No admitir fianzas para eludir la c¨¢rcel en la justicia militar no es inconstitucional
El hecho de que la justicia militar no acepte el pago de fianzas para eludir la prisi¨®n provisional, tal y como se hace en la jurisdicci¨®n ordinaria, no supone una discriminaci¨®n para el colectivo militar, seg¨²n una sentencia notificada ayer por el Tribunal Constitucional a la que ha tenido acceso la agencia Efe.El alto tribunal, en una resoluci¨®n en la que desestima el recurso de amparo interpuesto por el teniente coronel Jos¨¦ Ignacio Lasheras Mendo, considera que la inexistencia de fianza en la jurisdicci¨®n militar no es una "discriminaci¨®n irrazonable" sino una peculiaridad procesal que deriva de la naturaleza de la instituci¨®n militar.
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