Barrionuevo, procesado por su relaci¨®n con los GAL
El juez Eduardo M¨®ner notificar¨¢ hoy el auto al ex ministro del Interior
El magistrado Eduardo M¨®ner, instructor del Tribunal Supremo para el caso GAL, notificar¨¢ a las diez de esta ma?ana el procesamiento del ministro del Interior del primer Gobierno socialista, Jos¨¦ Barrionuevo, de 53 a?os, por su presunta relaci¨®n con las actividades de los GAL. El juez instructor decretar¨¢ el procesamiento de Barrionuevo "al menos" por el delito de detenci¨®n ilegal de Segundo Marey, aunque fuentes del Supremo consultadas por este diario no descartaron que pueda ser procesado tambi¨¦n por su "conducta misiva" en relaci¨®n con el manejo de los fondos reservados y por un delito que eventualmente podr¨ªa configurarse como asociaci¨®n il¨ªcita o colaboraci¨®n con banda armada. El ex ministro dijo ayer que desconoc¨ªa las imputaciones contra ¨¦l.
El auto de procesamiento podr¨ªa incluir indicios de otras dos acciones delictivas, seg¨²n las fuentes consultadas por este peri¨®dico, adem¨¢s de la presunta participaci¨®n de Barrionuevo en la detenci¨®n ilegal de Segundo Marey, el 4 de diciembre de 1983, por la que el juez M¨®ner decret¨® la libertad provisional del ex ministro bajo fianza de 15 millones de pesetas.El escaso plazo previsto en la Ley del Jurado para convocar la audiencia en la que se debati¨® la prisi¨®n incondicional de Barrionuevo, solicitada por la acci¨®n popular del caso GAL, provoco que el juez Eduardo M¨®ner no tuviera tiempo material de pronunciarse sobre el conjunto de las imputaciones delictivas contra el ex ministro, seg¨²n las fuentes mencionadas. Por ello, habr¨ªa tomado los indicios de criminalidad m¨¢s representativos, la detenci¨®n ilegal de Segundo Marey, para redactar el auto en el que decret¨® la libertad provisional bajo fianza del ex titular del Interior. ,
En este auto, dictado el pasado 11 de enero, M¨®ner hablaba de "unos hechos que presentan los caracteres, al menos por ahora, de un delito de detenci¨®n ilegal". El inciso "al menos por ahora" sustenta la posibilidad de que el juez pudiera sostener la: existencia de nuevos indicios m¨¢s adelante -en el auto de procesamiento- o que, en realidad, hubiese tratado de ganar tiempo para profundizar en el estudio de las otras figuras delictivas y poder perfilar con mayor nitidez las imputaciones por las que Barrionuevo tendr¨¢ que sentarse en el banquillo de la Sala Segunda del Supremo.
Adem¨¢s de la detenci¨®n ilegal de Marey, Barrionuevo ha sido acusado por la acci¨®n popular de los delitos de fundaci¨®n y direcci¨®n de banda terrorista, y malversaci¨®n de caudales p¨²blicos por el uso de los fondos reservados.
Aunque en principio el delito de malversaci¨®n de caudales parec¨ªa que iba a quedar excluido, al no tener, Barrionuevo disposici¨®n ni firma sobre los fondos reservados las fuentes consultadas indicaron que el auto podr¨ªa contener alguna forma de "conducta omisiva" de Barrionuevo, que hubiera permitido que los fondos reservados se utilizaran de forma distinta a la prevista legalmente.
Respecto al delito de fundaci¨®n y promoci¨®n de banda armada, la fuentes consultadas indicaron que este tipo penal ha sido reformado varias veces desde 1983, fecha en que fue secuestrado Segundo Marey, por lo que el auto deber¨ªa incluir no s¨®lo los distintos enunciados formulados desde entonces, sino tambi¨¦n la aplicaci¨®n que resulte mas beneficiosa al procesado. De ah¨ª que la decisi¨®n judical, en su caso, pudiera configurarse como, delito de asociaci¨®n il¨ªcita o fundaci¨®n, pertenencia o colaboraci¨®n con banda armada.
El Tribunal Supremo, ya se pronunci¨® en el caso Amedo acerca de la distinci¨®n entre banda armada o terrorista y asociaci¨®n il¨ªcita, entre las que apreci¨® "una clara distinci¨®n". Seg¨²n aquella sentencia, la banda armada y la organizaci¨®n terrorista buscan la subversi¨®n del orden social establecido o el derrocamiento del sistema democr¨¢tico que regula el desenvolvimiento de un Estado por m¨¦todos violentos, Inhumanos e insolidarios. Suponen una pluralidad de sujetos y una estructura estable,. y la pretensi¨®n de producir "terror, desorden desastre y p¨¢nico".La misma sentencia declar¨® qu¨¦ los entonces polic¨ªas Jos¨¦ Amedo y Michel Dom¨ªnguez formaron una asociaci¨®n il¨ªcita, ya que la banda armada "implica una mayor e importante estructrura jerarquizada, una mayor consideraci¨®n de las funciones a realizar y una mayor pluralidad de sujetos intervinientes, nunca transitoria u ocasional".Nuevos elementos en el sumario.Seg¨²n dijo entonces el Supremo, la actuaci¨®n de Amedo y Dom¨ªnguez "no excede de una mera, pero rechazable y repudiable aso ciaci¨®n que, sin mayor esquema organizativo, sin otra conexi¨®n, plane¨® los objetivos y finalidades explicadas". Sin embargo, a la luz de los nuevos elementos en el caso GAL, el juez podr¨ªa mantener el delito de asociaci¨®n il¨ªcita o inclinarse por el de banda armada.Jos¨¦ Barrionuevo, ministro del Interior, entre 1982 y 1988, se encuentra en libertad provisional bajo fianza de 15 millones. Su procesamiento significa que en su d¨ªa se sentar¨¢ en el banquillo de los acusados, salvo que prospere alg¨²n recurso que resolver¨ªa el Pleno de la Sala Segunda del Supremo.El delito que le imput¨® el juez M¨®ner en el auto en que decretaba su libertad provisional, detenci¨®n ilegal sujeta al cumplimiento de una condici¨®n, est¨¢ castigado en el vigente C¨®digo Penal con penas de 10 a 17 a?os de prisi¨®n. Sin embargo, Barrionuevo y los dem¨¢s procesados ser¨¢n juzgados previsiblemente con el nuevo C¨®digo, que prev¨¦ penas de 8 a 10 a?os.
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