El '¨¦xtasis' no causa grave da?o a la salud, seg¨²n la Audiencia Nacional
La Audiencia Nacional, en una sentencia conocida ayer, se?ala que el ¨¦xtasis es una droga que no causa grave da?o a la salud y la diferencia de la p¨ªldora del amor, a la que err¨®neamente se ha llamado por el mismo nombre. Por ello ha rebajado en un grado la pena a imponer a dos traficantes de la citada sustancia, A. A. C. R. A. y J. M. N., y les ha condenado a penas de 5 a?os y multa de 52 millones de pesetas cada uno.
La decisi¨®n de la Audiencia se ha basado en la prueba pericial practicada durante el juicio en la que un grupo de peritos encabezados por Alexander T. Shulgin, profesor en la Universidad americana de Berkeley, y Jos¨¦ Mar¨ªa Poveda, profesor de psiquiatr¨ªa de la Aut¨®noma de Madrid, diferenciaron ambas drogas. El ¨¦xtasis es metilendioximetanfetamina, es decir MDMA, y distinta del metilendioxianfetamina, o MDA, conocida como droga del amor y, en alg¨²n tiempo, tambi¨¦n como ¨¦xtasis.
Los peritos explicaron que los efectos del MDMA son distintos y en gran medida opuestos a los de las anfetaminas y menos fuertes que los del MDA. Respecto a esos efectos la sentencia recoge: "No son claramente alucin¨®genos, consisten en provocar anormales sentimientos perceptivos de aumento de la agudeza visual, ac¨²stica y tactil, sentimientos emocionales artificialmente placenteros y sentimientos sociales de mayor empat¨ªa; no se origina conocidamente dependencia f¨ªsica ni ps¨ªquica; la vida de los efectos es muy corta, entre dos y tres horas; no se conoce que produzca deterioro org¨¢nico permanente ni psicopatolog¨ªas valorables".
Los peritos se?alaron tambi¨¦n que el MDMA fue sintetizado por primera vez en diciembre de 1912 y que estuvo patentada y disponible en mayo de 1914.En 1985, la ONU acord¨® calificarla como droga peligrosa.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Siro Garc¨ªa, precisa que era MDMA la droga ocupada a los traficantes valencianos, que la vend¨ªan en c¨¢psulas o en comprimidos con una riqueza de alrededor del 17% a 2.500 pesetas por 0,6 gramos.
Para Jaime Sanz de Bremond, abogado que sostuvo la diferencia en los tipos de ¨¦xtasis, declar¨® ayer a este peri¨®dico: "La sentencia no s¨®lo es importante por el precedente que sienta respecto del ¨¦xtasis, al considerar que no causa grave da?o a la salud, sino porque por primera vez se distingue claramente entre ¨¦ste y la llamada p¨ªldora del amor (MDA) que aparentemente es m¨¢s t¨®xica. Es importante que se sepa que lo que se vende en la calle y en las rutas del bacalao como ¨¦xtasis puede ser en realidad sustancias m¨¢s da?inas".
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