La Junta extreme?a planea permitir mas farmacias y prohibir su venta o traspaso
Un proyecto legislativo romper a el 'monopolio' y jubilar¨¢ a los titulares a los 70 a?os
La Junta de Extremadura se propone aprobar una ley de ordenamiento farmac¨¦utico que romper¨¢ por primera vez en Espa?a el monopolio profesional del sector. En el anteproyecto se reducen las distancias m¨ªnimas y el n¨²mero de habitantes necesarios para abrir una farmacia; las licencias ser¨¢n por concesi¨®n administrativa exclusiva para su titular, sin posibilidad de traspaso, cesi¨®n o venta. Cuando se jubile, a los 70 a?os, la licencia ser¨¢ para otro solicitante. "Con esto se acabar¨¢n las especulaciones afirma el consejero de Bienestar Social, Guillermo Fern¨¢ndez
Adecuar el n¨²mero de farmacias a las necesidades sanitarias reales de Extremadura ha sido el principal argumento para la elaboraci¨®n de la ley. Pero tambi¨¦n cortar de ra¨ªz "la especulaci¨®n, las trabas para la instalaci¨®n", en palabras del consejero, de una comunidad que cuenta nada menos que con una Asociaci¨®n de Farmacias con Licencia Recurrida. La presi¨®n que ejercen los farmac¨¦uticos instalados sobre aquellos que quieren hacerlo se ha traducido hasta ahora, y s¨®lo en Badajoz, en m¨¢s de 20 licencias recurridas y el cierre de tres boticas, a pesar de contar con la correspondiente autorizaci¨®n de la Junta."Nosotros lo que quisi¨¦ramos es desaparecer", asegura Alfonso Dondel, portavoz de la asociaci¨®n. V¨ªctimas de lo que califican una legislaci¨®n "anacr¨®nica y anticonstitucional, valoran la iniciativa como "un ejercicio de responsabilidad por el simple hecho de abordar el problema".
La necesidad de elaborar una nueva ordenaci¨®n fue planteada este mes en la Asamblea extreme?a por el PSOE, partido que gobierna la Junta, y obtuvo el apoyo de IU y Coalici¨®n Extreme?a. S¨®lo se opuso el PP con el argumento de que era necesaria una consulta previa para comprobar si exist¨ªan competencias regionales para ello. "Ya se pusieron en contra sin saber lo que vamos a hacer", dice Guillermo Fern¨¢ndez.
La opini¨®n del Ministerio de Sanidad es que la Junta es plenamente competente en- esta materia "respetando las normas b¨¢sicas del Estado que se encuentran en la Ley General de Sanidad y la Ley del Medicamento". De hecho, otras comunidades como Catalu?a o Pa¨ªs Vasco han creado ya su propio ordenamiento.
El anteproyecto ya estaba en m¨¢quinas en el momento del apoyo parlamentario, aunque el texto definitivo a¨²n debe ser aprobado en la Asamblea. Contempla, en primer lugar, lo que reclaman los farmac¨¦uticos agraviados: la posibilidad de abrir m¨¢s farmacias y all¨ª donde sean necesarias. En lugar de cada 4.000 habitantes, se podr¨¢n abrir establecimientos por cada 2.000 y adem¨¢s en todos aquellos municipios, entidades locales menores, poblados o pedan¨ªas donde las necesidades sociales lo requieran. La iniciativa ya no queda s¨®lo en manos del farmac¨¦utico interesado.
El anteproyecto de la Junta prev¨¦ que se puedan abrir de oficio, es decir, si la propia Administraci¨®n estima que es necesario. Tambi¨¦n se acortan las distancias. Los 500 metros de separaci¨®n m¨ªnima entre una farmacia y otra que hoy exige la, ley se reducir¨¢n a 250.
"Permiso de explotaci¨®n"
Un aspecto que desbaratar¨¢ la actual rigidez del sector es sin duda la propuesta que hace la Junta sobre la concesi¨®n de farmacias, que supone una especie de permiso de explotaci¨®n para los titulares que obtengan una licencia de apertura y que revertir¨¢ de nuevo en la Administraci¨®n por cese de servicio o jubilaci¨®n, establecida en el anteproyecto a los 70 a?os. Se acaba as¨ª con la posibilidad de cese, traspaso o venta de negocio, culpables, seg¨²n el reciente informe del Tribunal de Cuentas, de las trabas profesionales y econ¨®micas a la instalaci¨®n de farmacias. El consenso no es el mismo en este punto entre los farmac¨¦uticos en paro o con licencias recurridas, seg¨²n indica Dondel, aunque de momento prefieran no manifestarse.En esta medida concreta se respetar¨¢n los derechos adquiridos de los profesionales ya instalados, y, aunque tendr¨¢n derecho a traspasos y ventas, su jubilaci¨®n se efectur¨¢ de forma escalonada hasta el a?o 2002 en funci¨®n de su edad. Las incompatibilidades para el ejercicio de este servicio se extreman en el anteproyecto hasta el punto de que los farmac¨¦uticos titulares de un establecimiento no podr¨¢n participar econ¨®micamente en empresas de distribuci¨®n farmac¨¦utica, excepto si es para autoabastecimiento.
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