Impuestos directos e indirectos
El presupuesto para 1995 ha tra¨ªdo una cierta pol¨¦mica sobre la sustituci¨®n de una m¨ªnima parte de la cuota de la Seguridad Social por un incremento de un punto porcentual en el tipo del IVA. Como suele ser habitual, desde hace a?os, en los debates econ¨®micos, los puntos de vista expuestos se han centrado m¨¢s bien en cuestiones coyunturales: la reducci¨®n de un costo empresarial, un impuesto, . adem¨¢s, sobre la mano de obra utilizada, efectos en el IPC de la elevaci¨®n del IVA, etc¨¦tera. Pero, adem¨¢s de esas cuestiones de oportunidad econ¨®mica, estas medidas casi simb¨®licas por su cuant¨ªa pueden dar lugar a otras meditaciones sobre la estructura del sistema tributario y su equidad.El IVA ha sido el gran invento tributario de la segunda mitad del siglo XX, inventor europeo, asentado y reforzado desde las exigencias de juego comercial limpio en el seno de la CEE, hoy UE. El IVA se ha ido imponiendo en Europa porque, agotadas las posibilidades de los impuestos sobre la renta, al tope de sus tarifas de esc¨¢ndalo, el IVA era la ¨²nica imposici¨®n indirecta general y de importancia recaudatoria,, que permit¨ªa comerciar entre europeos sin riesgo y sospecha de dumping, sin todos aquellos. malabarismos de las desgravaciones a la exportaci¨®n y compensaciones a la importaci¨®n, donde todo enga?o y piller¨ªa ten¨ªa su asiento; y lo permit¨ªa, por. aplicaci¨®n del principio de tributaci¨®n indirecta (por IVA) en el pa¨ªs de destino, sin, discriminaci¨®n, por tanto, entre productos nacionales y de0tros pa¨ªses de la Comunidad. La evoluci¨®n de la UE se encuentra, ahora, en la v¨ªa de lograr un IVA homog¨¦neo y ¨²nico en todo su territorio. Lo que importa es decir que el IVA es uno de los pilares de la UE; si se hiciera desaparecer de la noche a la ma?ana, la UE, sencillamente, se romper¨ªa.
El IVA tiene otras virtudes (si es que tal cosa puede predicarse de un impuesto) que han ayudado a su prosperidad en las Haciendas europeas: es razonablemente neutral entre sectores y tipo de actividad, no castiga a la inversi¨®n, es silencioso en cuanto que se incorpora al precio de las cosas, y es, adem¨¢s, pol¨ªticamente silencioso: cada vez m¨¢s, las decisiones del IVA proceden de Bruselas, ese sitio donde est¨¢n todos, y a veces parece que no est¨¢ nadie, de modo que los Gobiernos nacionales se escudan m¨¢s, f¨¢cilmente en ¨¦l que si se trata de impuestos sobre la renta, provocadores siempre de resistencia, social y pol¨ªtica hosca. En Espa?a, para ponernos a la ultura de otros, o de la media, todav¨ªa tendremos que elevarlo m¨¢s, y, adem¨¢s, por "exigencia europea". Vamos, un mirlo blanco para el Gobierno. Y siendo el IVA un dato tributario con el que hay que contar, las econom¨ªas han de competir aliviando el coste que suponen los impuestos directos.
Y as¨ª, asistimos, en toda Europa, a un proceso de, incremento del IVA, a veces en sustituci¨®n de impuestos sobre la renta; lo que tiene muchos argumentos econ¨®micos pol¨ªticos a favor. Situaci¨®n que conduce a alguna grave perplejidad: ?qu¨¦ sucede, entonces, con los criterios "progresistas" para la distribuci¨®n de la carga tributaria entre los ciudadanos, predominante en Europa desde hace medio siglo, y que son los que, sin ir m¨¢s lejos, se encuentran en nuestra Constituci¨®n? Capacidad econ¨®mica, progresividad, igualdad, parecen dar lugar a un sistema en el que a igual renta, igual impuesto, frente a otro en el que, a consumo igual, impuesto igual, que es lo que prevalece con el predominio del IVA.
