Los directivos de los clubes no tendr¨¢n que avalar, seg¨²n el borrador de la nueva Ley del Deporte
La reforma de la Ley del Deporte que emprende el actual Gobierno tiene un tinte liberalizador. En el borrador, el Gobierno descarga a las sociedades an¨®nimas deportivas de obligaciones y aligera el control de las ligas sobre los clubes. Los dirigentes ya no tendr¨¢n que avalar ni estar¨¢n obligados a presentar auditor¨ªas a la Liga o al Consejo Superior de Deportes. Tambi¨¦n podr¨¢n gastar m¨¢s sobre lo presupuestado sin necesidad de contar con la aprobaci¨®n de los accionistas. La futura ley trata de igualar la normativa que soportan los clubes profesionales a las SAD.El borrador de la Ley del Deporte desprende un tono liberalizador que se advierte en las peque?as modificaciones de algunos art¨ªculos. El borrador tiende m¨¢s a suprimirlos que a redactarlos de otra manera. Ese esp¨ªritu se aprecia en peque?os matices. As¨ª, donde ahora la ley dice "acordar presupuestos", en el futuro dir¨¢ "conocer presupuestos"; donde dice "autorizar la inscripci¨®n" dir¨¢ en el futuro "inscribir¨¢".
Una buena parte del paquete liberalizador se centra en la actividad de los clubes profesionales. Ya en su momento, el secretario de Estado para el Deporte, Pedro Antonio Mart¨ªn, se declar¨® partidario de asemejar la legislaci¨®n de las sociedades an¨®nimas deportivas a la de una sociedad an¨®nima normal. Eso significaba descargar la legislaci¨®n de ciertas normas que pesaban sobre los dirigentes deportivos en comparaci¨®n con los administradores de las empresas.
Por ejemplo, los consejos de administraci¨®n de los clubes ya no tendr¨¢n un m¨ªnimo de siete miembros sino el n¨²mero que acuerden sus estatutos, sus dirigentes ya no tendr¨¢n que depositar fianza alguna y podr¨¢n realizar actos o negocios sobre los bienes inmuebles de la sociedad sin autorizaci¨®n expresa de la junta de accionistas.
Los dirigentes podr¨¢n exceder lo presupuestado en materia de plantilla deportiva sin recibir la autorizaci¨®n de la junta de accionistas y no necesitar¨¢n, en la presentaci¨®n de los presupuestos del club, del informe preceptivo de la Liga Profesional. Igualmente, tanto la Liga como el Consejo Superior de Deportes o la comunidad aut¨®noma respectiva no podr¨¢n obligar al club a realizar auditor¨ªas complementarias.
El borrador presenta una novedad como es la de que no podr¨¢n ser administradores de un club aquellas personas que "hayan sido sancionadas por infracci¨®n muy grave en materia deportiva mediante resoluci¨®n firme".
Los dirigentes de los clubes profesionales que no son sociedades an¨®nimas, caso del Real Madrid, Barcelona, Athletic de Bilbao y Osasuna, sufren tambi¨¦n una descarga de obligaciones. Seg¨²n el borrador de la futura ley, sus directivos ya no tendr¨¢n que avalar por los resultados econ¨®micos negativos; seg¨²n el nuevo redactado, los directivos s¨®lo responder¨¢n por actos contrarios a la ley o a los estatutos del club.
El borrador atiende, por otra parte, a la necesidad de adecuar la legislaci¨®n deportiva a la comunitaria. De esa manera, cualquier persona f¨ªsica o jur¨ªdica nacional de algunos de los pa¨ªses miembros de la Uni¨®n Europea podr¨¢ ser propietario de un club espa?ol. Se mantiene el l¨ªmite del 25% de las acciones para aquellos nacionales de pa¨ªses que no sean de la UE.
El CSD abrir¨¢ a partir del lunes un periodo de reflexi¨®n con el mundo del deporte. Los clubes de f¨²tbol recibir¨¢n copia del borrador para que puedan presentar alternativas o discutir sus contenidos en una comisi¨®n.
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