"Hay que crear una oficina para perseguir los grandes fraudes "
Pregunta. ?Qu¨¦ opina sobre la acumulaci¨®n de esc¨¢ndalos financieros en los ¨²ltimos a?os?Respuesta. Yo creo que los esc¨¢ndalos financieros, mejor dicho, los fraudes financieros, siempre existen y siguen al propio ciclo econ¨®mico. Es decir, normalmente se fraguan en el periodo del boom y se ponen de manifiesto con la recesi¨®n econ¨®mica. Quiz¨¢ la diferencia en este momento es que por primera vez se detecta una sensibilidad en la opini¨®n -p¨²blica y en los poderes p¨²blicos, especialmente el judicial, para perseguir este tipo. de situaciones.
P. ?No ser¨¢ que en los ¨²ltimos a?os. las autoridades han practicado una pol¨ªtica de permisividad y manga ancha con las actuaciones en los mercados?
R. Las leyes son fundamentalmente las mismas. V¨¦ase que el C¨®digo Penal no se ha modificado todav¨ªa. Sin embargo, ahora nos encontramos con unas calificaciones que no eran habituales en nuestra jurisprudencia sobre un detem-iinado tipo de delitos societarios. En segundo lugar, buena parte de lo que hoy se conoce como esc¨¢ndalos no tiene su foro de realizaci¨®n en la Bolsa. Son esc¨¢ndalos t¨ªpicamente societarios ; es decir, vaciamiento patrimonial de compa?¨ªas a los que se pueden atribuir motivaciones dolosas y, en ese sentido, son perseguidos. Esc¨¢ndalos burs¨¢tiles o instrumentados en negociaciones burs¨¢tiles ha habido muy pocos y se han detectado en gran medida.
P. ?Cree que se ha producido una manipulaci¨®n pol¨ªtica de esta acumulaci¨®n de casos?
R. Est¨¢ claro que hay un discurso pol¨ªtico de la oposicion, o parte de la oposici¨®n, montado en torno a la corrupci¨®n, que es un problema serio. En ese discurso tiende a hacerse un totum revolutum que permite montar un mensaje sobre una situaci¨®n ca¨®tica en el pa¨ªs. No es as¨ª. Tirando de estad¨ªsticas, cualquier otro pa¨ªs presenta casos graves de fraude.
P. ?Ser¨ªa partidario de reforzar o aumentar los poderes de la CNMV porque entiende que todav¨ªa quedan zonas del mercado sobre las que no puede actuar?
R. No. En m¨ª opini¨®n, con la reforma introducida recientemente en la segunda directiva bancaria en el cap¨ªtulo disciplinario tenemos un organismo incluso con poderes m¨¢s amplios de los que tienen nuestros colegas. en Europa. Aunque me parece que la preocupaci¨®n que hay en amplios sectores de la opini¨®n p¨²blica espa?ola reside fuera del mercado de valores. No es un problema de dotar de medios o poderes adicionales a la Comisi¨®n. La reforma de la ley del mercado de valores que se est¨¢ elaborando, se plantea unos poderes adicionales para tratar con los chiringuitos financieros [sociedades mercantiles no registradas para poder intermediaren el mercado financiero]. Podremos plantear acciones m¨¢s en¨¦rgicas, tendentes a incautar los libros y provocar el cierre de este tipo de entidades., Adem¨¢s, se pretende que la Comisi¨®n pueda activar los mecanismos de quiebra cuando un intermediario financiero se coloca en situaci¨®n de insolvencia
P. Pero s¨ª se ha aprobado un c¨®digo de conducta.
R. El c¨®digo de conducta tiene un enorme inter¨¦s. Junto a algo ya sabido, que es imponer unos est¨¢ndares de comportamiento para esta profesi¨®n considerablemente superiores a la media de cualquier otro profesional de nuestra econom¨ªa, tiene otro aspecto importante: abre la posibilidad a la exigencia de da?os y perjuicios por recomendaciones o gestiones hechas por un profesional del mercado de valores que resulte en perjuicio del inversor correspondiente. El c¨®digo de conducta establece la obligaci¨®n de informarse sobre la situaci¨®n del cliente y venderle un producto adecuado a sus necesidades y a sus intereses, advirti¨¦ndole de: los riesgos que implica el producto financiero que le coloca.