Pero hay m¨¢s: las econom¨ªas de los pa¨ªses de la UE son econom¨ªas abiertas (y no s¨®lo en los ¨¢mbitos de la propia UE), los capitales mobiliarios son, no ya m¨®viles, sino casi vol¨¢tiles, la libertad de movimientos de las personas, la propia fluidez de los medios de transporte, tiende a transformar. el concepto de domicilio a efectos de control tributario en un concepto impuesto sobre una realidad inaprensible; la libertad de formas jur¨ªdicas crea vericuetos para los capitales y las personas de todo tipo, dif¨ªciles de seguir; la competencia por la atracci¨®n de capitales ajenos (en gran medida hecha necesaria por la voracidad de los Estados por una financiaci¨®n de monstruosos d¨¦ficit presupuestarios originados por una sociedad ansiosa de asistencia p¨²blica y seguridad econ¨®mica) impone pol¨ªticas de competencia a la baja en los impuestos que gravan sus rendimientos.
En esta situaci¨®n, que engordar¨¢, ni el Estado puede controlar la renta mundial del sujeto, que es la ¨²nica medida razonable de su capacidad a efectos de un impuesto progresivo, ni puede dejar de discriminar entre las rentas para atraer capitales que se necesitan con angustia, ni puede fijar a los sujetos, que son nacionales de un Estado (o m¨¢s), residen, de hecho, en uno o en varios, realizan operaciones en el universo mundo, y consumen, de verdad, en algunos de esos o en otros lugares. Mientras tanto, la fragmentaci¨®n de la Hacienda global en Haciendas nacionales fuerza al Estado a medidas tributarias que son camisas de fuerza de una realidad que, a pesar de todo, se escapa. As¨ª, el impuesto personal progresivo pierde legitimaci¨®n en la medida en que no puede abarcar todo, mientras que el impuesto al consumo, en su forma de IVA u otras, le permite llegar hasta todos los que consumen dentro de las fronteras (y aun esos l¨ªmites pueden tambi¨¦n desaparecer para ciertos servicios: ?qui¨¦n cobra el impuesto sobre el consumo de televisi¨®n v¨ªa sat¨¦lite).
Y no es que los principios hayan quedado rotos o invalidados; es que act¨²an sobre una realidad distinta de aquella para la que se pensaron, una realidad en la que la apertura econ¨®mica afectaba s¨®lo a aspectos residuales de la misma: ?qu¨¦ hacer con el sujeto que vota en un pa¨ªs, reside oficialmente en otro, obtiene renta de otros terceros, y consume, regularmente, en dos o tres pa¨ªses? ?C¨®mo y por qui¨¦n cobrarle el impuesto justo, el que se adecua a la capacidad, progresividad, igualdad?
Hace siglos que Castilla invent¨® la alcabala, el m¨¢s viejo antecedente de los impuestos modernos a las ventas, y, por tanto, tambi¨¦n del IVA. Era un impuesto a las ventas acumulativo, y muy criticado por sus efectos econ¨®micos, dado que los dem¨¢s pa¨ªses no lo ten¨ªan, y los productos castellanos, con costos incrementados, no pod¨ªan competir en el exterior; pero fue un procedimiento, para aportar m¨¢s equidad (en el sentido moderno) al reparto de la carga tributaria: mediante ¨¦l tributaban, en cuanto consumidores, los estamentos exentos de tributar directamente por su fuero: digamos la nobleza y la Iglesia, y otros. La Monarqu¨ªa de la- Espa?a de los Austrias un¨ªa as¨ª sus intereses a los de los pecheros.
Todo hace pensar que, ahora, en una econom¨ªa abierta, el IVA lleva las de ganar, a costa del IRPF. Salvo que una Hacienda europea centralizada, que por ahora no se vislumbra, pueda enfocar la distribuci¨®n de la carga en un ¨¢mbito m¨¢s amplio. Y aun as¨ª. Porque el mundo no se acaba tampoco en los confines de Europa.
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