El Supremo bendice las torres de KIO
Las Torres de KIO no tienen inquilinos pero s¨ª el mejor avalista. El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anulaba el acuerdo municipal por el que se permiti¨® construir las torres inclinadas de la plaza de Castilla: los dos edificios de 27 pisos ya cuentan con la bendici¨®n de la mas alta instancia judicial ordinaria, y salvan as¨ª las incertidumbres sobre su legalidad. El Supremo rechaza en su sentencia el argumento esgrimido por el Tribunal Superior en 1991 -cuyo fallo fue recurrido por el Ayuntamiento, lo que permiti¨® seguir construyendo las torres- que condenaba el excesivo coeficiente de edificabilidad en la zona.El Supremo considera ahora que la norma general aplicable a esa parte de la ciudad (seg¨²n la cual s¨®lo se puede construir un m¨¢ximo de dos metros cuadrados por cada metro cuadrado de superficie) puede ser alterada por el llamado estudio de detalle de la zona, que tambi¨¦n aprob¨® el Ayuntamiento (aunque con menos requisitos que el Plan General en cuanto a participaci¨®n ciudadana e i fistitucional). La sentencia anterior se?alaba que este segundo documento es de rango inferior y que, por tanto, no debe vulnerar el plan. El estudio de detalle admit¨ªa 125.000, metros cuadrados de edificabIlidad pero el Plan, en teor¨ªa, s¨®lo permit¨ªa 110.600.
El estudio de detalle es una figura complementaria del planeamiento urban¨ªstico que remite la ordenaci¨®n de una zona concreta a un desarrollo posterior a la aprobaci¨®n del Plan General de Urbanismo, como ocurri¨® en el caso de la plaza de Castilla.
El Ayuntamiento de Madrid y la empresa propietaria -en aquellos momentos- de las torres, Urbanor (una empresa que Alberto Cortina y Alberto Alcocer vendieron a los kuwait¨ªes a fin de conseguir el dinero necesario para comprar acciones del Banco Central), recurrieron la sentencia del Tribunal Superior El grupo municipal de IU fue e? que llev¨® el caso ante los jueces.
PASA A LA P?GINA 2
El tribunal invoca excepciones al Plan para legalizar las torres
Supremo que se paralizasen las obras de las torres en tanto no se dictase una sentencia firme y puesto que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid hab¨ªa dado la raz¨®n a la coalici¨®n frente al Ayuntamiento de Madrid y la inmobiliaria Urbanor, el alto tribunal decidi¨® no suspender cautelarmente la construcci¨®n de los rascacielos.Por iron¨ªas de la vida, las obras de la apabullante edificaci¨®n sufrieron un par¨®n de m¨¢s de un a?o por la suspensi¨®n de pagos de Prima Inmobiliaria (sociedad que controlaba Urbanor y promov¨ªa las dos torres).
La sentencia ahora emitida por el Tribunal Supremo sienta jurisprudencia y recoge algunas de las argumentaciones que ya hab¨ªa utilizado para desestimar en 1993 el recurso de apelaci¨®n planteado por la Asociaci¨®n Familiar San Crist¨®bal -una agrupaci¨®n de vecinos que mantuvo un pulso al modo del David b¨ªblico contra las pretensiones edificatorias de los kuwait¨ªes y los banqueros-. La propiedad de los terrenos, el trazado de la red viaria y la edificabilidad supuestamente robada a la multiestaci¨®n de transportes fueron algunos de los caballos de batalla de los vecinos.
Jueces en desacuerdo
Esa asociaci¨®n, que dirig¨ªa y empujaba la vecina Margarita Botija. hab¨ªa recibido una sentencia favorable a la construcci¨®n de las dos torres de 27 plantas, tal y como las hab¨ªa aprobado el Ayuntamiento, de la Secci¨®n Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia.
Sin embargo, otra secci¨®n de esa sala (cada secci¨®n tiene asignados tres magistrados diferentes, que forman el tribunal) dio la raz¨®n a IU, la que ahora ha revocado el Supremo.
Pese a las distintas sentencias, los dirigentes urban¨ªsticos de Madrid, tanto del PSOE como del PP, han defendido siempre la construcci¨®n de los rascacielos en unos solares que empezar¨¢n a llenarse de vida antes de que finalice el a?o.
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