P. ?Qu¨¦ propone para ayudar a. resolver los fraudes societarios?
R. Los delitos societarios son. de una complejidad t¨¦cnica y jur¨ªdica que desafilan a la capacidad investigadora del poder judicial. Por eso me permito lanzar algunas, propuestas. Algunas son de reforma de las -leyes, como la reforma. del C¨®digo Penal. En el aspecto, pr¨¢ctico, llamo la atenci¨®n sobre: una figura que a m¨ª me parece que: ser¨ªa extraordinariamente ¨²til en Espa?a para perseguir los fraudes societarios: la instituci¨®n brit¨¢nica, Serious Fraud Office (Oficina de Persecuci¨®n de Grandes. Fraudes). Sugiero crear una entidad que se caracterizar¨ªa por la existencia de equipos pluridisciplinares; es decir, abogados, fiscales, economistas, contables, expertos en inform¨¢tica, que puedan, ante denuncias que emitan las entidades de supervisi¨®n, como Seguros, Banco de Espa?a, la Comisi¨®n, la Agencia Tributar¨ªa o los afectados, investigar y, en su caso, perseguir, este tipo de delitos, formulando un dossier para la fiscal¨ªa y los jueces.
P. ?C¨®mo se articular¨ªa esa Oficina?
R. En Espa?a podr¨ªa estar adscrita a la Fiscal¨ªa General del Estado. Trabajar¨ªan en ella equipos mixtos, pluridisciplinares y expertos en el mercado de valores o. el inmobiliario, que permitan una investigaci¨®n global y t¨¦cnica de este. tipo de delitos.
P. ?Cual ha sido la actuaci¨®n de la CNMV en el caso de Grand Tibidabo?
R. En el tema d¨¦ Grand Tibidabo, por ahora, no se ha procedido a abrir expedientes sancionadores. La Comisi¨®n ejerci¨® una vigilancia intensa que hizo que cada una de las operaciones societarias que han motivado. que la: querella de los fiscales fuera en su d¨ªa objeto de requerimiento espec¨ªfico por parte de la Comisi¨®n y puesta a disposici¨®n del p¨²blico dicha informaci¨®n. Por tanto, los inversores han estado informados y, de hecho, las investigaciones fiscales precisamente se basan en operaciones de las que la CNMV ha informado al p¨²blico en los ¨²ltimos meses. ?Pudieron los accionistas haber reaccionado antes y de otro modo? Pues no lo s¨¦. Simplemente constato que las cosas son as¨ª.
Insisto, y Grand Tibidabo es un buen ejemplo, hay dos aspectos que deben ser diferenciados: uno, las violaciones a la Ley del Mercado de Valores; otro, posibles delitos societarios. En estos ¨²ltimos, la Comisi¨®n no entra porque carecemos de competencia para ello. La Comisi¨®n se ocupa b¨¢sicamente de que el mercado sea transparente; es decir, de que disponga de informaci¨®n y no se manipulen las cotizaciones. Pero la Com¨ªsi¨®n no protege el ejercicio de los derechos de los 'accionistas de cara a sus Juntas Generales, al nombramiento de sus administradores...
P. Es decir, existe una diferencia entre inversor y accionista.
R., Pues s¨ª. La Comisi¨®n vela por el mercado; en ese sentido, protege fundamentalmente a los inversores. El ejercicio de los derechos que corresponden a los accionistas de una compa?¨ªa, es decir, una vez que los inversores se han transformado en accionistas, es algo que est¨¢ previsto en la Ley de Sociedades An¨®nimas y, por tanto, abre procedimientos por la v¨ªa civil y en ciertos casos por la v¨ªa penal. Precisamente investigar este tipo de casos entra?a una enorme complejidad. Por eso suger¨ªa yo la creaci¨®n de la Oficina contra Grandes Fraudes.
P. Esto es lo que hizo la CNMV en el caso de Banesto.
R. En el caso de Banesto, la principal actuaci¨®n de la Comisi¨®n, adem¨¢s de la suspensi¨®n de cotizaci¨®n, fue la aprobaci¨®n del folleto. Como tuve ocasi¨®n de explicar en las Cortes, entiendo que es un folleto bueno, que explica la situaci¨®n del banco, las caracter¨ªsticas de la emisi¨®n, los pactos que se dan en torno a esta emisi¨®n y para qu¨¦ sirve esta emisi¨®n.
