La UCE denuncia la ilegalidad permanente de la publicidad en televisi¨®n
Las televisiones espa?olas est¨¢n infringiendo la ley de manera sistem¨¢tica, seg¨²n se desprende de un estudio llevado a cabo por la Uni¨®n de Consumidores de Espa?a (UCE), que ha realizado un seguimiento de las emisiones publicitarias durante el mes de septiembre en todas las televisiones. El resultado de este estudio indica que ninguna cadena de car¨¢cter nacional cumple la ley en cuanto al tiempo dedicado a la publicidad.El pasado 12 de julio entr¨® en vigor la Ley de Trasposici¨®n de la Directiva Europea sobre televisi¨®n (Ley 25/1994), que afirma en su art¨ªculo 14 que el tiempo dedicado a publicidad no podr¨¢ en ning¨²n caso sobrepasar los 12 minutos por hora (o 17 minutos si se incluyen los espacios dedicados a la autopromoci¨®n de las cadenas). Sin embargo, durante el mes de septiembre, Antena 3 incumpli¨® este art¨ªculo en 113 ocasiones; Tele 5, en 76; TVE-1, en 6, y La 2, en una.
As¨ª, por ejemplo, Antena 3 emiti¨® el 28 de septiembre, a las 16.00, 25 minutos y 48 segundos de anuncios en s¨®lo una hora. Tele 5 lleg¨® hasta los 23 minutos y seis segundos el d¨ªa 21 de este mismo mes a las 19.00, y TVE-1 alcanz¨® los 22 minutos y 11 segundos el d¨ªa 1 a las 20.00. En total, las cuatro cadenas de car¨¢cter nacional incumplieron, a lo largo del mes de septiembre, 195 veces la ley por este motivo.
En las cadenas auton¨®micas el panorama no es mucho mejor para los espectadores: a la cabeza figura Telemadrid con 22 incumplimientos, seguida de Canal 9 (de la Comunidad Valenciana), con 12. Canal Sur vulner¨® la ley en siete ocasiones; ETB, en 3, y TVG, en una.
La cadena auton¨®mica andaluza no tuvo escr¨²pulos en programar hasta 29 minutos y 50 segundos de publicidad el 17 de septiembre a las 12.00. Canal 9 no qued¨® demasiado lejos, pues program¨® 26 minutos y 55 segundos de publicidad el pasado d¨ªa 23 a las 18.00. Durante el mes de septiembre, las cadenas auton¨®micas incumplieron la ley por este motivo en 45 ocasiones. S¨®lo las televisiones catalanas (TV-3 y Canal 33) se ajustaron a lo dispuesto y en ning¨²n momento rebasaron los l¨ªmites m¨¢ximos establecidos.
Falta de respeto
Seg¨²n esta ley, el incumplimiento reiterado de este art¨ªculo se considera una "infracci¨®n muy grave". A diferencia de otros art¨ªculos, que establecen periodos transitorios de adaptaci¨®n a la ley, el art¨ªculo 14 no menciona en ning¨²n momento plazos para su cumplimiento, por lo que su entrada en vigor fue inmediata desde el mes de julio.La Uni¨®n de Consumidores de Espa?a, que califica esta pol¨ªtica de las cadenas de "falta de respeto a la audiencia", ha dirigido un escrito al ministro de Obras P¨²blicas y Transportes, Jos¨¦ Borrell, y a la secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado, exigiendo la adopci¨®n de medidas inmediatas "que eviten estas flagrantes vulneraciones de la legalidad".
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