El Gobierno aprecia irregularidades del Supremo en el 'caso GAL' y pide que las subsane
El Gobierno ha apreciado irregularidades, procesales en la resoluci¨®n de la Sala de Admisi¨®n del caso GAL, de 18 de agosto ¨²ltimo, por la que declar¨® la competencia del Supremo y orden¨® el. traslado a Ias partes para que soliciten lo que, les convenga. Sin embargo, seg¨²n fuentes de Justicia e interior, no se ha decidido recurrir la resoluci¨®n, a la espera de que tales irregularidades sean subsanadaspor el pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo el pr¨®ximo 4 de septiembre. Mientras tanto el abogado del Estado ha pedido al juez BaItasar Garz¨®n que le aclare qu¨¦ recursos proceden contra tal resoluci¨®n.
El abogado del Estado se ha dirigido, a Garz¨®n, titular del juzgado n¨²mero 5 de la Audiencia Nacional, porque, el auto de la Sala Segunda ha sido notificado al abogado del Estado no por ¨¦sta, sino por el juzgado de Garz¨®n, a quien la sala orden¨®, entre otras cosas,que notificara a las partes que le hab¨ªa sido. reclamada "la urgente remisi¨®n del sumario" del caso GAL. El env¨ªo -del auto de la sala por Garz¨®n" as¨ª como la ausencia en el mismo de toda referencia a los recursos que proceden, es la primera irregularidad apreciada.El recurso de aclaraci¨®n dirigido al juez Garz¨®n cumple tambi¨¦n la funci¨®n de ganar tiempo, hasta que el pleno de la Sala Segunda del Supremo del lunes proximo, haya tenido ocasi¨®n de subsanar ¨¦stas y otras irregularidades. que afectan "al propio prestigio de la sala"; seg¨²n tales fuentes. En cambio, fuentes del Supremo y del Ministerio Fiscal estima n tales irregularidades poca importantes y f¨¢cilmente subsanables.
Una irregularidad de mayor calado, seg¨²n todas las fuentes, es la omisi¨®n de la designaci¨®n de instructor y la asunci¨®n por la Sala de Admisi¨®n de funciones instructoras, corno el traslado a las partes para, que aleguen en "aspectos procedimentales y de fondo" . En la Secretar¨ªa de Estado de Justicia se piensa que tambi¨¦n esta om¨ªsi¨®n es subsanable, aunque ven probable que los magistrados que tomaron dicha decisi¨®n "pueden haber quedado contaminados" para enjuiciar el asunto que, en su criterio, deber¨¢. corresponder al pleno de la sala, excepto los tres magistrados indicados y el instructor, designado. Invocan el art¨ªculo 197 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, que admite que formen sala "todos los, magistrados" cuando el presidente o la mayor¨ªa "lo estime necesario, para la
Declaraci¨®n de imputados
En cu¨¢nto a la posible decisi¨®n del instructor de tomar declaraci¨®n como imputados al presidente del Gobierno, Felipe Gonz¨¢lez a los ex ministros del Interior, Jos¨¦ Barrionuevo, o de Defensa, Narc¨ªs Serra, o al diputado Txiki Bepegas, tales fuentes gubernamentales coinciden con quienes interpretan que es necesario el suplicatorio, si bien consideran que, antes que nada, debe tomarse declaraci¨®n a quienes les han acusado.
En cambio, fuentes del Supremo insisten en que "son decenas los aforado a que han declarado como imputados sin previo suplicatorio". El diputado socialista, Manuel de la Rocha dijo ayer a Servimedia que es "imposible que el Supremo llame a declarar a Gonz¨¢lez" con los datos que hay.
Por lo que se refiere a los interrogatorios a que el magistrado., instructor deber¨¢ someter, "antes de nada''. seg¨²n creen, en Justicia, a Ricardo Garc¨ªa Damborenea, Juli¨¢n Sancrist¨®bal y dem¨¢s, procesados en el caso GAL que han formulado acusaciones contra los aforados, tales, fuentes a?aden que en los mismos, ''adem¨¢s del instructor, deber¨¢ desempe?ar un papel activo tanto el abogado del Estado como el fiscal, exigiendo que concreten las imputaciones que realicen". S¨®lo tras est¨¢ primera investigaci¨®n ser¨ªa oportuno pedir el suplicatorio para tomar declaraci¨®n al aforado, o aforados que se estime necesario.
Por su parte, el abogado Jacobo Echeverr¨ªa, que ha estudiado 'los entresijos procesales de la Sala Segunda con ocasi¨®n de, ejercer la acusaci¨®n popular contra el ex senador del PP Miguel P¨¦rez Villar -uno de los ¨²ltimos aforados condenado por el Supremo- considera "carente de cobertura legal la autodenominada Sala de Admisi¨®n del caso GAL ya que a partir del 1 de juli¨®, le correspond¨ªa una composici¨®n distinta".
Echeverr¨ªa se pregunta tambi¨¦n silla no designaci¨®n de instructor se debe a alguna dificultad en los turnos rotatorios de magistrados, para cumplir la exigencia legal del turno preestablecido".
Sobre el probable archivo de una de las causas de, aforados pendientes de designar instructor (ver columna de esta p¨¢gina), para este letrado "esta, decisi¨®n puede tener una incidencia clave en la designaci¨®n del instructor del caso GAL".
Echeverr¨ªa estima que el magistrado Francisco. Soto, integrante de la Sala de Admisi¨®n, estaba eximido, de los turnos por presidir la Junta Electoral Central, Fuentes del Supremo informaron que lo estuvo hasta que termin¨® la resoluci¨®n de los recursos de los ¨²ltimos
comicios". Por otra parte, Jos¨¦ Rodr¨ªguez de la Borbolla, presidente del PSOE en Sevilla, defendi¨® ayer la necesidad de. replantear las funciones de la Audiencia Nacional, seg¨²n informa Europa Press, Rodriguez de la Borbolla asegura que la Audiencia se ha, transformado en una "contrarr¨¦plica ideologizada" del Gobierno, y reconoci¨® que no se fia de. la instrucci¨®n del juez Garz¨®n en el caso GAL, porque es un "saltimbanqui que va mariposeando de flor in flor".
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