Garant¨ªa frente a las quiebras
La modificaci¨®n introducida en el impuesto sobre el valor a?adido (IVA) intenta resolver la situaci¨®n en que a menudo se encuentran los sujetos pasivos del impuesto que no consiguen cobrar la cuota repercutida por encontrarse el destinatario en situaci¨®n de quiebra o suspensi¨®n de pagos. As¨ª, cuando por resoluci¨®n firme, judicial o administrativa, queden sin efecto las operaciones gravadas o se altere su precio, la base imponible se reducir¨¢ en la cuant¨ªa correspondiente. De la misma forma, se podr¨¢ reducir la base imponible cuando el destinatario no haya pagado sus cuotas por encontrarse en quiebra o suspensi¨®n de pagos por resoluci¨®n judicial. La ley aprobada ayer establece, en cuanto al impuesto sobre el patrimonio, una nueva exenci¨®n para los bienes y derechos necesarios para el desarrollo de una actividad empresarial. Considera tambi¨¦n exentas las participaciones en determinadas entidades.
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