Evidentemente, el folleto puede tener unos, pies de barro en la medida en la cual la informaci¨®n financiera no fuera veraz. Ahora bien, seg¨²n la Ley, la veracidad de la informaci¨®n financiera es responsabilidad de los administradores y de los auditores. Luego se puede preguntar ?para qu¨¦ sirve un folleto si no garantiza la veracidad de la informaci¨®n? Sobre esta preocupaci¨®n caben dos reflexiones: jam¨¢s se podr¨¢ bertificar la veracidad de una informaci¨®n contable, porque ello supondr¨ªa que la Comisi¨®n debe rehacer las cuentas de toda empresa que acuda al mercado de valores. En segundo lugar, la existencia de un folleto informativo aprobado abre la v¨ªa para que quien se sienta perjudicado por un folleto con informaci¨®n falsa pueda reclamar da?os y perjuicios. Desde la reforma de la Ley del Mercado de Valores de este a?o cabe poner sanciones administrativas, pero eso no devuelve el dinero a los perjudicados.
P. Hay quien asegura que en el folleto de Banesto exist¨ªa informaci¨®n suficiente para deducir la intervenci¨®n.
R. En el folleto se pon¨ªa de manifiesto el d¨¦ficit de fondos propios del banco y c¨®mo la ampliaci¨®n de capital estaba. destinada a cubrir este d¨¦ficit. Y los pactos suscitados en tomo a la ampliaci¨®n tambi¨¦n eran relevantes. Aunque el gran problema del folleto es si los estados financieros eran o no representativos de la situaci¨®n del banco. Por lo que sabemos, parece que no.
P. ?No cree que existe adem¨¢s una ausencia de recursos a los procedimientos civiles y a los tribunales por delitos econ¨®micos, quiz¨¢ porque son largos y caros?
R. Estoy sustancialmente de acuerdo con eso. La gran asignatura es la v¨ªa civil, donde la rapidez y el coste de los procesos es determinante para' que quien se sienta perjudicado acuda a ellos. No soy un experto, pero sin duda alguna detr¨¢s de la falta de impugnaciones y de reclamaciones que se aprecian en muchos ejemplos late la idea de que esos procedimientos civiles son demasiado costosos y demasiado lentos. Nosotros, por ejemplo, en un caso como el de Invest Ib¨¦rica podemos constatar una situaci¨®n de quiebra patrimonial y un impago a los acreedores, pero nadie insta la quiebra; probablemente porque considera que ese procedimiento no les permite recuperar de un modo efectivo parte de lo que han perdido. ?Qu¨¦ influye en esa falta de ejercicio reivindicativo por parte de los perjudicados? Quiz¨¢ la estructura accionarial, quiz¨¢ la falta de organizaciones eficaces, pero tambi¨¦n el coste y lentitud de los procedimientos civiles.
P. De sus palabras cabe deducir que el clamor que se ha levantado contra actuaciones u omisiones de la CNMV se debe a un error sobre sus funciones.
R. Sin duda alguna se ha producido una enorme confusi¨®n sobre el papel de la Comisi¨®n. No es raro oir: "?Como es que la CNMV autoriz¨® una fusi¨®n?" o "?C¨®mo, es que la CNW toler¨® que se vendieran esos activos o se endeudara esa compa?¨ªa?" o "?C¨®mo es que la CNMV ha permitido tal o cual OPAT". La Comisi¨®n no autoriza fusiones. Son las Juntas Generales de Accionistas y un experto independiente quienes eval¨²an el canje y los valores de las empresas fusionadas; la CNMV no tiene nada que decir sobre operaciones societarias y lo ¨²nico que hace es reclamar informaci¨®n cuando las operaciones son significativas para que el inversor sepa la evoluci¨®n de esa compa?¨ªa. En el caso de las OPA, la CNMV lo que verifica es si se trata por igual a todos los accionistas, que el precio est¨¢ claro, que es igual para todos y que hay garant¨ªas e informaci¨®n suficientes. La Comisi¨®n aprueba cualquier OPA, a buen precio o a mal precio, si es clara, transparente y con informaci¨®n suficiente. Hay un factor de desconocimiento de los roles respectivos. Atribuir a ¨¦sta o a cualquier otra Comisi¨®n semejantes poderes en mi opini¨®n ser¨ªa un disparate. Llevar¨ªa a una intervenci¨®n en los asuntos societarios totalmente incompatible con una econom¨ªa de mercado.
P. Una parte de ese clamor interpreta que la CNMV act¨²a siempre a remolque de la informaci¨®n que se facilita en la prensa.
