Un remedio peor que la enfermedad
El Anuario de Historia del Derecho Espa?ol de 1995 se abre con un art¨ªculo de Francisco Tom¨¢s y Valiente, G¨¦nesis de la Constituci¨®n de 1812. De muchas Leyes Fundamentales a una sola Constituci¨®n, en el que se pregunta a qu¨¦ sujetos se refer¨ªan esos t¨¦rminos en ese per¨ªodo: "?A Espa?a entendida como un todo, o a alguna de las partes dotadas de personalidad pol¨ªtica, leyes fundamentales y constituci¨®n hist¨®rica propia? ?Qu¨¦ se pensaba en el ¨²ltimo tercio del XVIII acerca de la integraci¨®n constitucional de las partes en el todo?"Tom¨¢s y Valiente recorre el itinerario de la respuesta del constituyente gaditano, poniendo de manifiesto el car¨¢cter un tanto precipitado de la primera decisi¨®n constituyente de nuestra historia. La respuesta de C¨¢diz no fue tanto el resultado de un proceso hist¨®rico que hab¨ªa ido madurando pol¨ªtica, social e intelectualmente, sino que fue m¨¢s bien producto de la coyuntura b¨¦lica que posibilit¨® una decisi¨®n que no aparec¨ªa configurada de, forma clara en nuestra historia inmediata.
De ah¨ª que los problemas que dichos interrogantes traduc¨ªan quedaran cerrados en falso y que cointinuaran estando presentes en nuestra vida pol¨ªtica. Bajo forma de conflictos armados o de enfrentamientos pol¨ªticos, pero sin dejar de condicionar el proceso de construcci¨®n del Estado constitucional.
Hasta la ¨²ltima transici¨®n democr¨¢tica, no hemos sido capaces de empezar a enfrentarnos con esos problemas "originarios" de nuestra Constituci¨®n pol¨ªtica de una manera estable y no autoritaria y de dise?ar soluciones constitucionales de tipo pr¨¢ctico. Esto es lo nuevo de la experiencia iniciada en 1976 con el primer Gobierno presidido por Adolfo Su¨¢rez. Y aunque 20 a?os son. pocos en la vida de un pa¨ªs tan viejo como Espa?a, desde el punto de vista de la integraci¨®n no impuesta de las partes en el todo, son bastantes. Es algo que no se debe olvidar.
Creo que esta perspectiva es importante retenerla siempre, pero en especial despu¨¦s de atentados terroristas como el de esta semana. No tenemos m¨¢s experiencia civilizada de respuesta a este problema de nuestra constituci¨®n "hist¨®rica" que la que estamos protagonizando desde hace 20 a?os. Y la tenemos porque es la primera vez que de manera estable y continuada, sin quiebras ni suspensiones del ordenamiento constitucional, la sociedad espa?ola en su conjunto es la que ha definido la voluntad del Estado.
Esto es lo que hemos hecho colectivamente en estos dos ¨²ltimos decenios. Y de manera ininterrumpida. Y en medio de una presi¨®n terrorista extraordinaria. A pesar del terrorismo, no ha habido quiebra del Estado democr¨¢tico. A ello se debe que est¨¦n abiertos los procesos judiciales de todos conocidos. Por eso no puedo compartir la sugerencia de Arzallus, a la que ayer se refer¨ªa Patxo Unzueta, de que "desde el Parlamento se reconozcan lo fallos antidemocr¨¢ticos habidos". El reconocimiento parlamentario con 13 a?os de retraso y cuando la inmensa mayor¨ªa de la C¨¢mara prefiri¨® mirar para otro lado cuando los hechos ahora investigados ocurrieron, que es cuando debi¨® ejercerse el control pol¨ªtico correspondiente, adem¨¢s de no poder afectar en lo m¨¢s m¨ªnimo a la investigaci¨®n judicial en curso, probablemente servir¨ªa para generar todav¨ªa m¨¢s confusi¨®n en este terreno y para acentuar a¨²n m¨¢s el proceso de desligitimaci¨®n del Estado que se ha puesto en marcha con apoyos notables y heterog¨¦neos.
Hay que llegar hasta el final en los procesos judiciales abiertos. Respetando la Constituci¨®n, que ya veremos si se ha respetado o no. La participaci¨®n parlamentaria ser¨ªa un remedio pero que la enfermedad.
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