La UE no condiciona el ejercicio profesional en otro pa¨ªs de la Uni¨®n
Los Quince buscan f¨®rmulas sobre como homologar los t¨ªtulos universitarios
CRUZ BLANCO Si bien el Tratado de Roma no hace una referencia expresa a la educaci¨®n, sin embargo s¨ª prev¨¦ en su art¨ªculo 57, amparado en la filosof¨ªa de crear un gran mercado interior ¨²nico, que se establezcan medidas de coordinaci¨®n. destinadas a la libre circulaci¨®n de personas y el reconocimiento de los t¨ªtulos para ejercer una profesi¨®n regulada en un Estado miembro extranjero.
La UE ha llegado a la fase en la que la movilidad de las personas se ha convertido en asunto prioritario, pero la complejidad que conlleva ese reconocimiento de los diplomas acad¨¦micos est¨¢ dilatando mucho en el tiempo el proceso; aunque, a decir verdad, ya hay cifras de esa libre circulaci¨®n en todos los estados miembros ya que cada uno de ellos ha traspuesto las directrices generales de Bruselas publicando normativas internas para la equiparaci¨®n de profesiones reguladas.
Puntos de encuentro
Desde finales de los a?os setenta, los expertos acad¨¦micos, los colegios profesionales, las representaciones empresariales de los Doce primero y de los Quince en la actualidad, est¨¢n trabajando para llegar a puntos de encuentro que se aproximen lo m¨¢s posible a una homogeneizacion del valor de los diplomas en dos direcciones: la homologaci¨®n del t¨ªtulo con fines acad¨¦micos que permite a los j¨®venes estudiantes, a trav¨¦s de programas de cooperaci¨®n y de los previstos por la Uni¨®n (Erasmus) realizar una parte de su carrera en una universidad extranjera, con reconocimiento de esos estudios al regreso por la universidad de origen, y la homologaci¨®n con fines profesionales d¨®nde no solamente cuenta el t¨ªtulo acad¨¦mico, sino otra serie de factores exigidos por los c¨®digos de funcionamiento de las profesiones del pa¨ªs receptor del migrante. Aunque la UE coordina el proceso, no le compete imponer la norma tiva para el reconocimiento de cada profesi¨®n.
En una primera fase, siete profesiones (todas las m¨¦dico sanitarias y arquitectura) fueron reguladas por directivas sectoriales de la UE, de tal manera que en 1988 quedaron homologadas en todos los pa¨ªses de la Uni¨®n. Pero aquel proceso dur¨® demasiados a?os, 10, para s¨®lo siete titulaciones y en diciembre de 1988, una directiva comunitaria invierte el proceso para el resto de las carreras, pasando a un reconocimiento general de los t¨ªtulos bajo el mecanismo t¨ªtulo-port¨ªtulo, y con una armonizaci¨®n posterior: aplicando medidas compensatorias -seg¨²n las reglas de la profesi¨®n solicitada en el pa¨ªs receptor del migrante- en forma de pruebas de aptitud para el acceso a esa actividad o pr¨¢cticas previas al reconocimiento del t¨ªtulo.
Recientemente, la Comisi¨®n de las Comunidades Europeas envi¨® un documento base a las autoridades acad¨¦micas de cada uno de los Quince para que resolvieran una lista de propuestas relacionadas con esas medidas compensatorias. Las cuatro reglas clave del documento de Bruselas se centran en la necesidad de intercambio de informaci¨®n entre universidades, la creaci¨®n de redes de informaci¨®n, el, desarrollo de programas de cooperaci¨®n y la evaluaci¨®n institucional de la calidad de las universidades con el fin de crear un clima de confianza entre los pa¨ªses.
Los Quince est¨¢n en el estudio de la cuesti¨®n y enviar¨¢n un informe a Bruselas con sus conclusiones. Espa?a habr¨¢ de hacerlo antes del 20 de noviembre. La pasada semana, convocados por, el Consejo de Universidades (CU); se reunieron en la Universidad Jaume I de Castell¨®n, de la Plana 42 representantes de todos los sectores implicados: rectores, empresarios, institutos de investigaci¨®n, consejeros sociales y autoridades de la pol¨ªtica universitaria. El informe emanado del encuentro ser¨¢ presentado para su aprobaci¨®n en el pr¨®ximo pleno del CU que se celebrar¨¢ el pr¨®ximo diciembre en Zaragoza.Castell¨®n tuvo sus conclusiones: no es preciso. modificar las titulaciones universitarias espa?olas, ni en particular la de Derecho, aunque los expertos reconocen la conveniencia de intensificar las pr¨¢cticas en todas las carreras tuteladas por las universidades. Se?alan tambi¨¦n que procede desarrollar una formaci¨®n continua creando sistemas de colaboraci¨®n entre universidades y colegios profesionales.Para los t¨ªtulos que por alguna raz¨®n no resulten homologables, los reunidos en Castell¨®n proponen que se, establezcan mecanismos de informaci¨®n con el fin de ir elaborando aproximaciones entre el reconocimiento de los efectos profesionales y el de los acad¨¦micos. El conflicto desencadenado recientemente por los estudios de Derecho en Espa?a y su homologaci¨®n profesional queda totalmente al margen de las exigencias comunitarias lo que hace que sean desplazadas del juego las conclusiones del Consejo General de la Abogac¨ªa a favor, de dos a?os de pasant¨ªa obligatoria y un examen, de acceso a la profesi¨®n para los nuevos licenciados.
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