Las familias podr¨¢n escoger colegio con una informaci¨®n previa sobre su nivel de calidad
El descenso demogr¨¢fico permitir¨¢ en un futuro pr¨®ximo ampliar las posibilidades de elecci¨®n de centro educativo por las familias, que actualmente son todav¨ªa bastante limitadas, sobre todo en la etapa del bachillerato. Pero, para elegir bien, es precisa una informaci¨®n suficiente sobre las caracter¨ªsticas de los centros, su verdadero nivel de calidad y las propuestas educativas que distinguen a unos de otros. Un anteproyecto de ley que present¨® ayer el ministro de Educaci¨®n, Gustavo Su¨¢rez Pertierra, sienta las bases para ampliar la informaci¨®n p¨²blica sobre el funcionamiento de colegios e institutos.
Una ley establecer¨¢ que los centros ser¨¢n evaluados y los resultados se har¨¢n p¨²blicos
La futura ley educativa, que tendr¨¢ car¨¢cter de org¨¢nica (su aprobaci¨®n requiere mayor¨ªa parlamentaria absoluta), desarrolla el t¨ªtulo IV de la Ley de Ordenaci¨®n General del Sistema Educativo (LOGSE), relativo a la calidad de la ense?anza.
Diversos apartados del anteproyecto revelan la intenci¨®n de aumentar la publicidad de la informaci¨®n sobre el funcionamiento de los centros sostenidos con fondos p¨²blicos (estatales y privados concertados) y sobre cuantos aspectos puedan ser "determinantes en su elecci¨®n por parte de los alumnos o de sus padres o tutores". El ministro precis¨® que se van a ampliar las zonas de elecci¨®n de centro, aunque seguir¨¢ habiendo una delimitaci¨®n, y resumi¨® que esta ley va a permitir que el servicio educativo sea "mejor valorado por la sociedad".
La evaluaci¨®n estar¨¢ encomendada a los servicios de inspecci¨®n, con los que colaborar¨¢n los ¨®rganos colegiados e individuales de gobierno de las escuelas. Adem¨¢s de esa evaluaci¨®n "externa", los centros deber¨¢n hacer la suya propia, interna, para medir el grado de consecuci¨®n de sus objetivos. "Las administraciones educativas har¨¢n p¨²blicos peri¨®dicamente los resultados de las evaluaciones". La evaluaci¨®n global del sistema educativo ser¨¢ la tarea fundamental del ya creado Instituto Nacional de Calidad y Evaluaci¨®n, del que forman parte todas las administraciones competentes en pol¨ªtica educativa.
Autonom¨ªa de gesti¨®n
Los centros dispondr¨¢n de "autonom¨ªa para definir el modelo de gesti¨®n", que alcanza al ¨¢mbito econ¨®mico, incluso a la "adquisici¨®n de bienes y realizaci¨®n de obras". Una novedad sobre la situaci¨®n actual es que los centros puedan "obtener ingresos derivados de la utilizaci¨®n de sus instalaciones y recursos" para aplicarlos a sus gastos de funcionamiento.
Aunque se mantiene la participaci¨®n de la comunidad educativa en la gesti¨®n a trav¨¦s de los consejos escolares, cuyo mandato se ampl¨ªa de los dos a?os actuales a tres, la ley tiende a potenciar y profesionalizar la figura del director. ?ste seguir¨¢ siendo elegido por el consejo escolar; su mandato se ampl¨ªa de los tres a?os actuales a cinco, y se establece, para el acceso al cargo, el cumplir con al menos dos de los siguientes requisitos: experiencia anterior en responsabilidades de gobierno, contar con una valoraci¨®n positiva de su labor docente y haber obtenido una formaci¨®n espec¨ªfica en este campo, para lo que la Administraci¨®n convocar¨¢ permanentemente cursos abiertos a cuantos piensen optar a ser directores.
Despu¨¦s de cada mandato, si el director ha recibido una evaluaci¨®n positiva de su labor, ver¨¢ consolidada en su salario una parte del complemento retributivo correspondiente, que depender¨¢ del n¨²mero de a?os que haya ejercido el cargo. Cuando no haya candidatos, el mandato del que designe directamente la Administraci¨®n ser¨¢ tambi¨¦n de cinco a?os, sin duda con la intenci¨®n de evitar al m¨¢ximo tal eventualidad, lo que ha sido moneda corriente hasta ahora.
Inspectores por oposici¨®n
En cuanto a la inspecci¨®n, la ley mantiene en parte el modelo actual, con la particularidad de que el acceso a esta "categor¨ªa" se producir¨¢ mediante un concurso-oposici¨®n y no s¨®lo de m¨¦ritos como en la actualidad. Y, aunque no se prev¨¦ la existencia de un "cuerpo de inspectores", que la propia Administraci¨®n socialista suprimi¨® en su d¨ªa, el anteproyecto parece consagrarlo, puesto que prev¨¦ la permanencia en dicha categor¨ªa "de modo definitivo".
El anteproyecto refuerza la obligatoriedad de garantizar el acceso de alumnos con dificultades especiales (programas de integraci¨®n) y pertenecientes a minor¨ªas ¨¦tnicas y grupos sociales desfavorecidos en "todos los centros sostenidos con fondos p¨²blicos", es decir, los de titularidad estatal y los privados concertados.
Cada vez que se hacen p¨²blicos estudios sobre niveles de ¨¦xito y fracaso escolar, todos los analistas coinciden en destacar que los centros estatales asumen la obligatoriedad de admitir a todo tipo de alumnos, mientras que los privados, aunque est¨¦n financiados por el Estado, disponen de un elevado grado de discrecionalidad en este aspecto.
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