Sentencia ecl¨¦ctica para el conflicto entre Matanzo y el Colectivo Gai
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido, una sentencia ecl¨¦ctica -no da la raz¨®n ni a unos ni a otros- en el contencioso que enfrent¨® en 1992 al ex concejal de Centro ?ngel Matanzo con el Colectivo Gai de Madrid (Cogam). Mediante dos decretos dictados en junio de 1992, Matanzo orden¨® el cese de actividad y la clausura de una oficina que el colectivo homosexual hab¨ªa abierto en la calle de Carretas y se neg¨® a conceder al local la licencia de apertura. El ex edil de Centro justific¨® ambas medidas en que el local estaba funcionando pese a cerecer de la preceptiva licencia municipal. El Cogam acudi¨® a los tribunales.La sentencia establece lo siguiente: por un lado, considera nulo el decreto de la junta que denegaba a esta entidad la licencia de apertura, y por otro, respalda la orden de Matanzo para, que cesaran las actividades que se desarrollaban en el local.
El colectivo aleg¨® que s¨ª dispon¨ªa de licencia de apertura, merced al "silencio administrativo" del Ayuntamiento ante la solicitud de licencia que hab¨ªa formulado en su d¨ªa. Los jueces entienden que en este caso no hubo silencio administrativo, aunque, no obstante, tampoco aprueban la actitud de la Junta de Centro que rechaz¨® la solicitud en vez de archivarla, como hubiera sido lo correcto a juicio del tribunal.
En cambio s¨ª fue legal, interpretan, la decisi¨®n de ordenar la suspensi¨®n de las actividades, por cuanto el local en ese momento carec¨ªa de la preceptiva licencia de apertura.
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