El Estado, condenado a indemnizar a una v¨ªctima de Hipercor por la "pasividad" de la polic¨ªa
El Tribunal Supremo ha condenado al Estado, a pagar una indemnizaci¨®n de 45 millones de pesetas a un familiar de tres v¨ªctimas del atentado perpetrado por la banda terrorista ETA en los almacenes Hipercor, en Barcelona, debido al "funcionamiento defectuoso" de la polic¨ªa, que no adopt¨® las precauciones necesarias para aminorar los efectos del acto terrorista. El atentado, la explosi¨®n de un potente artefacto, caus¨® la muerte a 21 personas y heridas a otras 30 que el 19 de junio de 1987 estaban en el establecimiento comercial de la avenida de la Meridiana.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que confirma una anterior dictada por la Audiencia Nacional que ya reconoc¨ªa la responsabilidad civil del Estado por el sangriento atentado de Hipercor.La sentencia de la Audiencia Nacional ahora confirmada sosten¨ªa que entre la llegada de las dotaciones policiales a Hipercor a las 15.28 horas y la explosi¨®n que se produjo a las 16.08 "no se hizo absolutamente nada para intentar el desalojo e impedir que el p¨²blico y los veh¨ªculos siguieran entrando y saliendo". Y eso pese a que los bomberos de Barcelona se?alaron en su d¨ªa que bastaban 10 minutos para desalojar el centro comercial.
La Audiencia Nacional con cedi¨® una indemnizaci¨®n de 45 millones de pesetas a ?lvaro Cabrerizo, quien perdi¨® en el atentado a su esposa Mar¨ªa del Carmen M¨¢rmol Cubill y a sus dos hijas, Sonia y Susana.
El fallo judicial fue recurrido por el Ministerio de Interior. El alto tribunal ha rechazado ahora el recurso formulado por el abogado del Estado, admitiendo que hubo "una cierta relaci¨®n de causalidad entre la constatada conducta omisiva de las fuerzas de seguridad, por no adoptarse las debidas precauciones (que pudieron aminorar los efectos nocivos) y el dram¨¢tico desenlace". No obstante, el tribunal reconoce que la matanza "fue obra directa de los terroristas".
No hubo evacuaci¨®n
El Supremo reitera, en coincidencia con la Audiencia Nacional, que "se produjo una cierta pasividad o conducta omisiva de las fuerzas de seguridad en cuanto que la polic¨ªa no consider¨® conveniente o factible la evacuaci¨®n del edificio ni se impidi¨® la entrada de veh¨ªculos al aparcamiento ni, en fin, acudi¨® el servicio de detecci¨®n de explosivos".El tribunal atribuye en parte la pasividad de la polic¨ªa al hecho de que ¨¦sta ten¨ªa una "subjetiva impresi¨®n" de que la amenaza de bomba -tres llamadas recibidas en los propios almacenes, en la Guardia Urbana y en el diario Avui- "se trataba, de una simple alarma, como tantas otras veces, ya que nunca con anterioridad ETA hab¨ªa intentado una acci¨®n indiscriminada contra ning¨²n establecimiento mercantil".
Los magistrados resaltan que los cuerpos de seguridad del Estado "tienen como misi¨®n propia y espec¨ªfica garantizar la seguridad ciudadana", contraponi¨¦ndolo con la pasividad demostrada en este caso por la polic¨ªa, m¨¢xime teniendo en cuenta que la explosi¨®n se produjo a las 16.08, es decir, casi media hora despu¨¦s de lo que hab¨ªan anunciado los etarras.
La sentencia se basa en el hecho de que la matanza de Hipercor se produjo como consecuencia de un defectuoso funcionamiento de un servicio p¨²blico, en este caso la polic¨ªa. La legislaci¨®n espa?ola reconoce que los ciudadanos tienen derecho a ser resarcidos de los perjuicios que sufran, siempre que la lesi¨®n sea consecuencia del anormal funcionamiento de los servicios.
Tras dictar esta sentencia, el Tribunal Supremo tiene que pronunciarse todav¨ªa sobre otro recurso del abogado del Estado contra otra sentencia de la Audiencia Nacional que conden¨® a la Administraci¨®n a indemnizar con 106 millones de pesetas a otras 12 v¨ªctimas del atentado en los almacenes Hipercor, en el que fallecieron 21 personas y 30 resultaron heridas.
Fuentes judiciales opinan que, con toda probabilidad y por razones de unidad de doctrina, la resoluci¨®n del Supremo respecto a este segundo recurso ser¨¢ id¨¦ntica a la ya adoptada en el sentido de confirmar la indemnizaci¨®n a las v¨ªctimas del atentado. Estas 12 v¨ªctimas solicitaban en su demanda inicial una indemnizaci¨®n global de 300 millones que la sentencia rebaj¨® a 106 millones, adem¨¢s de los correspondientes intereses.
Nueve a?os despu¨¦s
El abogado de los afectados, Julio de Miquel Berenguer, se mostr¨® ayer satisfecho de que se haya llegado al final del proceso judicial, nueve a?os despu¨¦s de ocurrir el brutal atentado.De Miquel espera que el Ministerio de Justicia e Interior decida retirar el recurso que est¨¢ a¨²n pendiente de resolver y que liquide las indemnizaciones lo m¨¢s rapidamente posible y al mismo tiempo a todas las v¨ªctimas.
La Audiencia Nacional, en su sentencia del a?o 1994, se?alaba que la determinaci¨®n de las indemnizaciones econ¨®micas es una cuesti¨®n "delicada", debido a la "imposibilidad material y moral de valorar la vida humana y los afectos familiares".
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