Auto de prisi¨®n contra Mario Conde
El auto de prisi¨®n contra el ex presidente de Banesto Mario Conde describe cinco operaciones de las que se deduce un presunto delito de estafa por valor de 7.000 millones de pesetas. Aunque el texto no cuantifica cada una de las actividades, la valoraci¨®n econ¨®mica de esas operaciones es la siguiente: un 40% de Isolux-Wat, con una plusval¨ªa presuntamente ?l¨ªcita de 3.800 millones; operaci¨®n de venta y alquiler del edificio de la calle de Fernando el Santo, 12 y 14, de la sociedad Promociones Hoteleras, con un beneficio de 2.362 millones; compraventa de un paquete de acciones de Prebetong y Hormifasa, con una ganancia para la sociedad de Conde llamada Gay Cord¨®n de 176 millones; pago de 300 millones sin justificante y pagos de 508 millones a sociedades de Jacques Hachuel (Martolinas y Servifilm Spain Cinematogr¨¢fica).
I HechosPrimero. Que el 24 de jul?o de 1990, Valyser compr¨® a Corporaci¨®n Banesto por 600.000.000 de pesetas el 40% del capital social de Isolux, lo que significaba haber pagado 150.000.000 de pesetas por cada 10% de dicho capital. Previamente a esta fecha, Banesto hab¨ªa procedido a sanear Isolux en la cantidad de 2.023.500.000 pesetas. En enero de 1992, Valyser vendi¨® el 10% de aquella participaci¨®n por 1.100.000.000 de pesetas a Portland Iberia, empresa del Grupo Banesto. En enero de 1993, el 30% restante de Valyser en Isolux fue adquirido por Ibiser en 3.300.000.000 de pesetas y vendido en la misma fecha a Metallgesellschaft, Corp., por la misma cantidad, quien a su vez vendi¨® aquel 30% a Corporaci¨®n Banesto por 3.576.000.000 de pesetas; de esta forma, Valyser obtuvo un beneficio de 1800.000.000 pesetas por esta operaci¨®n con empresas del Grupo Banesto.
Las relaciones del Grupo Euman-Nalyser, cabecera de un grupo de empresas entre las que se encuentran Inversiones Puerto Moral, SA; Jasbru, SA, y Valyser, SA, con Mario Conde-Conde son de naturaleza personal, patrimonial y profesional;-Euman, empresa de Eugenio Mart¨ªnez Jim¨¦nez, adquiri¨® en 1989 del administrador real de Mario Conde Conde la sociedad Valyser; siendo el referido Eugenio Mart¨ªnez Jim¨¦nez apoderado general de General Medical Merate Espa?a, sociedad perteneciente a Zenith 88 SRL, en la que Mario Conde Conde tiene un 40% de participaci¨®n y la esposa de ¨¦ste equivalente a 223.241.035 pesetas. La sociedad Inversiones del Condado, de la que es presidente el administrador general de Mario Conde Conde, es la asociada de Valyser; este administrador real de Mario Conde Conde es adem¨¢s representante de tres sociedades de ¨¦ste: Campo de Azufre, SA; Inversiones Carcabuey, SA, y Valores Castellanos, SA.
Asebur, que es la sociedad patrimonial de Mario Conde Conde, emiti¨® al menos dos confort letter en 24 de julio de 1990 y en 22 de julio de 1991, garantizando ante el Banco de Progreso pr¨¦stamos solicitados por Valyser por importe de 300.000.000 de pesetas y 450.000.000 de pesetas,
Asimismo se concedieron a Euman diversos pr¨¦stamos tanto por Asebur como por Mario Conde Conde, como por la esposa de ¨¦ste; concretamente, las sociedades del se?or Conde, financiaron Valyser con 499.000.000 de pesetas en 1989, 542.000.000 de pesetas en 1990, 560.000,000 de pesetas en 1991 y 501.000.000 de pesetas en 1992.
El 28 de junio de 1989, Valyser ingresa en la cuenta n¨²mero 4.368.9 del Banco Urquijo dos talones del Banco de Espa?a por valor de 750.000.000 de pesetas cada uno que ser¨ªan anotados contablemente en el haber de la cuenta de Construcciones e Inmuebles, SA (CEISA), sociedad participada de Banesto y Bandesco. El 29 de junio de 1989, dos talones de Valyser por importe de 900.000.000 de pesetas y de, 600.000.000 de pesetas, respectivamente, se anotan como entregados a Asebur Inversiones, SA.
