El Fondo de Garant¨ªa cambiar¨¢ su normativa para que el comprador de Banesto no lance una OPA
La crisis de Banesto va a obligar al Gobierno a modificar la normativa del Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos en Establecimientos Bancarios. De esa manera, las acciones de entidades financieras que adquiera el Fondo para ayudar a sanearlo -como est¨¢ previsto, en el caso de Banesto, con la suscripci¨®n de una ampliaci¨®n de capital por 180.000 millones- estar¨ªan exentas de que un futuro comprador de las mismas tenga que lanzar una oferta p¨²blica de adquisici¨®n de acciones (OPA), aunque as¨ª est¨¦ contemplado en la Ley del Mercado de Valores.
El Fondo tiene previsto suscribir, seg¨²n el plan de reflotamiento aprobado por el Banco de Espa?a y los grandes bancos, la ampliaci¨®n de capital que, por valor de.180.000 millones de pesetas, se va a hacer en Banesto. Esta cantidad, suponiendo que el Fondo la suscribiera en su totalidad, ronda el 70% del capital futuro de Banesto. El acuerdo entre los bancos contempla tambi¨¦n que el Fondo venda esa participaci¨®n al mejor postor con posterioridad.Con la Ley del Mercado de Valores en la mano, el comprador -ya sea uno solo o un pool de bancos y cajas- tendr¨ªa que lanzar una OPA al menos por el 75% del capital. Seg¨²n dicha ley, cuando se desea adquirir m¨¢s del 50% del capital de una entidad, como es el caso del paquete que tendr¨¢ el Fondo en Banesto, la entidad compradora debe hacer una oferta por el 75% del capital como m¨ªnimo. Si los compradores son varios, se considera que todos est¨¢n de acuerdo para comprar un solo paquete y repart¨ªrselo, por lo que obliga igualmente a la OPA.
A esta oferta, adem¨¢s, podr¨ªan acudir a vender todos los accionistas de Banesto (incluidos los que ya lo sean de antes de la mencionada ampliaci¨®n) porque tienen ese derecho. Ello implicar¨ªa un sobrecoste para el comprador que no est¨¢ reflejado en el acuerdo, que ¨²nicamente hace referencia a las acciones que adquiera el Fondo. Al introducirse la exenci¨®n de OPA para casos como el de Banesto, el comprador no tendr¨¢ que hacerse cargo de ese sobrecoste ni tampoco llegar al 75%. Al ser al mejor postor la venta que har¨¢ el Fondo, no se decarta que esta instituci¨®n, participada por las entidades financieras, pueda recuperar una gran parte de la inversi¨®n que haga para sanear Banesto.
La introducci¨®n de esta exenci¨®n en el reglamento del Fondo no despeja la pol¨¦mica que existe sobre los derechos preferentes de suscripci¨®n de acciones en la futura ampliaci¨®n de capital de Banesto. Seg¨²n la Ley de Sociedades An¨®nimas, los accionistas de una entidad tienen derecho preferente de suscripci¨®n cuando se aborda una ampliaci¨®n de capital. En ese sentido, el ex presidente de Banesto, Mario Conde, y otros nueve ex consejeros enviaron un escrito a la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para que velara por esos derechos. La Comisi¨®n contest¨® ayer que "la reserva del derecho de suscripci¨®n preferente a los accionistas de Banesto no entra en sus competencias, ya que corresponde al derecho societario".
El escrito de Conde genero pol¨¦mica en el entorno del Banco de Espa?a, cuyos responsables sostienen que "si hay dinero p¨²blico para sanear un banco, no parece l¨®gico que sean los antiguos accionistas quienes se beneficien de las ayudas". Esta apreciaci¨®n va dirigida especialmente a los anteriores gestores del banco, que, incluido el fondo Corsair (propietario del 8% del capital del banco), alcanzan una participaci¨®n superior al 15%. Por ese motivo, mantienen que deber¨ªa eliminarse el derecho preferente de suscripci¨®n, cuya f¨®rmula m¨¢s sencilla es que as¨ª lo determine la mayor¨ªa de los accionistas en la junta general.
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