Los ciudadanos de la UE pueden ser funcionarios en la universidad espa?ola
Los nacionales de cualquier pa¨ªs comunitario pueden acceder a la funci¨®n p¨²blica docente espa?ola, porque las normas del Tratado de la CE y la jurisprudencia comunitaria sobre la libre circulaci¨®n de trabajadores dentro de la- Comunidad as¨ª lo prescriben y deben aplicarse por encima de las ambig¨¹edades de la legislaci¨®n interna. Tal es el sentido de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) al admitir un recurso presentado por una ciudadana italiana que fue apeada de un concurso convocado por la Universidad de Barcelona para acceder a una plaza de profesora titular interina. El fallo anula el concurso.La Universidad de Barcelona argument¨® que la recurrente, la italiana Ferioli de Sole, una vez iniciada lacarrera docente podr¨ªa llegar a acceder a una c¨¢tedra e incluso a un rectorado. El Tratado excluye de la libre circulaci¨®n de trabajadores los puestos den tro de la Administraci¨®n p¨²blica, pero la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea ha interpreta do esa exclusi¨®n tan s¨®lo para los empleos que impliquen ejercicio de poder p¨²blico, como ser¨ªa, en este caso, el rector de universidad.
La sentencia de la secci¨®n segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, de la que ha sido ponente la magistrada Mar¨ªa Fernanda Navarro de Zuloaga, considera que nada impide a una profesora de otra nacionalidad acceder al claustro de la universidad, ni, obviamente, al de la facultad correspondiente. La exclusi¨®n antes citada s¨ª se aplicar¨ªa, en cambio, para acceder a los ¨®rganos de gobierno de la facultad o de la universidad.
La legislaci¨®n espa?ola (ley 17 / 93) ya reconoce a los nacionales de la UE id¨¦nticas condiciones de acceso que a los espa?oles a la funci¨®n p¨²blica investigadora, docente, de, Correos, sanitaria de car¨¢cter asistencial, etc¨¦tera, pero establece que el Gobierno, las comunidades aut¨®nomas o las dem¨¢s administraciones determinar¨¢n "los cuerpos, escalas, plazas o empleos" a los que podr¨¢n acceder los ciudadanos comunitarios no espa?oles.
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