?Fraude a la Constituci¨®n?
Se habla mucho sobre las ventajas de hacer coincidir las elecciones generales y las locales el pr¨®ximo mes de mayo. Las razones que para ello se dan son diversas. y van desde la utilidad de concentrar los procesos electorales hasta la conveniencia de adelantar las elecciones generales.Sobre la inconveniencia de adelantar los comicios sin antes serenar los ¨¢nimos ya he dicho bastante. En cuanto a la pluralidad de elecciones, sin duda excesivas, no son m¨¢s en Espa?a que en cualquier otro Estado europeo de la UE, por ejemplo Alemania. Ni su dispersi¨®n temporal, aqu¨ª m¨¢s perturbadora que all¨ª, lo cual ya es perturbar bastante. Pero la correcci¨®n de tales defectos ha de hacerse no de manera oportunista ni a costa de valores a¨²n m¨¢s altos. Porque, y ¨¦sa es la cuesti¨®n, la acumulaci¨®n de las elecciones generales, auton¨®micas y locales que la Constituci¨®n prev¨¦ conduce a un fraude, el de la Constituci¨®n, en el plano t¨¦cnico y en un m¨¢s hondo plano pol¨ªtico.
Las elecciones municipales est¨¢n previstas para que los vecinos elijan a los concejales y a los alcaldes (art¨ªculo 140, CE). Las elecciones generales, para que los ciudadanos designen a los parlamentarios (art¨ªculo 68, CE) y ¨¦stos den su confianza al presidente del Gobierno (art¨ªculo 99, CE).
Sin embargo, la primera deformaci¨®n de las previsiones constitucionales, debida al peculiar sistema de partidos que padecemos, es que las elecciones generales se han transformado en elecciones presidenciales. En ellas se opta entre candidatos a la jefatura del Ejecutivo, y de esta opci¨®n se derivan las listas votadas y los esca?os atribuidos a cada una de ellas. El sistema no es exclusivo de Espa?a -tambi¨¦n es, en cierta medida, el caso de Gran Breta?a y Alemania-, pero, pese a los augurios de Maurice Duverger, tampoco puede considerarse inherente a la democracia moderna -no se da en el resto de Europa- y, al menos en nuestro caso, no favorece el control del poder por los representantes del pueblo, convertidos en s¨¦quito del poder que debieran controlar.
Ahora bien, esta deformaci¨®n del sistema previsto en la Constituci¨®n llega a su m¨¢ximo si las elecciones municipales tambi¨¦n pierden su car¨¢cter de tales para convertirse, a su vez, en presidenciales. Esto es, si la opci¨®n que en ellas est¨¢ llamada a tomar el elector no es ya entre programas de gobierno local, ni entre candidatos a concejales, ni siquiera a alcaldes, sino mero reflejo de la opci¨®n pol¨ªtica global personificada en los candidatos a la presidencia del Gobierno de la naci¨®n.
Eso precisamente es lo que ocurrir¨ªa si las elecciones generales coincidieran con las municipales y auton¨®micas, a celebrar el pr¨®ximo 28 de mayo. Y cualquiera que fuese su resultado, ¨¦ste supondr¨ªa un vaciamiento de los comicios locales y una hipertrofia de la elecci¨®n presidencial. La autonom¨ªa regional y aun la municipal suponen procesos electorales aut¨®nomos, no tanto en sus fechas como en sus opciones. Pero, si aqu¨¦llas coinciden, ¨¦stas se subsumen en una opci¨®n pol¨ªtica global y la tan cacareada autonom¨ªa se convierte en mero reflejo.
Frente a lo que la Constituci¨®n pretende, la dispersi¨®n del poder, se llegar¨ªa a su m¨¢xima concentraci¨®n en favor de un solo partido, el que fuera. Y de un partido que, por defectos de organizaci¨®n, se ha hecho, cuando no carism¨¢tico, caudillista, olig¨¢rquico y burocr¨¢tico. Su "ley de bronce" encadenar¨ªa as¨ª al Estado todo, en todos sus niveles de decisi¨®n.
La dispersi¨®n del poder, como nos ense?a el nunca sepultado Montesquieu, sirve para su moderaci¨®n. La de los gobernantes y la de los gobernados, que es lo contrario al despotismo de aqu¨¦llos y a la radicalizaci¨®n de ¨¦stos. La ventaja, si alguna tiene, de votar mucho es que se puede votar distinto y as¨ª ponderar, equilibar y corregir. Y ese Pluralismo, no s¨®lo de las posiciones, sino de las ocasiones, es valor supremo de la Constituci¨®n, seg¨²n dice su art¨ªculo 1. Pero utilizar los mecanismos previstos en la Constituci¨®n (art¨ªculo 115, CE) para obtener fines diferentes a los en ella contemplados es lo que se llama fraude.
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