El Constitucional mantiene en prisi¨®n a Carlos Sotos por "peligro de fuga"
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, que hace un mes admiti¨® a tr¨¢mite el recurso de amparo del ex gerente de la cooperativa ugetista PSV Carlos Sotos contra la denegaci¨®n judicial de libertad provisional, ha acordado no acceder a la suspensi¨®n de la prisi¨®n preventiva mientras se tramita el recurso. El alto tribunal avala las resoluciones del juez de instrucci¨®n y la sala de la Audiencia Nacional, que apreciaron "peligro de fuga" si bien, para aminorar el perjuicio al recurrente, acelerar¨¢ la resoluci¨®n del recurso.
Sotos, que ha aceptado la decisi¨®n del TC con "resignaci¨®n y esperanza", est¨¢ en prisi¨®n desde el 29 de junio de 1994, por orden del juez central de instrucci¨®n n¨²mero 3 de la Audiencia Nacional, Miguel Moreiras, por existir contra ¨¦l indicios de haber cometido diversos delitos como gerente de la cooperativa de viviendas PSV.El recurso de amparo presentado por los abogados de Sotos -el catedr¨¢tico de Derecho Penal Miguel Bajo y la letrada Luz Almeida-, reprocha a la Audiencia Nacional la lesi¨®n del derecho a la libertad, por apreciar peligro de fuga "sobre la sola base de la gravedad de la conducta il¨ªcita perseguida y de. sus consecuencias punitivas". El recurso invoca tambi¨¦n la lesi¨®n por la Audiencia Nacional del principio de igualdad, ante la diferente interpretaci¨®n realizada del peligro de fuga respecto a otros implicados en el caso PSV.
Admitido a tr¨¢mite el recurso de amparo, los abogados de Sotos insistieron en que se suspendiera la situaci¨®n de prisi¨®n mientras se resolv¨ªa, en evitaci¨®n de "perjuicios irreparables que har¨ªan perder al amparo su finalidad". El fiscal se opuso a tal petici¨®n.
El alto tribunal estima que no procede conceder la suspensi¨®n solicitada, si bien la gravedad y certeza de los perjuicios que esta denegaci¨®n ocasiona, obliga a este tribunal", dice, "a reducir en lo posible esos efectos, con lo que ( ... ) la sala acuerda acelerar la resoluci¨®n del presente recurso, incluso anteponi¨¦ndola" a otras.
La resoluci¨®n, de ocho folios, notificada ayer, reconoce que para mantener la privaci¨®n de libertad del recurrente, el riesgo de perturbaci¨®n del inter¨¦s general "debe ser grave". En el caso de Sotos, el alto tribunal admite que, de mantenerse la prisi¨®n, el amparo podr¨ªa perder su finalidad". Pero a?ade que "el peligro de fuga no es una hip¨®tesis gen¨¦rica o abstracta, sino que ha sido apreciado en dos ocasiones sucesivas y por dos instancias judiciales distintas": el juez Moreiras y la sala de la Audiencia Nacional que deneg¨® la libertad.
El Constitucional razona as¨ª: "Entrar a determinar si las resoluciones recurridas han adoptado de modo constitucionalmente correcto el acuerdo de mantener la prisi¨®n provisional ser¨ªa tanto como resolver el fondo de la cuesti¨®n planteada en el recurso de amparo", de modo que un pronunciamiento favorable sobre la suspensi¨®n de la prisi¨®n "supondr¨ªa un otorgamiento anticipado del amparo".
En consecuencia, deniega la suspensi¨®n, ante el riesgo de que "una eventual fuga del recurrente" pudiera producir "graves perturbaciones del inter¨¦s general e incluso de derechos de terceros".
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