La compa?¨ªa del fiscal y las garant¨ªas
El juez Baltasar Garz¨®n, en su exposici¨®n motivada al Tribunal Supremo sobre los datos acusatorios contra Felipe Gonz¨¢lez y otros tres aforados, ha tenido cuidado en hacerse acompa?ar del Ministerio Fiscal y en preocuparse por las garant¨ªas, sobre todo la de defensa, de los, seg¨²n ¨¦l, seguros imputables.En los antecedentes de su escrito, Garz¨®n da cuenta de que, antes de dirigirse al Supremo, consult¨® al fiscal. Transcribe -en letra m¨¢s peque?a, por cierto- la respuesta del fiscal, seg¨²n el cual, a la vista de los datos trasladados al Ministerio P¨²blico sobre imputaciones al presidente del Gobierno y otros diputados, "es procedente", dec¨ªa el fiscal, "que con la mayor urgencia posible el juzgado instructor eleve a la (...) Sala de lo Penal del Tribunal Supremo atenta, respetuosa y razonada exposici¨®n, a fin de que pueda resolver sobre la competencia para conocer de las actuaciones".
Del mismo modo, la exposici¨®n del juez Garz¨®n se fundamenta jur¨ªdicamente en preceptos constitucionales y legales sobre la imposibilidad de que el caso GAL contin¨²e tramit¨¢ndose en su juzgado, ante la aparici¨®n de las declaraciones inculpatorias contra cuatro aforados. Garz¨®n asegura que es "consciente de la trascendencia y gravedad de esta decisi¨®n, pero resulta inevitable", afirma, "el tr¨¢mite para que la Sala Segunda del Tribunal, Supremo tenga la oportunidad de decidir ya".
Contraste de versiones
En opini¨®n de Garz¨®n, "tal como se encuentra la instrucci¨®n, el paso siguiente, desde el punto de vista del que suscribe, necesariamente ser¨ªa llamar a los meritados aforados como inculpados y, por tanto, con todos los derechos consustanciales a esa posici¨®n, para oir su versi¨®n y contrastarla en los pertinentes careos con los dem¨¢s coinculpados (hoy procesados), posibilidad que veda al instructor ordinario la legislaci¨®n".El magistrado se apoya en la doctrina de la propia Sala Segunda del Tribunal Supremo, a trav¨¦s de la cual invoca el derecho fundamental a que la causa sea o¨ªda por un tribunal independiente e imparcial, que considera conciliable con "la existencia de eventuales sujetos pasivos, como los miembros del Parlamento, que est¨¢n sujetos a una atribuci¨®n competencial", como es la Sala Segunda del Tribunal Supremo. El juez Garz¨®n asume, as¨ª, la tesis jurisprudencial de que, al dirigirse a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, lo hace "en aras de garantizar al m¨¢ximo la seguridad jur¨ªdica y la pureza de las actuaciones del juez instructor".
Fuentes socialistas critican lo que consideran apariencias de garantismo, por estimar que, en lo que se refiere al ex ministro del Interior Jos¨¦ Barrionuevo, sobre el que existen imputaciones en el sumario al menos desde 1994, la doctrina ahora esgrimida por Garz¨®n debi¨® llevarle hace meses a enviar el caso al Supremo.
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