Oficina de Consumidores
En relaci¨®n al contenido del escrito denominado Los derechos de los consumidores, publicado como carta al director (EL PA?S, 18 de julio de 1994, secci¨®n Madrid, p¨¢gina 2), en el cual se manifiesta que para poner en marcha el proceso de una reclamaci¨®n hay que ser socio de la Oficina de Consumidores de la Comunidad de Madrid, o bien pagar 5.000 pesetas, me gustar¨ªa hacer algunas aclaraciones:El principio constitucional de la protecci¨®n de los consumidores y usuarios se configura como uno de los principios rectores de la pol¨ªtica social y econ¨®mica, estableciendo un mandato gen¨¦rico de actuaci¨®n a los poderes p¨²blicos, que implica a distintas entidades territoriales, entre ellas a la Comunidad de Madrid.
Para ello, a trav¨¦s de la Subdirecci¨®n General de Protecci¨®n al Consumidor, se tramitan las reclamaciones planteadas por los consumidores y usuarios de forma totalmente gratuita, sin exigir en ning¨²n caso, debido al car¨¢cter p¨²blico del mencionado organismo, el ser socio del mismo.
Este organismo, dentro de su ¨¢mbito competencial, desarrolla, entre otras funciones, la de orientar a los consumidores y usuarios, y, para ello, entre los diversos medios que utiliza, dispone de un servicio telef¨®nico de informaci¨®n a los consumidores, con los n¨²meros 562 7104 / 05.
Para finalizar, es probable que el titular del escrito referenciado se haya dirigido a una asociaci¨®n de consumidores y usuarios, entidades de car¨¢cter privado que pueden exigir el cobro por los servicios que prestan.-
es director general de Comercio y Consumo de la Comunidad de
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