La patronal del seguro recurrir¨¢ los fondos de pensiones garantizados
Unespa, patronal del sector asegurador, anunci¨® ayer que presentar¨¢ un recurso contra la "legalizaci¨®n" de los fondos de pensiones garantizados; es decir, aquellos que comprometen una rentabilidad m¨ªnima. Por el contrario, el Ministerio de Econom¨ªa considera que no cabe tal recurso puesto que no se ha producido un acto administrativo que lo motive. "Unicamente hubo una comunicaci¨®n [el 7 de diciembre pasado] al sector para expresar que los fondos garantizados son compatibles con la legislaci¨®n vigente bajo determinadas condiciones" se?alan fuentes de Econom¨ªa.
En una nota difundida ayer, Unespa se?ala que ha dirigido un escrito al secretario de Estado de Econom¨ªa, Manuel Conthe, "en el que anuncia su intenci¨®n de recurrir judicialmente su decisi¨®n de legalizar los llamados fondos de pensio.nes garantizados". Unespa insta a Manuel Conthe a que aclare si esa comunicaci¨®n fue un. acto administrativo o "su opini¨®n personal".La patronal aseguradora, presidida por ?lvaro Mu?oz, entiende que "la nota" de Conthe y sus posteriores declaraciones 9esionan los intereses leg¨ªtimos de las entidades aseguradoras y perjudican gravemente las garant¨ªas establecidas a favor de los inversores privadas resultando, adem¨¢s, claramente contrarios al vigente ordenamiento jur¨ªdico". Adem¨¢s de esta raz¨®n de fondo, Unespa considera que existe base jur¨ªdica para recurrir la comunicaci¨®n de Econom¨ªa y cita para ello una sentencia del Constitucional, seg¨²n la cual "no pueden existir comportamientos de la Administraci¨®n activos u omisivos- inmunes control judicial".
Con anterioridad, Unespia ldirigi¨® tambi¨¦n por escrito a la Direcci¨®n General de Seguros piara solicitar la suspensi¨®n cautelar de este producto financiero por considerar que vulnera el art¨ªculo 3 del Reglamento de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones, al comprometer una rentabilidad.En la nota de Econom¨ªa se establece que los fondos de pensiones garantizados deber¨¢n eludir el t¨¦rmino "asegurado" ya que entrar¨ªa en colisi¨®n con el principio de reserva legal de esa actividad establecido para el sector asegurador. Tambi¨¦n exige evitar el t¨¦rmino "garantizado", ya que "el compromiso de revalorizaci¨®n es ajeno al plan y al fondo de pensiones". Igualmente, se?ala que la revalorizaci¨®n podr¨¢ limitarse a las aportaciones que se realicen durante un determinado periodo de tiempo pero deber¨¢ hacerse extensiva a todas las personas f¨ªsicas que, dentro de dicho periodo satisfagan las condiciones exigidas.
Econom¨ªa pretendi¨® zanjar as¨ª la pol¨¦mica entre los bancos y las y aseguradoras. Las entidades bancarias -sobre todo BBV y Santander- han abierto la v¨ªa de comprometer una rentalibilidad para dar as¨ª un nuevo empuj¨®n a los planes de pensiones individuales. Las aseguradoras, por su parte, ven en ello una competencia directa a sus productos.
Queda ahora por determinar cu¨¢l es el tratamiento fiscal para el incremento de patrimonio o el rendimiento del capital que se produzca si la rentabilidad final es superior a la garantizada. Tanto Econom¨ªa como Hacienda se inclinan por no considerarlo plusval¨ªa.
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