Cuesti¨®n de principio
EL GOBIERNO espa?ol ha decidido echar toda la carne en el asador -la diplom¨¢tica y la jur¨ªdica- en el contencioso que le enfrenta a B¨¦lgica por la extradici¨®n de dos presuntos colaboradores de ETA. Si el Tratado de Maastricht no deniega expl¨ªcitamente el derecho de asilo a los nacionales de la Uni¨®n Europea acusados de terrorismo -en cualquiera de sus manifestaciones-, Espa?a bloquear¨¢ la reforma de dicho tratado en la conferencia intergubernamental prevista para los d¨ªas 28 y 29 de marzo en Tur¨ªn.Esa es la postura oficial espa?ola expuesta en la ¨²ltima reuni¨®n de los ministros de Exteriores de los Quince celebrada en Bruselas. Es una actitud dura y podr¨ªa incluso ser calificada de rupturista. Pero responde perfectamente a la trascendencia que tiene para Espa?a el problema del terrorismo y que algunos socios parecen no entender. Que un pa¨ªs que ha apostado como ning¨²n otro por el proyecto de construcci¨®n europea desde el momento de su incorporaci¨®n a la CE, en 1986, se vea abocado a contemplar tales medidas deber¨ªa hacer reflexionar a sus colegas de la UE.
La legislaci¨®n europea, tanto la com¨²n como la particular de cada pa¨ªs de la UE, ha dado pasos decisivos en la unificaci¨®n de criterios para el tratamiento penal del terrorismo. Pero como ha puesto de manifiesto el caso de B¨¦lgica, todav¨ªa existen anacronismos impropios de pa¨ªses que forman parte de un espacio democr¨¢tico en el que cualquier reivindicaci¨®n, sea del tipo que sea, tiene cauces legales para plantearse. Uno de ellos es la posibilidad, no descartada expl¨ªcitamente en el Tratado de Maastricht, de acoger como asilados pol¨ªticos a nacionales de la UE acusados de cometer actos terroristas en alguno de los pa¨ªses que la integran.
Espa?a tiene raz¨®n, pues, para exigir que no tome carta de naturaleza una interpretaci¨®n del Tratado de Maastricht que ampare posturas -gubernativas o judiciales- favorables a considerar como delito pol¨ªtico el asesinato, el secuestro, la extorsi¨®n o cualquier acto de colaboraci¨®n con los grupos que recurren a m¨¦todos criminales para imponer sus ideas. Es una cuesti¨®n de principios y de coherencia democr¨¢tica. No tiene sentido reconocer que todos y cada uno de los socios de la UE garantizan el pleno ejercicio de los derechos democr¨¢ticos -los individuales y los pol¨ªticos- y admitir a la vez la posibilidad de conceder asilo a ciudadanos acusados de cometer actos terroristas en alguno de ellos.
Es imprescindible por tanto que la norma fundamental de los Quince no admita la m¨¢s m¨ªnima sombra de duda sobre una cuesti¨®n que resulta capital para las relaciones entre los miembros y para la autodefensa de sus democracias. A partir de ah¨ª ser¨¢ m¨¢s f¨¢cil que el resto de normas comunes -especialmente los convenios europeos contra el terrorismo y de extradici¨®n- se apliquen de modo que no sirvan para amparar a individuos o grupos violentos que ponen en riesgo la convivencia democr¨¢tica en cualesquiera de los pa¨ªses de la UE.
Lo criticable de la negativa de Bruselas a conceder la extradici¨®n solicitada por Espa?a no es que la haya decidido, un tribunal, sino los criterios desfasados sobre la naturaleza del delito pol¨ªtico y del terrorismo en que se basa dicha decisi¨®n.
Entre Estados de derecho como los de UE son los tribunales los que deben dictaminar sobre lo fundado o no de las solicitudes de extradici¨®n. Pero los tribunales est¨¢n obligados a hacer un interpretaci¨®n de las normas que no desnaturalice sus fines. La amenaza de Espa?a de bloquear la reforma del Tratado de Maastrich si sus socios no borran del derecho europeo la posibilidad de dar asilo a los terroristas de ETA es por ello mucho m¨¢s que un gesto pol¨ªtico. Es una llamada a la coherencia pol¨ªtica entre naciones que se rigen por los mismos principios.
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