El CGPJ pide en su informe sobre la videovigilancia que se proh¨ªba captar conversaciones privadas en lugares p¨²blicos
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha pedido al Gobierno que prohiba expresamente la captaci¨®n de "conversaciones privadas" en lugares p¨²blicos mediante sofisticados procedimientos tecnol¨®gicos, seg¨²n expone en su informe sobre la videovigilancia. El CGPJ considera viable el anteproyecto, pero reclama la incorporaci¨®n de mayores garant¨ªas para proteger los derechos fundamentales de las personas, especialmente los de intimidad e imagen.El documento explica que en los lugares p¨²blicos se desarrollan "conversaciones ¨ªntimas o actos reveladores de las m¨¢s ¨ªntimas convicciones y sentimientos individuales". Por ello, "debe preservarse la confianza leg¨ªtima de la ciudadan¨ªa en que sus actos y conversaciones, a¨²n en lugares p¨²blicos, ( ... )no van a ser objeto de seguimiento, filmaci¨®n y grabaci¨®n mediante procedimientos tecnol¨®gicos sofisticados".
El Poder Judicial recomienda especificar adecuadamente que "el sonido de la voz es un componente de la propia imagen" y un "dato de car¨¢cter personal" a efectos de lo previsto en el Convenio de Estrasburgo sobre tratamiento informatizado de datos personales.
"Los ciudadanos", seg¨²n el informe, "han de poder conocer la existencia, fines y responsables de los ficheros de datos personales, como parte del contenido del derecho a la intimidad". Por eso, y en materia de tratamiento informatizado, el Consejo plantea una "mayor atenci¨®n a los aspectos de custodia, conservaci¨®n y destino final de los registros obtenidos", as¨ª como normas expresas sobre la responsabilidad en la obtenci¨®n, custodia e inutilizaci¨®n final de im¨¢genes y de reproducciones y cesiones indebidas".
El anteproyecto deber¨ªa referirse ¨²nicamente, seg¨²n el CGPJ, a "delitos e infracciones graves" en materia de seguridad ciudadana y no a "otras infracciones cualesquiera". En cuanto a la destrucci¨®n de las grabaciones efectuadas, el Consejo estima excesivo el plazo de dos meses, ya que contrasta con el perentorio de 24 horas para su puesta a disposici¨®n judicial.
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