Dos a?os para los fondos de inversi¨®n
Los titulares de un fondo de inversi¨®n tendr¨¢n dos a?o! para trasladar su dinero a un plan de ahorro popular, si quieren mantener la exenci¨®n fiscal. El proyecto de ley aprobado ayer por el Gobierno se?ala que durante los per¨ªodos impositivos comprendidos en los a?os 1993 y 1994 el importe obtenido por las trasmisiones o reembolsos, procedentes de un fondo de inversi¨®n no tributar¨¢ en el impuesto sobre la renta siempre que no exceda de 500.000 pesetas y se invierta en ese mismo a?o en un plan de ahorro popular. Si no se cumple esta condici¨®n, los incrementos de patrimonio que as¨ª se obtengan tributar¨¢n en el IRPF, seg¨²n el r¨¦gimen normal de las plusval¨ªas. Las condiciones de los nuevos planes de ahorro se establecer¨¢n en un reglamento pendiente de aprobaci¨®n. Tambi¨¦n a partir del a?o pr¨®ximo se someter¨¢ a retenci¨®n las operaciones de lavado de cup¨®n para evitar la elusi¨®n fiscal.
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