R. Si tomamos la lista de todos los expedientes sancionadores de la Comisi¨®n, dif¨ªcilmente se puede decir que cada investigaci¨®n de la Comisi¨®n haya sido precedida por una publicaci¨®n en prensa. Esa imagen se genera en tomo al affaire Sistemas Financieros [en el que estuvieron involucrados Mariano Rubio y Manuel de la Concha]. Pero incluso en ese caso discrepo. El affaire.SF empieza por una investigaci¨®n de esta casa sobre la negociaci¨®n de sus acciones y surge cuando alguien se entera de que en la respuesta enviada a la Comisi¨®n se hab¨ªan alterado ciertos nombres. Es una informaci¨®n que s¨®lo un insider, alguien de dentro, pod¨ªa tener. El que sab¨ªa eso, en lugar de acudir a la Comisi¨®n acudi¨® a un peri¨®dico. Podr¨ªamos hacer -una lista de expedientes sancionadores en tomo a los cuales yo creo que la prensano ha ido por delante de la Comisi¨®n: Invest Ib¨¦rica, Tibidabo, Afisa, las operaciones de insider en CAE o Banesto....
P. ?C¨®mo investig¨® la CNMV el caso de insider en Banesto?
R. En tomo a los rumores y al aumento de volumen que tuvo lugar el d¨ªa, 28, la Comisi¨®n investig¨®, durante la semana siguiente, las operaciones habidas en el entorno de lo que era la informaci¨®n privilegiada. Es decir, los d¨ªas 24 y 28, que eran las fechas de las situaciones cr¨ªticas de posible uso de informaci¨®n privilegiada. Normalmente se investiga por niveles. La primera investigaci¨®n se centra en. los grandes paquetes. Despu¨¦s de una investigaci¨®n exhaustiva, la verdad es que llegamos al convencimiento de que en grandes paquetes no era razonable pensar que se hubiera operado con informaci¨®n privilegiada. A partir de ah¨ª, comenzamos a analizar ¨®rdenes m¨¢s peque?as. Llegamos a niveles muy bajos, de los tres o cuatro millones. Es un esfuerzo tremendo investigar cientos y cientos de operaciones de ese importe. En tomo a ellas se pudo detectar un caso de informaci¨®n privilegiada y se sancion¨®. En otros casos se hicieron investigaciones y se lleg¨® al convencimiento de que no hab¨ªa pruebas o que no lo pod¨ªamos probar, o que no era razonable suponer que hubiera informaci¨®n privilegiada. As¨ª que se archivaron.
P. La sanci¨®n fue para el consejero, del Banco de Espa?a, Tom¨¢s Ram¨®n Fem¨¢ndez. Se eximi¨® al presidente del BBV.
R. S¨ª, a Emilio Ybarra, entre otros. Hicimos los requerimientos oportunos, se analiz¨® la operaci¨®n y se lleg¨® a la convicci¨®n de que no proced¨ªa la apertura de expediente sancionador. Pudimos ver qui¨¦n tom¨® la decisi¨®n y que era una persona distinta de quien tuvo la informaci¨®n privilegiada. No pudimos comprobar que hubiera transferencia de esa informaci¨®n.
P. Existe cierta ambig¨¹edad sobre el papel de, la CNMV en la intervenci¨®n. de Banesto.
R. Creo que se origin¨® una cierta confusi¨®n de la interpretaci¨®n de mis palabras en la Comisi¨®n Banesto. Es muy sencillo. La CNW suspende la cotizaci¨®n de Banesto a la vista de unos rumores intensos en el mercado. El Banco de Espa?a me confirma estos rumores Banesto se encuentra en una situaci¨®n de quiebra, con necesidades de ajuste que superaban sus fondos propios y se estaba considerando la adopci¨®n de una medida de intervenci¨®n en el plazo de tres d¨ªas. A la vista de ello, de estos datos, la Comisi¨®n no pod¨ªa permitir que se siguieran negociando las acciones de un banco con una informaci¨®n de la que no dispon¨ªa el p¨²blico en general. Especialmente cuando se estaban dando filtraciones sobre la situaci¨®n que registraba el banco. A su vez, la decisi¨®n de suspender la cotizaci¨®n precipit¨® la decisi¨®n de intervenir por parte del Banco de Espa?a. Sin los rumores y sin la suspensi¨®n de cotizaci¨®n, seguramente el Banco de Espa?a no, hubiera intervenido el d¨ªa 28.
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