Sentencia apelada
En relaci¨®n con la informaci¨®n publicada en el diario de su digna direcci¨®n el pasado 8 de febrero ' ' en la que se da cuenta de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 21 de los de Barcelona, que desestima la demanda presentada por la SGAE en reclamaci¨®n de los da?os y perjuicios causados por la incorporaci¨®n no autorizada de la obra Cara al sol, original de Juan Teller¨ªa, en la pel¨ªcula cinematogr¨¢fica El largo invierno, producida por Tibidabo Films, SA, creemos oportuno manifestarle que la SGAE no comparte la interpretaci¨®n sostenida en esa sentencia, por lo que ha sido apelada ante la Audiencia Provincial de Barcelona.Los autores son los ¨²nicos facultados para autorizar o prohibir el uso de sus obras. Este principio fundamental s¨®lo admite las limitaciones expresamente contempladas en la ley, entre las que no se encuentra la circunstancia de que una obra sea adoptada como himno por cualquier instituci¨®n p¨²blica o privada. Precisamente por ese motivo, porque nadie puede utilizar una obra musical para incorporarla a una obra audiovisual sin permiso expreso del titular de los derechos de autor, el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 56 de Madrid dict¨® una sentencia de fecha 22 de enero de 1996, estimando la demanda en reclamaci¨®n de los da?os causados por la inclusi¨®n de la misma obra musical Cara al sol en otra obra cinematogr¨¢fica titulada Por qu¨¦ perdimos la guerra.-
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