Consejo y representaci¨®n
La crisis por la que pasa estos d¨ªas el Consejo General del Poder Judicial -¨®rgano de gobierno de los jueces, encargado de velar por su independencia- ha puesto de manifiesto un problema de fondo: el mal funcionamiento de este organismo constitucional pr¨¢cticamente desde su puesta en marcha en 1980. ?Cu¨¢les son las razones del fracaso? ?Es un problema de las personas que lo forman, de c¨®mo se eligen sus miembros, o hay que profundizar hasta cuestionar su dise?o constitucional? En estas p¨¢ginas se intenta responder a estas cuestiones y aportar soluciones ante la grave crisis de una instituci¨®n b¨¢sica para la democracia en general y el servicio p¨²blico de la justicia en particular.Entre otras competencias, el CGPJ, ¨®rgano de gobierno de ese poder del Estado, nombra a su propio presidente, que lo es tambi¨¦n del Tribunal Supremo, a la c¨²pula del sistema judicial (por ejemplo, a los magistrados del Tribunal Supremo), informa importantes leves, propone algunos de los magistrados ?el Tribunal Constitucional y asume la selecci¨®n ' formaci¨®n, inspecci¨®n y r¨¦gimen disciplinario de los jueces. El repaso apresurado de esa lista, y del ejercicio del poder en cascada que de ella se deriva, har¨¢ comprender lo decisivo que resulta, para absolutamente todos los ciudadanos de este pa¨ªs, el sistema de nombramiento de los 20 vocales que lo componen. La opci¨®n entre el modelo corporativo (seg¨²n el cual 12 de los 20 miembros del CGPJ los elegir¨ªan en exclusiva los propios jueces) y el puramente parlamentario (en el que el todos los vocales son seleccionados por el Parlamento) tiene, en consecuencia, implicaciones que van mucho m¨¢s all¨¢ de una discusi¨®n de especialistas. De hecho, est¨¢n en juego los principios mismos de la cultura democr¨¢tica, ya que, entre otros rasgos constitutivos, en democracia el indispensable di¨¢logo entre la sociedad y el Estado s¨®lo puede contruirse sobre la representatividad de los que ejercen el poder en la segunda de las esferas (el Estado) para asegurar el respeto a la pluralidad que existe en la primera (la sociedad).
Con todos los problemas que se derivan de la crisis de los partidos pol¨ªticos y de las evidentes imperfecciones del sistema electoral, hay que insistir en que el lugar donde se concreta la representaci¨®n es el Parlamento, despu¨¦s de elecciones libres, a trav¨¦s de las cuales los ciudadanos ponen -y quitan- a los que han de manejar sus intereses m¨¢s capitales. Como las competencias del CGPJ afectan de modo pleno y directo a tales intereses, deben ser las Cortes las que realicen la tarea de selecci¨®n de los miembros del CGPJ. En otro caso, se producir¨ªa un insoportable d¨¦ficit de representaci¨®n que los espa?oles pagar¨ªamos con una sensible p¨¦rdida de sentido democr¨¢tico, pues ?qu¨¦ podr¨ªa pensar cualquiera que viese gobernadas las cuestiones que ata?en a los millones de ciudadanos no jueces por las decisiones de los elegidos por 3.500 ciudadanos jueces?
El, desde mi punto de vista, inobjetable planteamiento en favor del modelo parlamentario debe tener en cuenta, sin embargo, lo que en los ¨²ltimos anos constituy¨® una seria perversi¨®n de ese mismo modelo. En efecto, lo que ha venido ocurriendo -y al juego han jugado todos- es que los nombramientos de los vocales del CGPJ se han tomado fuera de la sede parlamentaria constitucional y legalmente habilitada para ello; hay que decir claramente que fueron las ejecutivas de los partidos las que realizaron la seleci¨®n, mediante un cuotaje o reparto colusorio de los cargos, de manera que cada partido pol¨ªtico ven¨ªa a nombrar libremente el cupo de consejeros que le correspond¨ªa, seg¨²n su fuerza num¨¦rica, mientras las Cortes se limitaban a formalizar -ratificar- lasdecisiones negociadas y tomadas al margen de ellas.
En otras palabras, la l¨®gica de los partidos desplaz¨® y elimin¨® la l¨®gica institucional que, en las cuestiones de Estado, debe presidir la actuaci¨®n del Parlamento. Algunos autores -Bobbio y Touraine entre otros- han advertido de los peligros de que los partidos pol¨ªticos, por otra parte imprescindibles en democracia, pierdan su funci¨®n mediadora en favor de su constituci¨®n en puros y simples agentes -m¨¢quinas- de poder: se oligarquiza el sistema, desaparece la soberan¨ªa popular y los actores sociales se extra?an de la democracia. La misma patolog¨ªa, hablando de nuevo del CGPJ, que se detectar¨ªa en el modo corporativo de elecci¨®n de sus miembros. Por otra parte, la perversi¨®n del sistema parlamentario determin¨® una notable p¨¦rdida de credibilidad (de legitimaci¨®n, podr¨ªa decirse) de los elegidos, que nace de la sospecha, confirmada en ocasiones, de su vinculaci¨®n a los intereses de los que les hab¨ªan elegido realmente, m¨¢s que a sus funciones constitucionales, y con el tiempo acarre¨® una din¨¢mica de confrontaci¨®n por intereses de coyuntura pol¨ªtica que ha hecho entrar en barrena al CGPJ, donde la leg¨ªtima pelea ideol¨®gica ha dado paso a los ¨²ltimos y conocidos disparates, en aumento desde el pasado mes de noviembre, cuando ' venci¨® el mandato costitucional de cinco a?os del CGPJ. Entonces se hizo caso omiso, de nuevo por intereses concretos de un sector pol¨ªtico-judicial, a las razonables y constitucionales demandas de renovaci¨®n del Consejo, con el consiguiente aumento en la espiral de desprestigio que surgi¨® de la insostenible situaci¨®n de interinidad de ese ¨®rgano.
El Parlamento del Estado debe proceder a la renovaci¨®n del CGPJ en cuanto sea posible, pero no ha de hacerlo a cualquier precio. Aun cuando no se pueden (ni se deben) ignorar los diferentes modos de entender las cuestiones de la justicia de los diversos grupos parlamentarios, ahora se trata de recuperar el papel de las Cortes en su sentido m¨¢s institucional y de elegir a los vocales del Consejo en funci¨®n de su capacidad y m¨¦ritos, y de los intereses generales del pa¨ªs, descartando rotundamente el sistema de cuotas. Es capital, a mi juicio, desarrollar una secuencia de elecci¨®n que pasa por propuestas de candidatos p¨²blicas y limpias, por la comparecencia de los elegibles en las C¨¢maras, por la explicaci¨®n de los programas de gobierno del Consejo por parte de esos candidatos, por el sometimiento a las preguntas de los parlamentarios y, cuando se produzca la elecci¨®n, por la explicaci¨®n motivada del sentido de la mism¨¢.
Jos¨¦ Antonio Alonso es magistrado y portavoz de Jueces para la Democracia.
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