Las sociedades Luyega,_ SA; Valores Frechos, SA; Campo de Azufre, SA; Inversiones Carcabuey, SA; Asebur Inversiones, SA, y Valores Castellanos, SA, todas ellas de Mario Conde Conde, tienen saldos acreedores en Valyser. Los lucros obtenidos por los medios descritos m¨¢s arriba beneficiaron -el patrimonio del querellado y personas de su entorno.
Segundo. La citada Valyser adquiri¨® Promociones Hoteleras, cuyo ¨²nico activo era un edificio en la calle Fernando el Santo, 12 y 14, de Madrid en julio de 1990 junto a Asni, Investements (sociedad suiza constituida d¨ªas antes con un capital de 100.000,francos suizos) y Mariano G¨®mez de Lia?o, en una proporci¨®n, respectivamente, del 48%, 55%, 47% y 4,45%, y siendo las cantidades aplazadas por Bandesco, filial de Banesto. Cuatro meses despu¨¦s de la citada adquisici¨®n, Corporaci¨®n firm¨® un contrato de arrendamiento a cinco a?os, aunque no, utiliz¨® el edificio y adquiri¨® una opci¨®n de compra mediante el pago de 130.000.000 de pesetas. Corporaci¨®n Banesto realiza a continuaci¨®n gastos de rehabilitaci¨®n en aqu¨¦l; sin embargo, Corporaci¨®n no adquiere el edificio, sino que lo hace el Grupo y La Uni¨®n y El F¨¦nix poco tiempo despu¨¦s por un valor contable de 3.218.000.000 de pesetas, obteniendo los adquirentes de Promociones Hoteleras un beneficio de por lo menos 1.162.000.000 de pesetas. De esta manera ingres¨® en el patrimonio del querellado y personas de su entorno los lucros obtenidos de la forma ya descrita.
Tercero. En 1990, el antiguo Grupo Valenciana de Cementos fue dividido en dos entre la familia Serratosa y Banesto; en el marco de esa separaci¨®n, y dada la existencia de m¨²ltiples relaciones accionariales entre las distintas sociedades del Grupo Valenciana, se realizaron a efecto de la citada divisi¨®n distintas compraventas de acciones entre las sociedades que quedaron bajo el dominio de Banesto y las que quedaron en poder de la familia Serratosa; entre ellas, la compra por parte de Banesto del 30% del capital social de las sociedades Prebetong Arag¨®n y Hormifasa, por un importe de 17,6 millones de pesetas, importe que efectivamente fue satisfecho, por Banesto mediante dos cheques de 111 y 65 millones de pesetas, respectivamente, seg¨²n escrito de fecha 29 de marzo de 1990, dirigido por la Subdirecci¨®n General de Financiaci¨®n e Inversiones de Banesto a la oficina principal del mismo banco solicitando, entre otros, los mencionados cheques. Seg¨²n los distintos certificados emitidos por don Ignacio Mart¨ªnez-Echevarr¨ªa y Ortega, agente de cambio y Bolsa de Madrid, se produjo la siguiente cadena de compraventas y por los importes que se citan: Beta Cero, SA, filial de Banesto, adquiri¨® el d¨ªa 29 de marzo de 1990 las acciones representativas de los porcentajes del capital social indicados anteriormente de Hormigones y Fabricados, SA (Hormifasa), y Prebetong Arag¨®n, SA, en los importes ya citados de 111 y 65 millones, respectivamente. Con fecha 2 de abril de 1990, Beta Cero, SA, vendi¨® las citadas acciones a Gay Cord¨®n, SA, en los mismos importes que las hab¨ªa adquirido. Con fecha 6 de abril de 1990, Gay Cord¨®n vendi¨® las repetidas acciones y en los mismos importes ya citados a Data Transmision Systems, SA. Con fecha 17 de mayo de 1990, Data Transmision System, SA, vendi¨® a Portland-Iberia, SA, previa exigencia del consejero delegado ejecutivo de Corporaci¨®n, se?or Roman¨ª, al presidente de Portland, se?or Salat, sociedad cementera que qued¨® enmarcada en el Grupo Banesto las citadas participaciones accionariales en un importe de 883 y 517 millones, respectivamente. Con fecha 11 de junio de 1990, el agente de cambio y Bolsa don Ignacio Mart¨ªnez-Echevarr¨ªa y Ortega ingres¨® en las cuentas que Gay Cord¨®n, SA, y Data Transmision. Systems, SA, pose¨ªan en Banesto Lombard¨ªa y Lacaci, SA, 170.250.631 y 1.224.521.939 pesetas, respectivamente, como, liquidaci¨®n de las compraventas citadas anteriormente.
