El juez levanta el secreto del sumario
El titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 6 de Madrid, Jos¨¦ Emilio Coronado, levant¨® ayer el secreto del sumario que instruye contra Mariano Rubio, ex gobernador del Banco de Espa?a, y Manuel de la Concha, ex s¨ªndico presidente de la Bolsa de Madrid. El sumario abierto lo es por los presuntos delitos contra la Hacienda P¨²blica por parte de Rubio, y de falsedad en documento p¨²blico por parte de Manuel de la Concha. Aunque cada uno de los acusados lo est¨¢ tambi¨¦n como "cooperador necesario" en el del otro, parece que ser¨¢ dif¨ªcilmente demostrable.Durante el mes que ha durado el secreto de las actuaciones judiciales parece que Coronado no ha tomado declaraci¨®n a persona alguna, centr¨¢ndose en estudiar los documentos aportados por la fiscal¨ªa en la querella que inici¨® el procedimiento y que ¨¦stos han sido cotejados por Hacienda. En el sumario est¨¢n las declaraciones de Mariano Rubio y Manuel de la Concha ante los fiscales especiales, as¨ª como las que realizaron ante el juez de guardia que, el d¨ªa 5 del pasado mes, decret¨® su ingreso provisional en prisi¨®n. Posteriormente, y despu¨¦s de dos semanas, Mariano Rubio obtuvo la libertad bajo fianza de 15 millones de pesetas, mientras que el juez decid?¨® no modificar, por el momento, la situaci¨®n de prisi¨®n de Manuel de la Concha.
En la querella se acusa a Mariano Rubio de un posible delito fiscal por algo m¨¢s de seis millones de pesetas, aunque el ministro de Econom¨ªa elev¨®, ante la comisi¨®n Rubio, hasta 13 millones la cuota defraudada en 1988 por el ex gobernador. Si fuera condenado, Rubio podr¨ªa sufrir una pena de seis meses y un d¨ªa a seis a?os. Para Manuel de la Concha parece que la situaci¨®n es m¨¢s grave, ya que el juez destac¨® en sus escasas declaraciones p¨²blicas "la contundencia de las pruebas acumuladas en su contra".
A Manuel de la Concha, como fedatario p¨²blico que era, se le exig¨ªan "especiales deberes de fidelidad y correcci¨®n". El delito de falsedad en documento p¨²blico est¨¢ castigado con pena de prisi¨®n mayor de seis a?os y un d¨ªa a 12 a?os, aunque podr¨ªa ampliarse hasta m¨¢s de 17 a?os si fuera un delito continuado.
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