que mat¨® a Yovana Gonz¨¢lez -la segunda fallecida por el s¨ªndrome Ardystil- es un "claro caso de enfermedad profesional", seg¨²n el Juzgado de lo Social n¨²mero 5 de Alicante. La primera sentencia sobre el caso ofrece una detallada descripci¨®n de las condiciones en las que se fragu¨® este mal, y destaca la acci¨®n de un disolvente -el tricloroetano en las muertes de los trabajadores del sector de la aerograf¨ªa textil.
La sentencia responde a una demanda por prestaciones presentada contra la Administraci¨®n y una mutua patronal por el padre de Yovana Gonz¨¢lez En su fallo, el juez estima una alegaci¨®n y se abstiene de entrar en la cuesti¨®n de las prestaciones. Yovana muri¨® en mayo pasado. El resto de la sentencia, sin embargo, razona el contexto en el que surgi¨® el s¨ªndrome Ardystil y el por qu¨¦ debe ser calificado de enferme dad laboral, como se establece taxativamente en el considerando final. Esta calificaci¨®n supone para los afectados que trabajaron en Ardystil un paso adelante respecto a la consideraci¨®n de "brote epid¨¦mico" del Gobierno.En Ardystil, ubicada en Cocentaina (Alicante), trabajaron cinco de las seis v¨ªctimas mortales del mal, as¨ª como 22 de los 72 afectados. El juez coincide con los investigadores sanitarios en que la enfermedad se debi¨® a la inhalaci¨®n de los productos t¨®xicos empleados en la aerograf¨ªa. En la sentencia, con todo, aparecen puntos de discrepancia respecto a la hip¨®tesis -establecida por una comisi¨®n de expertos- de que el agente causal fue una sola sustancia, introducida en Ardystil a mediados de 1991.
El juez advierte que para corregir los errores de estampaci¨®n se empleaba un disolvente, el tricloroetano, que por la acci¨®n del calor se descompone en ¨¢cido cloridalco y oxicluro de carbono -este ¨²ltimo elemento es m¨¢s conocido como fosgeno, un gas de combate empleado en la I Guerra Mundial-. "En la empresa se empleaba como calefacci¨®n una estufa que por medio de un mechero de gasoil caldeaba la nave haciendo recircular el aire, el cual, entre otros vaporess, conten¨ªa tricloroetano, por lo que con absoluta seguridad se produc¨ªa la descomposici¨®n de dicho gas, en cantidades ¨ªnfimas pero suficientes para que aspiradas ocho horas de trabajo diarias y muchos d¨ªas consecutivos, en uni¨®n con otros vapores, produjese a los trabajadores lesiones en sus v¨ªas respiratorias y a alguno la muerte", se?ala la sentencia.
Para fundamentar la clasificaci¨®n de enfermedad profesional el juez afirma que "las condiciones de trabajo eran tan inadecuadas, que de emplearse en la misma productos t¨®xicos, los mismos afectar¨ªan a la salud de los trabajadores". En un siguiente paso, demuestra que un grupo de las citadas sustancias -los disolventes- era "muy t¨®xico" y que afectan a las v¨ªas respiratorias. Esta argumentaci¨®n le da pie a considerar que el "fallecimiento de Yovana se produjo como consecuencia de la enfermedad que contrajo en su puesto de trabajo". Paralelamente, el juez Jos¨¦ Ceva, bas¨¢ndose en un informe pericial, sostiene que "el caso Ardystil no constituye una entidad cl¨ªnica nueva", sino una de tantas enfermedades del trabajo producida por gases y productos t¨®xicos. A esta afirmaci¨®n, el magistrado suma que las sustancias que provocaron el mal est¨¢n recogidas en la ley que define la enfermedad profesional.
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