Margarita Robles preside la sala que absuelve a un presunto 'narco' detenido cuando ella dirig¨ªa Interior
No existen ni pruebas, ni siquiera "verdaderos indicios" sino "s¨®lo meras sospechas o conjeturas sin consistencia acusatoria". As¨ª de contundente es la sentencia hecha p¨²blica ayer por la Audiencia de Barcelona por la que se absuelve a C¨¦sar Arango Gallo, considerado por la polic¨ªa el supuesto jefe del cartel de Medell¨ªn en Europa y para quien el fiscal solicit¨® 26 a?os de c¨¢rcel y 1.226 millones de multa por tr¨¢fico de drogas y contrabando. El ribunal estaba presidido por Margarita Robles, responsable de Interior cuando se produjo la detenci¨®n de Arango.
Arango y su esposa, Marleny Chaquea, fueron puestos en libertad el pasado 6 de septiembre, tan s¨®lo un d¨ªa despu¨¦s de que finalizase. el juicio contra ellos y contra las ocho personas acusadas de formar parte de la misma banda de narcotraficantes. La excarcelaci¨®n, que fue ordenada por la Secci¨®n Novena, que preside la ex secretaria de Estado de Interior Margarita Robles, hac¨ªa pensar que se dictar¨ªa una sentencia absolutoria por falta de pruebas, aunque finalmente ha sido a¨²n m¨¢s taxativa.La sentencia recuerda que el fiscal ya reconoci¨® en el informe final del juicio que no exist¨ªan pruebas directas contra seis de los acusados, si bien entend¨ªa que los indicios eran suficientes para mantener las acusaciones contra Arango y otras cinco personas, que finalmente han sido absueltas. El tribunal, por el contrario, rebate cada uno de estos indicios y sostiene que es la acusaci¨®n la que debe probar la culpabilidad de los acusados y no ¨¦stos quienes han de demostrar su inocencia.
La Audiencia de Barcelona desestima como indicio que Arango tuviese amistad con algunas de las personas que fueron detenidas en junio de 1994, en la primera fase de la operaci¨®n policial que sirvi¨® para desmantelar la banda, a las que les fueron intervenidos. m¨¢s de 141 kilos de coca¨ªna de gran pureza. Igualmente califica como "mera conjetura de la acusaci¨®n p¨²blica" que se realizaran unas reuniones, "ni tan siquiera acreditadas en cuanto a su celebraci¨®n", a las que asistieron Arango y otros acusados con el fin de "dise?ar la estrategia de las operaciones de narcotr¨¢fico".
Tambi¨¦n se rechazan los testimonios de dos polic¨ªas que declararon en el juicio haber visto a Arango con algunos de los acusados unos d¨ªas antes de la incautaci¨®n del alijo. La sentencia entiende que esta prueba "carece de aptitud probatoria por su dudosa fiabilidaE.Del mismo modo se desestima como prueba una llamada telef¨®nica a Colombia de Arango a su esposa en la que, seg¨²n el fiscal, se alude a la fallida introducci¨®n de droga en Barcelona. Por el contrario, el tribunal califica de "veros¨ªmil" la explicac¨ª¨®n que dieron los acusados sobre el contenido de esa conversaci¨®n, en la que se alude a un aplazamiento del pago de una deuda que ten¨ªa contra¨ªda Arango.
La sentencia reconoce que no hay constancia de actividades legales" de Arango y su esposa que puedan justificar su "importante patrimonio mobiliario e inmobiliario", pero entiende que ese hecho no puede ser un "elemento f¨¢ctico indicativo de la dedicaci¨®n al narcotr¨¢fico de sus poseedores". Con todo, el tribunal tampoco considera fiable la declaraci¨®n prestada por Arango al explicar que su patrimonio proced¨ªa de la venta clandestina en Espa?a de joyas precolombinas.
Arango, su esposa y otras cuatro personas, todas ellas de nacionalidad colombiana fueron detenidas en noviembre de 1994, cinco meses despu¨¦s de que se detuviera con un alijo de coca¨ªna a otros cuatro acusa dos, de nacionalidad espa?ola, que fueron condenados a ocho a?os de c¨¢rcel cada uno.
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