La ley de huelga, clave para un posible adelanto electoral
Si el Gobierno quiere una aprobaci¨®n definitiva por el Congreso de la Ley de Huelga, tras haber sido modificada por el Senado, el presidente del Gobierno tendr¨ªa que esperar hasta el d¨ªa 30 de abril para convocar elecciones. La v¨ªspera de esa fecha es cuando la C¨¢mara baja votar¨¢ en el pleno el texto final que regula el ejercicio del derecho de huelga, pactado por el PSOE con UGT y CC OO. Si Gonz¨¢lez quisiera, como parece presumible, que los comicios se llevaran a cabo antes de que comiencen las vacaciones veraniegas, en el mes de julio, tiene de margen hasta el d¨ªa 7 de mayo para realizar la convocatoria.En el caso de que disolviera las Cortes a finales de abril, los diputados y senadores no tendr¨ªan ya tiempo material para aprobar, entre otros importantes proyectos legislativos, la reforma del C¨®digo Penal.
La vigente ley org¨¢nica del R¨¦gimen Electoral General establece que "en los supuestos de elecciones a Cortes Generales (...) en los que el presidente del Gobierno (...) haga uso de su facultad de disoluci¨®n anticipada (...) los decretos de convocatoria se publican, al d¨ªa siguiente de su expedici¨®n, en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. Entran en vigor el d¨ªa de su publicaci¨®n. Los decretos de convocatoria se?alan las fechas de las elecciones que habr¨¢n de celebrarse entre el quincuag¨¦simo cuarto (54) y el sexag¨¦simo (60) d¨ªa posterior a la convocatoria".
Las candidaturas se tienen que presentar ante la Junta Electoral entre el decimoquinto (15) y el vig¨¦simo (20) d¨ªa posterior a la convocatoria. Las candidaturas presentadas deben ser publicadas el vig¨¦simo segundo (22) d¨ªa posterior a la convocatoria y, dos d¨ªas despu¨¦s, la Junta Electoral comunica las irregularidades apreciadas en ellas de oficio o denunciadas por otros representantes. El plazo para subsanarlas es de 48 horas.
La proclamaci¨®n de las candidaturas para el Congreso y Senado se debe realizar el vig¨¦simo s¨¦ptimo (27) d¨ªa tras la convocatoria. La campa?a electoral comienza el d¨ªa trig¨¦simo octavo (38) posterior a la convocatoria y dura 15 d¨ªas como m¨ªnimo y 21 como m¨¢ximo.
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