Sobre 'La revuelta nobiliaria'
Quisiera aportar dos datos y dos comentarios a la informaci¨®n del pasado 4 de abril La revuelta nobiliaria, para que los lectores comprendan mejor la situaci¨®n creada tras algunas sentenciasPasa a la p¨¢gina siguiente
Sobre 'La revuelta nobiliaria'
Viene de la p¨¢gina anteriorque, mediante una particular innovaci¨®n jur¨ªdica, eliminan. la preferencia de la primogenitura del var¨®n en las sucesiones nobiliarias dentro de la misma l¨ªnea.
Primer dato. La doctrina (lista de ser un¨¢nime en apreciar que la preferencia del var¨®n (lo que se conoce como orden sucesorio tradicional) es inconstitucional, como apoyan las referidas sentencias. El estudio m¨¢s reciente (Antonio Hern¨¢ndez-Gil, La preferencia del var¨®n en la sucesi¨®n nobiliaria despu¨¦s d¨¦, la Constituci¨®n, ISBN 84-7398-978-3) es rotundo en este sentido: el orden tradicional es el legalmente vigente.
Segundo dato. Los tribunales distan asimismo de seguir un¨¢nimemente la direcci¨®n innovadora. La ¨²ltima sentencia, en apelaci¨®n, es de la AP de Zaragoza (1 de marzo de 1993), relativa al marquesado de Grimaldi, y en ella se reafirma la vigencia del orden tradicional con gran claridad de argumentos.
Primer comentario. La Diputaci¨®n de la Grandeza se atiene a la legalidad vigente, como hacen los dos restantes organismos del Estado competentes en materia de sucesiones y rehabilitaciones nobiliarias (Consejo de Estado y Ministerio de Justicia). Por este motivo, los tres han venido manteniendo hasta la fecha, de manera inequ¨ªvoca, id¨¦ntico criterio sobre la vigencia del orden tradicional.
Segundo comentario. Como se dijo en la asamblea de la Diputaci¨®n de la Grandeza del pasado a?o, urge terminar con la actual situaci¨®n de confusi¨®n e inseguridad jur¨ªdica. A finales de 1991 el Tribunal Constitucional admiti¨® a tr¨¢mite un recurso de amparo sobre la cuesti¨®n.
Estoy seguro de que el sentir un¨¢nime de todos, con independencia de la posici¨®n que se defienda sobre el particular -sin duda razonable-, es que conviene que dicho alto tribunal zanje con su dictamen esta diferencia de criterios.- Francisco Javier Pe?a.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- IV Legislatura Espa?a
- Herencias
- Derecho sucesiones
- Opini¨®n
- Sucesi¨®n nobiliaria
- Ministerio de Justicia
- Realeza
- Gobierno de Espa?a
- T¨ªtulos nobiliarios
- Discriminaci¨®n sexual
- Familia
- Derecho privado
- Ministerios
- Legislaturas pol¨ªticas
- Mujeres
- PSOE
- Discriminaci¨®n
- Gente
- Gobierno
- Prejuicios
- Espa?a
- Partidos pol¨ªticos
- Problemas sociales
- Administraci¨®n Estado
- Derecho
- Administraci¨®n p¨²blica
- Pol¨ªtica
- Justicia
- Sociedad