Los psiquiatras aprueban un nuevo c¨®digo ¨¦tico
La relaci¨®n con el paciente y la actitud ante la eutanasia y la tortura, objeto de la Declaraci¨®n de Madrid
El psiquiatra debe ser consciente de las implicaciones ¨¦ticas que derivan en la actualidad del ejercicio de su profesi¨®n y luchar por un tratamiento justo y equitativo de la enfermedad mental, seg¨²n el nuevo c¨®digo ¨¦tico emanado del X Congreso Mundial de Psiquiatr¨ªa que ayer se clausur¨® en Madrid. La eutanasia, la tortura, la pena de muerte la selecci¨®n de sexo y son algunas de las situaciones para las que se proporcionan normas espec¨ªficas de car¨¢cter ¨¦tico, en lo que se ha denominado Declaraci¨®n de Madrid, que sustituye al primer c¨®digo ¨¦tico, establecido en 1977. Este c¨®digo de la Asociaci¨®n Mundial de Psiquiatr¨ªa intenta recoger los diversos cambios sociales y los nuevos descubrimientos m¨¦dicos de la profesi¨®n psiqui¨¢trica.
Los psiquiatras se?alan que en la medicina se combinan el arte de curar y la ciencia, y que donde mejor se refleja la din¨¢mica de esta combinaci¨®n es precisamente en la psiquiatr¨ªa, una rama de la medicina especializada en el cuidado y la protecci¨®n de aquellas personas que padecen a causa de enfermedades o discapacidades mentales. En la Declaraci¨®n de Madrid se establecen normas ¨¦ticas, restrictivas para algunas situaciones espec¨ªficas que se resumen a continuaci¨®n. El comit¨¦ de ¨¦tica promulgar¨¢ pr¨®ximamente normas similares para otras situaciones como la psicoterapia, las relaciones con la industria farmac¨¦utica y el cambio de sexo.Eutanasia. La protecci¨®n de la vida es una responsabilidad principal del m¨¦dico. El psiquiatra debe ser consciente de que las opiniones de un paciente pueden estar distorsionadas por una enfermedad mental como la depresi¨®n. En estos casos, el deber del psiquiatra es el de tratar la enfermedad.
Tortura. Un psiquiatra no debe tomar parte en ning¨²n proceso de tortura f¨ªsica o mental, a¨²n cuando alguna autoridad intente forzar su participaci¨®n.
Pena de muerte. El psiquiatra no debe participar bajo ning¨²n concepto en ejecuciones legalmente autorizadas ni tampoco en la evaluaci¨®n de la capacidad del reo en las que pudieran justificarse.
Selecci¨®n de sexo. Un psiquiatra no debe participar bajo ninguna circunstancia en decisiones de interrupci¨®n de embarazo con el fin de seleccionar el sexo.
Trasplante de ¨®rganos. La funci¨®n del psiquiatra es clarificar todo lo relacionado con la dona ci¨®n de ¨®rganos y no debe asumir el poder de decisi¨®n en nombre de los enfermos ni influir en sus decisiones. Debe proteger a sus pacientes y ayudarles a ejercer su autodeterminaci¨®n.
Relaci¨®n con el paciente
La relaci¨®n psiquiatra-paciente es el principal objetivo general del nuevo c¨®digo. Esta relaci¨®n se debe basar, asegura la Asociaci¨®n Mundial de Psiquiatr¨ªa, en el respeto al paciente y estar orientada a su bienestar e integridad. El siguiente es un resumen de estas normas:El psiquiatra debe ayudar al paciente proporcion¨¢ndole el mejor tratamiento disponible. Debe llevar a cabo intervenciones terap¨¦uticas m¨ªnimamente restrictivas para la libertad del paciente.
Los psiquiatras deben mantenerse al tanto del desarrollo cient¨ªfico de su especialidad y dedicarse a la investigaci¨®n.
La relaci¨®n terapeuta-paciente se basa en la confianza mutua y el respeto, lo que permite al paciente tomar decisiones libres e informadas.
Si el paciente estuviera incapacitado o hubiera perdido su capacidad de juicio, el psiquiatra deber¨¢ consultar con su familia y, si fuera necesario, buscar consejo jur¨ªdico con el objeto de salvaguardar la dignidad humana y los derechos legales del paciente. No se debe llevar a cabo ning¨²n tratamiento en contra de la voluntad del paciente, salvo que esto fuera necesario para salvaguardar su bienestar o el de sus allegados.
Cuando un psiquiatra eval¨²e a un paciente, debe informarle del prop¨®sito de la intervenci¨®n y del uso que se har¨¢ de los resultados de la misma.
La informaci¨®n obtenida de la relaci¨®n terap¨¦utica es confidencial, y no se puede utilizar para objetivos personales del psiquiatra. La violaci¨®n de esta confidencialidad s¨®lo ser¨ªa aceptada ante la posibilidad de serios da?os f¨ªsicos o mentales para, el paciente o para terceros.
Los pacientes con trastornos mentales son especialmente vulnerables a los procesos de investigaci¨®n, por lo que el investigador deber¨¢ extremar las precauciones a la hora de incluir pacientes en estos procesos. Toda actividad investigadora deber¨¢ ser aprobada por un comite ¨¦tico y las normas ¨¦ticas deben aplicarse tambi¨¦n a grupos de poblaci¨®n e investigaciones epidemiol¨®gicas y sociol¨®gicas..
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