El Consejo de Estado advierte a Interior que el reglamento de la Ley de Asilo es inconstitucional
El Ministerio de Justicia e Interior ha recibido un nuevo aviso sobre la constitucionalidad de sus decisiones. En este caso, el Consejo de Estado, ¨®rgano supremo de consulta del Gobierno, ha advertido a su titular, Juan Alberto Belloch, que el borrador del reglamento de la Ley de Asilo, cuya promulgaci¨®n est¨¢ prevista para el 13 de septiembre, recoge preceptos contrarios a la Constituci¨®n. El Consejo de Estado considera que un derecho fundamental -la libertad de desplazamiento de las personas, en este caso- no puede ser limitado por una norma, sea ley o reglamento.
El criterio expuesto por el m¨¢ximo ¨®rgano asesor del Estado es compartido por la Oficina del Defensor del Pueblo e IU.El Consejo de Estado, presidido por el ex ministro de Justicia Fernando Ledesma, es el principal ¨®rgano asesor del Gobierno, y, seg¨²n sus principios, tiene que velar por el cumplimiento de la Constituci¨®n y del resto del ordenamiento jur¨ªdico. Sin embargo, los dict¨¢menes del Consejo de Estado no son vinculantes.
El martes pasado, Margarita Retuerto, defensora del Pueblo en funciones, impugn¨® la Ley de Asilo, aprobada el 13 de junio, al considerar inconstitucional la retenci¨®n en la frontera de los demandantes de refugio y la regulaci¨®n de un derecho fundamental por una ley ordinaria, en lugar de hacerlo por una ley org¨¢nica, que necesita mayor¨ªa absoluta en el Congreso para ser aprobada (176 votos).
El reglamento, que debe entrar en vigor a los tres meses de la aprobaci¨®n de la ley, ha sido negociado con las organizaciones humanitarias y con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), en diferentes momentos de su tramitaci¨®n, por Margarita Robles, secretaria de Estado de Interior; Fernando Puig de la Bellacasa, ex director general de Pol¨ªtica Interior y Pablo Santaolaya, director general de Procesos Electorales, Extranjer¨ªa y Asilo.
El punto m¨¢s pol¨¦mico del reglamento y el que ha merecido mayores reproches del Consejo de Estado es la regulaci¨®n de los derechos de los desplazados, seg¨²n han se?alado fuentes de la Oficina del Defensor del Pueblo y de organizaciones humanitarias. Esta figura jur¨ªdica atiende a quienes sin ser perseguidos personalmente por motivos pol¨ªticos, ¨¦tnicos o religiosos -condici¨®n fundamental para conceder el asilo- huyen de sus pa¨ªses porque se est¨¢ produciendo un conflicto b¨¦lico u otro fen¨®meno que obligue a movimientos migratorios masivos.
Hasta el momento, la cuesti¨®n de los desplazados ha estado localizada en el Tercer Mundo, pero la guerra en la antigua Yugoslavia ha difundido el problema al coraz¨®n de Europa, lo que ha obligado a los pa¨ªses comunitarios a plantearse qu¨¦ hacer con los miles de refugiados que han huido de la regi¨®n balc¨¢nica.
Seg¨²n fuentes cercanas a la oficina del Defensor del Pueblo, la regulaci¨®n de los desplazados por un reglamento "va contra todos los principios del Derecho, no se puede entender que un derecho fundamental pueda ser desarrollado por una norma de este tipo". Durante la negociaci¨®n de la reforma de la Ley de Asilo, IU fue la ¨²nica formaci¨®n que sugiri¨® regular en un marco jur¨ªdico superior la figura de los desplazados.
Adem¨¢s, el reglamento fija que, mientras las autoridades espa?olas deciden si admiten a tr¨¢mite la petici¨®n de asilo, la permanencia de los demandantes en los puestos fronterizos ser¨¢ voluntaria. "Si el solicitante se va, el derecho de asilo decae, lo que vulnera nuevamente un derecho fundamental", informaron organizaciones humanitarias.
Pablo Santaolaya, responsable de Interior en las cuestiones de asilo, rehus¨® ayer hacer comentarios a esta informaci¨®n. Tampoco se pronunciaron los portavoces oficiales del Ministerio consultados por EL PA?S.
Por otra parte, fuentes del ACNUR, que interviene en el proceso de admisi¨®n a tr¨¢mite de las peticiones de asilo en frontera por decisi¨®n gubernamental, han denunciado "deficiencias y lagunas" en sus relaciones con Interior. Seg¨²n miembros de la organizaci¨®n internacional, se "est¨¢ produciendo un silencio administrativo negativo". El art¨ªculo 5.7 de la Ley de Asilo, el impugnado ante el Constitucional, se?ala que, transcurridos siete d¨ªas, los demandantes de asilo pasar¨¢n a territorio nacional si no han recibido respuesta sobre su admisi¨®n o su expulsi¨®n. Sin embargo, las retenciones en el aeropuerto de Barajas (Madrid) se han prolongado hasta tres semanas. Tambi¨¦n han indicado que los demandantes no est¨¢n recibiendo asistencia letrada, pese a lo recogido en el precepto 4.1 de la ley.
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