Gay Cord¨®n, SL, era propiedad: a) en un 72% de 16 sociedades pertenecientes a don Mario Conde Conde; b) de Tropicana Europea y Servicios y Promociones Siracusa, SA, y est¨¢s dos, a su vez de don Arturo Roman¨ª Biescas, y administradas por testaferros o personas al servicio del se?or Roman¨ª; c) de Elena Garc¨ªa Baquedano y Alejandro Varcarce Von-Rein, igualmente en aquel concepto de personas al servicio del se?or Roman¨ª. Esta operaci¨®n era conocida y admitida por Mario Conde Conde.
Cuarto. A primeros de 1989, Mario Conde Conde, a la saz¨®n presidente de Banesto, orden¨® a Mart¨ªn Rivas Fern¨¢ndez, director general, la retirada de caja de 300.000.000 de pesetas que deber¨ªan ser entregados a la persona que le indic¨® y manifest¨¢ndole que ¨¦l responder¨ªa personalmente de esta cantidad; posteriormente se reintegraron 4.709.940 pesetas, quedando, por tanto, un saldo de 295.290.060 pesetas, que sin ning¨²n movimiento llega en fecha 31 de diciembre de 1993, reconoci¨¦ndose como p¨¦rdida a trav¨¦s de la dotaci¨®n de un fondo espec¨ªfico.
Quinto. Corpob¨¢n, filial 100% de Corporaci¨®n, pag¨® por orden de Mario Conde Conde, por factura 04/92 de Martolinas, SA 169.500.000; por factura 03/92 de Martolinas, de fecha 1 de abril de 1992: 113.000.000 de pesetas; por factura 02/92 de Martolinas, de fecha 1 de abril de 1992: 113.000.000 de pesetas; por factura 1002192 de Servidilm Spain Cinematogr¨¢fica, SA 113.000.000 de pesetas. Todas estas empresas pertenec¨ªan al Grupo Hachuel y percibieron estas cantidades de acuerdo con las instrucciones ordenadas por el se?or Roman¨ª, sin que respondieran los conceptos que se facturaron a la realidad que en la mismas se mencionaban. Mario Conde Conde conoc¨ªa la operaci¨®n a efectuar con ¨¦l.
II Fundamentos Jur¨ªdicos
Primero. Los hechos m¨¢s arriba relatados son constitutivos de: 1. De un delito de estafa del art¨ªculo 528 en relaci¨®n con el art¨ªculo 529, 7 y 8 del C¨®digo Penal. 2. De un delito de estafa del art¨ªculo 528 en relaci¨®n al 529, n¨²meros 7 y 8 del C¨®digo Penal o alternativamente un delito de apropiacion indebida del art¨ªculo 535. 3. De un delito de estafa del art¨ªculo 528 en relaci¨®n con el art¨ªculo 529, n¨²meros 7 y 8 del C¨®digo Penal. 4. De un delito de apropiacion indebida del art¨ªculo 535 en relaci¨®n con los art¨ªculos 528 y 529, 7 y 8 del C¨®digo Penal. 5. De un delito de apropiaci¨®n indebida del art¨ªculo 535 en relaci¨®n con los art¨ªculos 528 y 529, n¨²meros 7 y 8 del referido C¨®digo. De los anteriores delitos aparece, al menos indiciariamente, como responsable en concepto de autor Mario Antonio Conde Conde.
Segundo. Procede adoptar la medida cautelar de prisi¨®n provisional comunicada, y, sin, fianza del mencionado Mario Antonio Conde Conde, a la vista de la gravedad de las conductas descritas en la fundamentaci¨®n f¨¢ctica y que han supuesto muy grave perjuicio econ¨®mico para la entidad bancaria, as¨ª como para el conjunto de los accionistas de la misma; es evidente, por otra. parte, que se ha producido una importante alarma social en toda la naci¨®n hasta el punto que ha provocado la constituci¨®n de una comisi¨®n ad hoc del Parlamento espa?ol sobre la actuaci¨®n de los antiguos gestores y la subsiguiente intervenci¨®n del Banco de Espa?a; as¨ª como la pena que en su caso pudiera corresponder.
Todo ello conforme a los art¨ªculos 503 y 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
En atenci¨®n a lo expuesto:
Dispongo:
Acordar la prisi¨®n provisional comunicada y sin fianza de Mario Antonio Conde Conde.
L¨ªbrese el oportuno mandamiento a la prisi¨®n.
Notifiquese esta resoluci¨®n al interesado y al ministerio fiscal.
Esta resoluci¨®n no es firme y frente a ella cabe recurso de reforma ante este juzgado, que ha de interponerse en el plazo de tres d¨ªas.
As¨ª lo acuerda, manda y firma don Manuel Garc¨ªa Castell¨®n, magistrado-juez del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 3.
Diligencia. Para hacer constar que seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.
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