El Parlamento decidi¨® en 1978 que los secretos no escapan al control judicial
La actual pol¨¦mica sobre el control judicial de los secretos oficiales fue resuelta hace ya 18 a?os por el Parlamento constituyente. "En un Estado de derecho no caben zonas del actuar administrativo exentas del control jurisdiccional". Esta tajante afirmaci¨®n figura en el Bolet¨ªn de las Cortes del 6 de junio de 1978. Corresponde al dictamen de la ponencia sobre la reforma de la Ley de Secretos Oficiales franquista, que obtuvo el voto casi un¨¢nime de las dos c¨¢maras.
Aunque la vigente Ley de Secretos Oficiales ha sido calificada de "preconstitucional", sugiriendo que no se adapta a los principios democr¨¢ticos, ello es cierto s¨®lo en sentido cronol¨®gico: el Rey la firm¨® el 7 de octubre de 1978, dos meses antes del refer¨¦ndum constitucional.Fue aprobada, en consecuencia, por el mismo Parlamento que elabor¨® la Constituci¨®n y particip¨® del mismo esp¨ªritu que inspira la Carta Magna. Para convencerse basta releer los debates parlamentarios de la ¨¦poca.
Hasta tal extremo se consideraba importante este asunto que la reforma de la Ley de Secretos Oficiales franquista fue uno de los compromisos incluidos en los famosos Pactos de la Moncloa, el punto de encuentro entre reformistas y rupturistas que garantiz¨® una transici¨®n sin traumas.
El Gobierno de UCD remiti¨® a las Cortes en enero de 1978 el correspondiente proyecto de ley, precisamente para cumplir lo acordado en dichos pactos. Se trataba de que la facultad para calificar secretos, que la ley franquista ampliaba incluso hasta los capitanes generales y gobernadores civiles, quedara limitada al Consejo de Ministros y, en materia de defensa nacional, a la Junta de Jefes de Estado Mayor.
Sin embargo, el verdadero art¨ªfice de la legislaci¨®n vigente no fue el Gobierno, ni siquiera el Congreso, sino el Senado, que convirti¨® un sucinto proyecto que s¨®lo modificaba tres art¨ªculos del texto de 1968 en una pro funda reforma.
Fue el Senado el que, a iniciativa de Lorenzo Mart¨ªn-Retortillo, senador del Grupo de Progresistas y Socialistas Independientes y catedr¨¢tico de Derecho Administrativo, aboli¨® el apartado dos del art¨ªculo 10 de, la ley franquista de secretos oficiales.Seg¨²n este art¨ªculo, la decisi¨®n de calificar un asunto como secreto no pod¨ªa ser impugnada ante la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa. Los senadores constituyentes lo suprimieron por considerarlo incompatible con el Estado de derecho.
El Senado dio un fuerte varapalo al Congreso, que se hab¨ªa contentado con a?adir un apartado al proyecto del Gobierno, para que las comisiones de investigaci¨®n de la C¨¢mara baja tuvieran acceso a los secretos.
Los senadores consideraron que la reforma aprobada por el Congreso era "demasiado limitada" y se plantearon la posibilidad de utilizar el mecanismo extraordinario que les permit¨ªa devolver un texto al palacio de la Carrera de San Jer¨®nimo, aunque acabaron modific¨¢ndolo ellos mismos para ganar tiempo.
M¨¢s de un diputado debi¨® sonrojarse cuando el Senado advirti¨® que el Congreso se hab¨ªa olvidado hasta de suprimir la alusi¨®n que la ley hac¨ªa al "Consejo Nacional del Movimiento".
Incluso el p¨¢rrafo que a?adi¨® el Congreso al proyecto gubernamental fue modificado, en el sentido de que no s¨®lo sus comisiones de encuesta o investigaci¨®n , sino cualquiera de las dos c¨¢maras, "en la forma en que determinen sus reglamentos" y, "en su caso, en sesiones secretas", tendr¨ªan derecho a cuanta informaci¨®n reclamasen al Gobierno, aunque fuese clasificada.
El esp¨ªritu que anim¨®. a los senadores lo resumi¨® el socialista Guillermo Alonso del Real en el pleno del 21 de septiembre de 1978, que aprob¨® el texto modificado: "Ya no hay materia reservada si el pueblo soberano, es decir, si su representaci¨®n; que son las Cortes, no lo quieren. Todo esto forma parte de la marcha hacia la libertad".
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