Conflicto con Garz¨®n
EL GOBIERNO ha decidido plantarle cara al juez Baltasar Garz¨®n de modo que no se le pueda acusar de desobediencia a su reiterado requerimiento para que le entregue los llamados papeles del Cesid sometidos a secreto oficial, entre ellos la llamada acta fundacional de los GAL, elaborada por el coronel Perote en 1981; y supuestamente sustra¨ªda por ¨¦ste al abandonar el servicio de inteligencia en 1991. Y lo ha hecho desempolvando un instrumento jur¨ªdico nada habitual en unas relaciones normales entre los poderes del Estado: el llamado conflicto de jurisdicciones.Sin pens¨¢rselo dos veces, algunos han calificado esta iniciativa del Gobierno de mera argucia cercana al fraude de ley para obstaculizar y retrasar la investigaci¨®n de Garz¨®n sobre el atentado de Monbar, el m¨¢s grave de los atribuidos a los GAL, cometido en septiembre de 1985. Pero otros expertos, que tambi¨¦n expresan dudas sobre esa iniciativa, no niegan al Ejecutivo el derecho a hacer uso de un instrumento reconocido en las leyes para resolver posibles invasiones de sus competencias por parte del poder judicial. Si tiene o no raz¨®n es algo que tendr¨¢ que decidir el ¨®rgano constitucionalmente previsto por nuestro Estado de derecho para resolver este tipo de conflictos, formado por el presidente del Tribunal Supremo, dos de sus magistrados y tres miembros del Consejo de Estado.
La cuesti¨®n planteada merece el mayor esclarecimiento posible. Se trata de dilucidar si el juez penal puede indagar en la esfera de los secretos oficiales para perseguir un delito y de determinar, en caso afirmativo, la forma y los l¨ªmites en que puede hacerlo. La Sala Segunda del Supremo ha pasado de una actitud proclive a la opacidad -con su sentencia de 12 de marzo de 1992 sobre el caso Amedo, que instruy¨® el juez Garz¨®n- a otra favorable a la investigaci¨®n mediante los autos de 2 de diciembre de 1994 y de 25 de febrero de 1995, relativos al uso de fondos reservados por parte del Ministerio del Interior. La intervenci¨®n de otro ¨®rgano jurisdiccional no resultar¨ªa superflua si con ello se consiguiese fijar de una vez los criterios a seguir por los poderes ejecutivo y judicial en cuesti¨®n tan controvertida.
Desde la exigencia del Estado de derecho es inconcebible que el secreto oficial, la materia reservada o la llamada seguridad del Estado sirvan para encubrir la comisi¨®n de actos delictivos. Ninguna zona o actividad del Estado puede permanecer inmune a la ley penal. Tambi¨¦n es incuestionable que es al Gobierno al que corresponde decidir, dentro del marco de la ley, lo que es o no materia reservada. En el terreno de los principios, la iniciativa de Garz¨®n de que se le entreguen aquellos datos o documentos del Cesid que, aunque reservados, pueden estar relacionados con el atentado del Monbar no tiene vuelta de hoja. Y ello por m¨¢s que esa iniciativa pueda inscribirse en la m¨¢s que inquietante "nueva funci¨®n pol¨ªtica" que, seg¨²n ha puesto de manifiesto este juez en su comentado pr¨®logo a un reciente libro sobre el poder judicial, le corresponde asumir en estos tiempos a la justicia "en la confrontaci¨®n con los dem¨¢s poderes".
Lo que no puede pretender Garz¨®n es que se le entreguen todos los documentos de los que ¨¦l presuma una relaci¨®n con la guerra sucia contra ETA. Constituir¨ªa una extralimitaci¨®n por su parte exigir la entrega de documentos reservados no directamente vinculados con el concreto sumario del caso Monbar, que ¨¦l instruye, aunque puedan estarlo con la causa general sobre los GAL que instruye el juez Moner en el Supremo. Los documentos que, Garz¨®n reclama al Cesid, elaborados en 1983 y de Car¨¢cter m¨¢s bien te¨®rico, tendr¨ªan, que ver antes con los supuestos or¨ªgenes de los GAL que con un atentado cometido a finales de 1985. De ser as¨ª, Garz¨®n estar¨ªa interfiriendo de forma oblicua en una parcela de los GAL que no le corresponde a ¨¦l investigar, sino al instructor del Supremo. Ning¨²n fin, ni siquiera el de conocer toda la verdad sobre los GAL, justifica pasar por encima de los procedimientos. El principio de que no todo vale rige tanto en la lucha contra el terrorismo como en la investigaci¨®n de los delitos cometidos a su amparo.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Magistratura
- Audiencia Nacional
- Baltasar Garz¨®n
- Opini¨®n
- Ministerio de Defensa
- Guerra sucia
- Ciencias jur¨ªdicas
- Fiscales
- Organismos judiciales
- Secretos oficiales
- Armada
- Violencia callejera
- GAL
- Presidencia Gobierno
- Terrorismo Estado
- Fuerzas armadas
- Des¨®rdenes p¨²blicos
- Pol¨ªtica antiterrorista
- Sentencias
- Seguridad nacional
- Tribunales
- Delitos orden p¨²blico
- Sanciones
- Lucha antiterrorista
- Poder judicial