Reformas rioplatenses
LAS REFORMAS constitucionales promovidas casi simult¨¢neamente en Argentina y Uruguay han corrido diversa suerte ante las urnas: aprobada la primera y rechazada la segunda, aunque ambas ten¨ªan id¨¦ntica intencionalidad modernizadora. Las principales modificaciones incorporadas a la Carta Magna argentina por la Asamblea Constituyente hab¨ªan sido acordadas en secreto a finales de 1993 por los jefes del Partido Justicialista y de la Uni¨®n C¨ªvica Radical (UCR) en el Pacto de Olivos. Las protestas posteriores constituyeron m¨¢s una reprobaci¨®n de las formas y del encubrimiento de lo tratado que una oposici¨®n frontal a los puntos esenciales entonces comprometidos.La supresi¨®n de las ins¨®litas referencias a la religi¨®n cat¨®lica contenidas en el texto de 1853 fue desde el comienzo un punto sobre el que hubo acuerdo. Nadie discute el robustecimiento de los poderes legislativo y judicial, o la limitaci¨®n de las atribuciones presidenciales. Pero tampoco se duda de que Carlos Menem promovi¨® los cambios especialmente interesado en uno: aquel que establece la posibilidad de un segundo mandato al frente del Ejecutivo. La grandeza del texto fundamental hubiera sido otra si quien vigorosamente impuls¨® su enmienda hubiera renunciado a aplic¨¢rsela a s¨ª mismo.
Tal vez era pedir demasiado de un pol¨ªtico profesional, pero s¨ª es de esperar, al menos, que la tozudez y audacia observadas durante el proceso de revisi¨®n se apliquen ahora al cumplimiento del nuevo articulado. No mienten quienes censuran el escaso aprovechamiento de las posibilidades ya dispuestas en el anterior marco constitucional.
Los uruguayos rechazaron la revisi¨®n en plebiscito. Hab¨ªa sido propuesta pr¨¢cticamente por la totalidad del arco parlamentario, pero los grandes partidos no dedicaron el tiempo suficiente a su divulgaci¨®n; no convencieron de la necesidad de una evoluci¨®n pol¨ªtica y administrativa ajustada a los tiempos. La intenci¨®n de la reforma fue claramente progresista, por lo que corresponde al Gobierno y al resto de los partidos favorables a su aceptaci¨®n pechar con la parte al¨ªcuota de responsabilidad por no haberlo logrado al no despejar las inc¨®gnitas de la ciudadan¨ªa sobre el verdadero alcance de la rectificaci¨®n a consulta.
La redacci¨®n de algunas enmiendas sobre el funcionamiento del Banco de Previsi¨®n Social, aparentemente complejas por el tecnicismo empleado en su enunciado, despert¨® m¨¢s sospechas que entusiasmo entre los jubilados, aproximadamente el 30% del electorado, y en aquellos funcionarios que lo ser¨¢n alg¨²n d¨ªa. Y muchos uruguayos no estaban de acuerdo con un razonable punto del paquete: remunerar a los legisladores para lograr una mayor dedicaci¨®n al esca?o.
Es de lamentar especialmente que con la derrota de la reforma se haya malogrado un asunto pol¨ªtico de gran trascendencia entre los sometidos a la consideraci¨®n del electorado: aquel que sustitu¨ªa las listas cerradas con el voto cruzado, es decir, la posibilidad de votar una lista de candidatos para la presidencia de la naci¨®n y el Parlamento y optar por otra en los comicios municipales y departamentales.
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